TEXTO PAGINA: 36
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G32/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de enero de 2004 nas, comunica que el día 29 de octubre del 2003, se acer- có a la ventanilla del Registro Nacional de CondenasRODOLFO SILVERA FLORES portando una Carta Po-der legalizada por el Notario Dr. ANIBAL CORVETTOROMERO, con la cual pretendía realizar el trámite paraobtener el Certificado Judicial de Antecedentes Penales a nombre de ROGER MANUEL FLORES CASTELLA- RES; Que, mediante Carta de fecha 14 de noviembre del 2003, el Notario Dr. ANIBAL CORVETTO ROMERO, co-munica que las firmas y sellos que aparecen en dichaCarta Poder y que aluden a su persona han sido falsifica- dos; Que, los hechos antes expuestos constituyen presun- tos ilícitos penales los cuales deben ser debidamenteinvestigados por las autoridades correspondientes a finde determinar las responsabilidades del caso, enconsecuencia resulta necesario autorizar a la Sra. Pro- curadora Pública del Poder Judicial, a fin de que inicie las acciones legales pertinentes ante las autoridadesrespectivas; Que en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder JudicialD.S. Nº 017-93-JUS; y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la Procuradora Públi- ca a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contraRODOLFO SILVERA FLORES, por los hechos expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de esta Resolu- ción, así como los antecedentes del caso a la men- cionada Procuradora Pública, para los fines correspon- dientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.HUGO SIVINA HURTADO Presidente 00262 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 230-2003-P-PJ Lima, 31 de diciembre de 2003 VISTO: El Memorándum Nº 811-2003-RNC-GSJR-GG/PJ, del Jefe del Registro Nacional de Condenas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 811-2003-RNC- GSJR-GG/PJ, el Jefe del Registro Nacional de Conde- nas, comunica que el día 10 de octubre del 2003, se acer-có a la ventanilla del Registro Nacional de CondenasANGELA CECILIA QUISPE GALVAN portando una Car-ta Poder legalizada por el Notario Dr. AURELIO A. DIAZRODRIGUEZ, con la cual pretendía realizar el trámite para obtener el Certificado Judicial de Antecedentes Penales a nombre de MAXIMO ISAAC QUISPE GALVAN; Que, mediante Carta de fecha 16 de octubre del 2003, el Notario Dr. AURELIO A. DIAZ RODRIGUEZ, comuni-ca que las firmas y sellos que aparecen en dicha CartaPoder y que aluden a su persona han sido falsificados; Que, los hechos antes expuestos constituyen presun- tos ilícitos penales los cuales deben ser debidamenteinvestigados por las autoridades correspondientes a fin dedeterminar las responsabilidades del caso, en consecuen-cia resulta necesario autorizar a la Sra. Procuradora Públi-ca del Poder Judicial, a fin de que inicie las acciones lega- les pertinentes ante las autoridades respectivas;Que en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del PoderJudicial D.S. Nº 017-93-JUS; y Artículo 12º del De-creto Ley Nº 17537 sobre Representación y Defensadel Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Procuradora Públi- ca a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicialpara que inicie las acciones legales pertinentes contra ANGELA CECILIA QUISPE GALVAN, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Re-solución. Artículo Segundo.- Remitir copia de esta Resolu- ción, así como los antecedentes del caso a la men-cionada Procuradora Pública, para los fines correspon- dientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.HUGO SIVINA HURTADO Presidente 00268 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 234-2003-P-PJ Lima, 31 de diciembre de 2003 VISTO:El Memorándum Nº 476-2003-GPEJ-GG/PJ, del Ge- rente de Personal y Escalafón Judicial y el Informe Nº 143-2003-SRB-GPEJ-GG/PJ del Subgerente de Remu-neraciones y Beneficios; CONSIDERANDO: Que, mediante el acta de defunción expedido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil se acre-dita que don Teófilo Aguilar Almanza, pensionista del Po-der Judicial, falleció el 10 de febrero del 2002; Que, pese a ello se ha venido haciendo cobro ilícito de la pensión en febrero del 2002, conforme queda acreditado en la constancia de pagos de remuneracio- nes del período 2002, ocasionando un grave perjuicioeconómico en agravio del Estado; Que, los hechos antes expuestos constituyen presun- tos ilícitos penales los cuales deben ser debidamenteinvestigados por las autoridades correspondientes a fin de determinar las responsabilidades del caso, en consecuencia resulta necesario autorizar a la Procu-radora Pública del Poder Judicial, a fin de que inicie lasacciones legales pertinentes ante las autoridades respec-tivas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Estado; el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial - D.S.Nº 017-93-JUS y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537sobre Representación y Defensa del Estado en Juiciomodificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la Procuradora Pú- blica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Ju-dicial para que interponga las acciones legales perti-nentes contra Danton Felipe Aguilar Yabar y Teófilo Antero Aguilar Yabar, con la finalidad de conllevar a la recuperación de los fondos del Estado así como ala imposición de la sanción penal respectiva, por lasrazones expuestas en la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de esta Resolu- ción, así como los antecedentes del caso a la men-