Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2004 (21/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, miercoles 21 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 01099

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de expertos para los organos de alta direccion del CND
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 004-CND-P-2004 San MORDAZA, 15 de enero del 2004 VISTO: El Informe Tecnico Nº 002-2004-CND-GAF, y el Informe Legal Nº 002-2004-CND-GL, emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas y la Gerencia Legal respectivamente, los cuales sustentan la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico, referido a la contratacion de servicios, bajo la modalidad de servicios personalisimos; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Descentralizacion, creado por Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, de conformidad con lo previsto en sus articulos 22º y 23º es un organismo independiente y descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene a su cargo la direccion y conduccion del MORDAZA de descentralizacion; Q u e, a c t u a l m e n t e e l C o n s e j o N a c i o n a l d e Descentralizacion se encuentra en una etapa de implementacion, en la medida que se encuentra en tramite la aprobacion de sus documentos de gestion, en especial el Presupuesto Analitico de Personal - PAP y la Politica Remunerativa; Que, teniendo en cuenta las funciones encomendadas, la entidad requiere la contratacion de profesionales de amplia experiencia y capacidad con la finalidad de que brinden sus servicios profesionales, para el desarrollo de sus funciones; Que, segun lo previsto por el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la contratacion de Servicios Personalisimos se encuentra exonerada del respectivo MORDAZA de seleccion, procediendo su contratacion mediante adjudicacion de menor cuantia conforme a lo establecido por articulo 20º de dicha Ley; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 041-2003-PCM, establece las condiciones que debe reunir la contratacion para poder acceder a la causal de exoneracion por Servicios Personalisimos, senalando que esta se refiere a los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales, o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio, estableciendo el tramite y procedimiento para las contrataciones exoneradas; Que, el Consejo Nacional de Descentralizacion, requiere de expertos de calidad, experiencia y confiabilidad para implementar las acciones encargadas a los organos de la

alta direccion, de acuerdo con las disposiciones del Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, mediante Informes de Vistos la Gerencia de Administracion y Finanzas y la Gerencia Legal, sustentan la contratacion de los Servicios Personalisimos requeridos, en tanto que se trata de profesionales de comprobada trayectoria y conocimientos en los temas requeridos para el desempeno del servicio requerido; Que, mediante Fichas Nºs. 001, 002, 003, 004, 005EXO-CND-2004, de fecha 14 de enero de 2004, el responsable de Presupuesto ha senalado la disponibilidad presupuestaria y la Fuente de Financiamiento requeridos para los fines expuestos; Que, por ello la designacion ha recaido en los senores: 1) MORDAZA MORDAZA Fontenoy MORDAZA, 2) MORDAZA Velasco MORDAZA, 3) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 4) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y 5) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aguayo, quienes prestaran sus servicios a la alta direccion, indicando que cada uno de los mencionados profesionales reune los requisitos senalados y poseen amplia experiencia en asuntos de la administracion publica; Que, como se aprecia de sus hojas de MORDAZA, el senor MORDAZA MORDAZA Fontenoy MORDAZA cuenta con 15 anos de experiencia en cargos Gerenciales o Directivos, es Master en Direccion de Empresas y es Bachiller en Ciencias Administrativas; el senor MORDAZA Velasco MORDAZA cuenta con una experiencia de 20 anos en la Administracion Publica y con 10 anos como consultor, es Master en Salud Publica, en Administracion Publica y en Sociologia; el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA cuenta con 20 anos de experiencia en cargos de direccion, asesor, consultor y jefe de mision para instituciones publicas e internacionales, tiene estudios completos de Maestria en Economia y Planificacion, en Sociologia y es Ingeniero Comercial, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA cuenta con mas de 30 anos de experiencia en cargos de direccion, asesoria y consultoria en diversas instituciones publicas y privadas, es Master en Planificacion Regional y Arquitecto y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aguayo que cuenta con 14 anos de experiencia en cargos directivos y consultoria en administracion y finanzas publicas, es Contador Publico con especialidad en auditoria tributaria y politica fiscal; Que, consecuentemente, los profesionales aludidos se encuentran especialmente calificados para que brinden los servicios requeridos por este Consejo en calidad de Servicios Personalisimos; Que, el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que los servicios personalisimos se encuentran exonerados de los procesos publicos o adjudicaciones directas, procediendo a su contratacion como lo dispone el articulo 20º del indicado cuerpo legal a traves de una adjudicacion de menor cuantia; Que, en ese orden de ideas, los articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen los procedimientos y formalidades a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion, precisandose que una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2002-PCM, los articulos 105º, 111º, 113º, 115º y 116º del Reglamento de la citada Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-PCM y Resolucion Presidencial Nº 042-2003-CND-P que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional de Descentralizacion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion, para la realizacion, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, de los Servicios Personalisimos de Expertos de calidad, experiencia y confiabilidad, para los organos de alta direccion del Consejo Nacional de Descentralizacion hasta por un monto de Doscientos Veintitres Mil Doscientos Quince con 00/100 Nuevos Soles (S/. 223,215.00), por un periodo no mayor a tres (3) meses, computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, financiados con recursos ordinarios.

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