Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2004 (09/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 9 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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cionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 00270

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra empresa por presunto perjuicio economico en la ejecucion de la obra "Modulo Basico de Justicia de Requena-Loreto"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 231-2003-P-PJ MORDAZA, 31 de diciembre del 2003 VISTOS: Los Oficios Nºs. 406 y 518-2003-OI-GG-PJ de la Oficina de Infraestructura, el Oficio Nº 1691-2003-PJ-CE/PP de la Procuradora Publica del Poder Judicial e Informe Nº 497-2003-OAL-GG-PJ de la Oficina de Asesoria Legal y, demas documentacion adjunta, relacionados con el perjuicio economico causado por la empresa JORMAN SOCIEDAD CONSTRUCTORA S.A. en la ejecucion de la obra: "Modulo Basico de Justicia de MORDAZA - Loreto" y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 138-2001-P-PJ, del 25 de octubre del 2001, se autorizo a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial el inicio de acciones legales contra el representante legal de la empresa JORMAN Sociedad Constructora S.A. y otros, por presunta responsabilidad civil y penal derivados de la existencia de deficiencias en la construccion del "Modulo Basico de Justicia de Requena-Loreto", al haber utilizado ladrillo distinto (pandereta o tubular) al especificado en el Expediente Tecnico de Obra (ladrillo MORDAZA MORDAZA Kong). Asimismo, por el pago indebido a la citada Empresa por la suma de S/. 4,048.88 (Cuatro Mil Cuarenta y Ocho con 88/100 Nuevos Soles) en la Valorizacion Nº 5 por la ejecucion de las partidas "conexion a la red de agua" y "conexion a la red de desague", que figuraban en la liquidacion final de la Obra como ejecutadas y que, sin embargo no fueron realizadas por la Empresa contratista; Que, por Resolucion Administrativa Nº 177-2002P-PJ, del 25 de setiembre del 2002, la Presidencia del Poder Judicial autorizo a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial el inicio de acciones judiciales contra la empresa JORMAN Sociedad Constructora S.A., por el perjuicio economico causado al Poder Judicial ascendente a la suma de S/. 8,975.55 (Ocho Mil Novecientos Setenta y Cinco con 55/100 Nuevos), al haber utilizado ladrillo distinto al especificado en el Expediente Tecnico de Obra, que exigia el empleo de ladrillo MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de conformidad con el Peritaje de Calidad de los muros del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA - MORDAZA, efectuado por la empresa de Servicios de Ingenieria, Tecnologia y Construccion S.A.C. -SEINTEC; Que, como se puede apreciar de las Resoluciones precitadas, MORDAZA contienen el mismo proposito de autorizar a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial el inicio de acciones legales contra la empresa JORMAN Sociedad Constructora S.A., por pago indebido y perjuicio eco-

nomico. Sin embargo, difieren en lo referido al monto real y concreto que adeuda la Empresa contratista, lo que genera confusion y por tanto, impide el oportuno y correcto desempeno de la Procuraduria Publica para la salvaguarda de los intereses del Poder Judicial; Que, mediante Oficios Nºs. 406 y 518-2003-OI-GGPJ, la Oficina de Infraestructura, luego del analisis efectuado y de acuerdo a las coordinaciones sostenidas con la Oficina General de Inspectoria, concluye que el perjuicio economico causado al Poder Judicial se estima en S/. 27,895.39 de acuerdo al siguiente cuadro de liquidacion de cuentas:
Conceptos Costo determinado por SEINTEC, reajustado a la fecha de cancelacion Costo por servicio de peritaje, cancelado en el mes de junio de 2002 Costo por gastos notariales y otros Costos por la no instalacion de la conexion de agua potable y desague, cancelado segun Valorizacion Nº 5 del mes de marzo 1999 Costo determinado por el cambio de ladrillo en la construccion del cerco perimetrico del MBJ de Requena. Costo total a cargo del Contratista: Costo S/. 10,575.71 6,517.30 2,000.00 4,818.82

3,983.56 27,895.39

Que, como consecuencia de ello, a fin de velar por los intereses del Poder Judicial, es necesario dejar sin efecto las Resoluciones Administrativas Nºs. 138-2001P-PJ y 177-2002-P-PJ que autorizaban a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial el inicio de las acciones legales contra la empresa precitada, por el pago indebido de S/. 4,048.88 y perjuicio economico ascendente a S/. 8,975.55, respectivamente, montos que no corresponden a lo realmente adeudo; Que, asi mismo por esta misma Resolucion es conveniente autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial el inicio de las acciones judiciales pertinentes contra la empresa JORMAN Sociedad Constructura S.A., por el perjuicio economico causado al Poder Judicial por la suma total de S/ . 27,895.39 (Veintisiete Mil Ochocientos Noventa y cinco con 39/100 Nuevos Soles); De conformidad con las facultades previstas en el Articulo 76º de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por Ley Nº 27465 y Ley Nº 27536 y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones Administrativas Nºs. 138-2001-P-PJ y 177-2002P-PJ; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial el inicio de acciones legales contra la empresa JORMAN SOCIEDAD CONSTRUCTORA S.A., por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 00269

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