Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2004 (21/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, miercoles 21 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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de marzo y 6 de noviembre del 2003; que se califican de injustificadas; Que el inciso 5) del Art. 30º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, exige para la procedencia de la vacancia haber incurrido en inasistencias injustificadas a tres sesiones consecutivas o cuatro alternadas durante un ano, razon por la cual, debe quedar demostrado de modo indubitable si realmente tales inasistencias son justificadas o no, obligando por lo tanto, a realizar una prudente evaluacion del merito de los documentos presentados como descargo; asi como de las situaciones concretas que las originan; Que respecto de la sesion ordinaria de 19 de marzo, esta fue presidida por el propio Ghilardi MORDAZA durante su desarrollo, pero habiendose continuado al dia siguiente, a la que no asistio, no puede considerarse como sesiones distintas toda vez que la sesion es una sola aunque dure varios dias; Que en cuanto a la sesion del dia 3 de MORDAZA, que se llevo a cabo en Chimbote, el Vicepresidente comunico, al inicio de aquella, los saludos que le encargo el Presidente, habiendole expresado que su inasistencia se debia a la prolongada sesion ante el Consejo Nacional de Descentralizacion, la misma que se llevo a cabo el dia anterior, esto es, el 2 de MORDAZA, tal como consta en la transcripcion del acta obrante a fojas 96; asi tambien, a fojas 1010 aparece la carta suscrita por el senor MORDAZA D´Medina MORDAZA, Coordinador Regional de MORDAZA del Consejo Nacional de Descentralizacion, en la que se deja MORDAZA de la reunion ocurrida el 2 y 3 de MORDAZA en la MORDAZA de Lima; Que conforme al documento de fojas 1039, ingresado en Mesa de Partes el 1 de octubre el senor Ghilardi se disculpa por no concurrir a la sesion ordinaria del dia 2 del mismo mes, por tener que asistir a la Comision de Fiscalizacion del Congreso de la Republica; hecho que se encuentra corroborado con el cargo del Oficio Nº 1281-2003-REGIONAL ANCASH-PRE recibido por la Comision de Fiscalizacion y Contraloria del Congreso de la Republica el 2 de octubre y que obra a fojas 1033; Que en la sesion del 6 de noviembre se autoriza otorgar licencia al senor Freddy Ghilardi segun consta de la transcripcion del acta de dicha fecha obrante a fojas 363 a 368 vuelta; segun lo aprobado por los consejeros regionales de MORDAZA, dicha licencia se computa a partir del 6 de noviembre (parrafo 3º a fojas 367) no teniendo, de esta forma, obligacion de asistir a sesion, por lo que no puede tomarse su ausencia como inasistencia injustificada; Que la MORDAZA de documentos con anterioridad a la realizacion de las sesiones convocadas por el propio Presidente, en cuyo texto se manifiestan los motivos de la inasistencia no califican como inasistencias injustificadas ya que estas deben entenderse como aquellas en que no se exprese razon valedera para no asistir; teniendo en cuenta que conforme al Diccionario de la Lengua Espanola el vocablo justificar se entiende como "probar una cosa con razones convincentes, testigos o documentos". Que por otro lado, resulta valido que el Presidente pueda delegar funciones en la persona de su Vicepresidente, la que puede ser verbal o escrita, como lo establece el Art. 23º de la Ley Nº 27867; Que el dispositivo anteriormente invocado dispone que el Vicepresidente reemplaza al Presidente en casos de licencia concedida a este por el Consejo Regional no mayor a 45 dias naturales; en casos de ausencia; impedimento temporal; suspension y vacancia y las demas que expresamente le delegue, empero, para presidir las sesiones del Consejo, requiere de una delegacion expresa del Presidente a tenor de la 11º disposicion final que concretamente senala: "Para el periodo 2003 - 2006 el Presidente del Gobierno Regional preside el Consejo Regional"; Que consecuentemente las inasistencias a las sesiones convocadas para los dias 19 de MORDAZA, 3 de MORDAZA, 2 de octubre y 6 de noviembre se encuentran justificadas, no cumpliendose el requisito de tres inasistencias injustificadas consecutivas o cuatro alternadas a sesion para amparar el pedido de vacancia; Por estas consideraciones; nuestro MORDAZA es, porque

se declare fundado el recurso de apelacion, en consecuencia, se revoque el acuerdo de 28 de noviembre del 2003 del Consejo Regional de MORDAZA que declara la vacancia de su Presidente don Freddy Ghilardi MORDAZA, debiendo este continuar en el ejercicio de su cargo. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 01146

SBS
Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Tacna el traslado de agencia
RESOLUCION SBS Nº 1790-2003 MORDAZA, 22 de diciembre de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Tacna para que se le autorice el traslado de la Agencia ubicada en la Av. Municipal, cuadra 8, Mza. A, Lote 1, Asociacion MORDAZA MORDAZA del Centro Poblado Menor de Nueva Tacna, provincia y departamento de Tacna; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 547-97 del 6 de agosto de 1997, se autorizo a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Tacna la apertura de Agencia ubicada en la Av. Municipal, cuadra 8, Mza. A, Lote 1, Asociacion MORDAZA MORDAZA del Centro Poblado Menor de Nueva Tacna, provincia y departamento de Tacna; Que, segun acta de sesion de Directorio de la MORDAZA Municipal, realizada el 28 de noviembre de 2003, se acordo el traslado de la citada Agencia, habiendose cumplido con lo dispuesto en la Circular Nº CM-184-97 y sus modificatorias; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F" mediante Informe Nº 148-2003-DES"F"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Circular Nº CM-184-97 y sus modificatorias, el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado mediante Resolucion SBS Nº 131-2002 y sus modificatorias, y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Tacna, el traslado de su Agencia ubicada en la Av. Municipal, cuadra 8, Mza. A, Lote 1, Asociacion MORDAZA MORDAZA del Centro Poblado Menor de Nueva Tacna, provincia y departamento de Tacna, a su nueva direccion ubicada en la Av. Municipal, cuadra 10 s/n, distrito MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 01028

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