Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2004 (23/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, viernes 23 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 004-2004-MTC/03 MORDAZA, 12 de enero de 2004 VISTA, la solicitud presentada por la empresa RADIO SATELITE E.I.R.L., sobre otorgamiento de autorizacion para establecer una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media, en el distrito de La Union, provincia y departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, el articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion, permiso y licencia, otorgandose la autorizacion por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 144º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, los articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio; Que, mediante Informe Nº 072-2003-MTC/17.01.ssr, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, senala que la solicitud presentada por la empresa RADIO SATELITE E.I.R.L., cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93TCC; su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa RADIO SATELITE E.I.R.L., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media, en el distrito de La Union, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a las caracteristicas tecnicas indicadas en el Anexo Tecnico, que forma parte integrante de la presente resolucion. La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los respectivos equipos de radiocomunicacion. El plazo de la autorizacion y el permiso concedidos se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano.

Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias calendario previos a la terminacion de dicho periodo, la titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, caso contrario se dejara sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa RADIO SATELITE E.I.R.L., esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con las caracteristicas tecnicas indicadas en el Anexo Tecnico, estando impedida de modificarlas sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones ANEXO TECNICO
1.- NOMBRE 2.- SERVICIO 3.- FRECUENCIA/CANAL 4.- INDICATIVO 5.- EMISION : RADIO SATELITE E.I.R.L. : OM : 1290 KHz : OBU-1T : 10K0A3EGN

6.- POTENCIA NOMINAL DEL TRANSMISOR : 1 KW 7.- UBICACION DE LA ESTACION Estudios Direccion Distrito Provincia Departamento Planta Direccion :

: : : :

MORDAZA Tumbes Nº 729 La Union MORDAZA MORDAZA

: Barrio Punta MORDAZA, MORDAZA Industrial ladrillera Distrito : La Union Provincia : MORDAZA Departamento : MORDAZA Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 80° 44' 05" Latitud Sur : 05° 24' 05" : El area comprendida dentro del contorno de 62 dBu

8.- MORDAZA DE SERVICIO

01269

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Encargan despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 018-2004-P-CSJCN/PJ Independencia, dieciseis enero del dos mil cuatro

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