Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2004 (21/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de enero de 2004

1.2 Postulacion Colectiva, bajo la modalidad de Construccion en Sitio Propio, mediante la cual se entregaran hasta 500 (quinientos) Bonos Familiares Habitacionales. Articulo 2º.- Cronograma de las Convocatorias Facultese al Secretario Ejecutivo del Fondo MIVIVIENDA a desarrollar y difundir el cronograma correspondiente a las convocatorias senaladas en el articulo precedente, asi como la relacion de las Instituciones Financieras Intermediarias participantes. Articulo 3º.- Monto total de los bonos Los BFH que se otorgaran en la convocatoria a la que se hace referencia en el articulo 1º de la presente MORDAZA seran financiados con los recursos del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, destinados para tal fin segun la Ley Nº28128 de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2004. Articulo 4º.- Prioridad en la asignacion del BFH En caso no se otorguen el total de numero de BFH ofertados en alguna de las modalidades a que se ha hecho referencia en el articulo primero, el saldo de estos BFH se asignaran a la otra modalidad de postulacion, de acuerdo al siguiente orden de prioridad: 4.1. Construccion en Sitio Propio- Postulacion Colectiva, en el caso que el saldo a utilizar permita completar el numero BFH necesarios para que el integro de GFP de una CAP MORDAZA calificados como Beneficiarios Provisionales. 4.2 Adquisicion de Vivienda Nueva- Postulacion individual, para ampliar el numero de BFH ofertados. 4.3 Construccion en Sitio Propio- Postulacion Colectiva, para ampliar el numero de BFH ofertados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 01147

designados mediante Resolucion del Titular del sector o del pliego correspondiente; Que, a partir del momento en que entro en vigencia el articulo 2º de la Ley Nº 27465, esto es, el 1 de junio de 2001, el Consejo Ejecutivo dejo la titularidad del pliego respectivo, restableciendose dicha cualidad en la persona del Presidente del Poder Judicial; Que, dentro de la politica a desarrollar por este despacho se contempla la designacion de representantes del Poder Judicial ante diversos organismos y entidades en funcion de objetivos institucionales claramente definidos; Que, estando a lo expuesto; y de conformidad con lo prescrito por el inciso 4 del articulo 76º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial modificado por la Ley Nº 27465; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior Justicia de MORDAZA, como representante del Poder Judicial ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos, hecha mediante la Resolucion de Vistos; dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la institucion. Articulo Segundo.- Designar como representante del Poder Judicial ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos, a partir de la fecha de la presente Resolucion y hasta el 31 de diciembre del ano en curso, al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular y Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima; quien presentara informes trimestrales de gestion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion al despacho del senor Ministro de Justicia y Presidente del Consejo Nacional de Derechos Humanos, al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y a los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 01116

PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Designan representante del Poder Judicial ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 009-2004-P-PJ MORDAZA, 19 de enero de 2004 VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 029-2001-CE-PJ, de fecha 4 de MORDAZA del 2001, mediante la cual se designa al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para que en representacion del Poder Judicial, integre el Consejo Nacional de Derechos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-2001-JUS, promulgado el 27 de MORDAZA del 2001 y publicado en el Diario Oficial El Peruano al dia siguiente, se aprobo el Reglamento del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, cuerpo normativo que establece la organizacion, competencia y funciones del referido ente estatal; Que, el articulo setimo del citado Decreto Supremo prescribe que los representantes que integran el Consejo Nacional de Derechos Humanos -entre ellos, el del Poder Judicial, segun dispone el inciso h) del articulo sexto-- son

ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONAFU
Declaran improcedente solicitud para adecuar la ex Universidad Privada MORDAZA Valdelomar al D. Leg. Nº 882
RESOLUCION Nº 001-2004-CONAFU MORDAZA, 12 de enero del 2004 VISTOS; la Resolucion Nº 149-2003-CONAFU del 7 de agosto del 2003, que admite a tramite la solicitud de la Asociacion Promotora MORDAZA Valdelomar, para adecuar a la Ley de Promocion de la Inversion en Educacion Decreto Legislativo Nº 882 a la Universidad Privada MORDAZA Valdelomar; la Resolucion Nº 211-2003-CONAFU del 13 de noviembre del 2003; el Acuerdo Nº 193-2003-CONAFU de la Sesion Ordinaria del Pleno del CONAFU del 24 de MORDAZA del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA, teniendo como atribucion la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, asi como la de otorgar las adecuaciones a la Ley de Promocion a la Inversion en Educacion, Decreto Legislativo Nº 882, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley, y los Reglamentos del CONAFU; Que, con Resolucion Nº 149-2003-CONAFU del 7 de agosto del 2003 se admitio a tramite la solicitud de la Asociacion Promotora MORDAZA Valdelomar, para adecuar la

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