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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (01/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G31/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 1 de febrero de 2004 ción, con indicación de los postulantes ganadores del con- curso, así como el Cuadro de Méritos. 6.- Encargar a la Comisión del Concurso Público de Méritos, la ejecución, supervisión y cumplimiento de la pre- sente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 02095 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G61 /G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G46/G72/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G33/G71/G75/G65/G20/G6E/G6F/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G43/GF3/G64/G69/G67/G6F/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G79/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G65/G6E/G63/G75/G65/G6E/G2D /G74/G72/G65/G6E/G20/G70/G65/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G66/G61/G6C/G74/G61/G20/G64/G65 /G64/G61/G74/G6F/G73 ORDENANZA Nº 002-2004-MDSA Santa Anita, 20 de enero de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Santa Anita, en sesión de la fe- cha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, según Ley de Reforma Constitucional, 27680, los Gobiernos Locales tienen auto- nomía política, económica y administrativa en los asuntosde su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal la función normativa, mediante Ordenanza que tiene rango de Ley, conforme a lo señalado en el numeral 4) del artícu-lo 200º de la Constitución Política del Perú; Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Códi- go Tributario, aprobado por Decreto Supremo No. 135-99EF, establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condo- nada por norma expresa con rango de ley, excepcional- mente los Gobiernos Locales podrán condonar con carác-ter general, el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos y arbitrios que administran; Que, en tal sentido y dada la recesión económica que atraviesa el País, la misma que imposibilita a los contribu- yentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias den- tro de los plazos previstos por ley, es recomendable, den-tro de un marco de sensibilidad social de parte de esta Administración, establecer un régimen de beneficios de regularización en lo referente a la aplicación de los reajus-tes e intereses moratorios de los convenios de fracciona- miento realizados en forma irregular al 2003; Que, se hace necesario revocar, modificar o sustituir los convenios de fraccionamiento al 2003 que no cumplen con lo establecido en el Código Tributario y que a la fecha se encuentran pendientes de pago debido a la falta de da-tos y procedimientos que no permiten su cobranza inme- diata conforme a ley; Estando a lo dispuesto en el Artículo 39º y el inciso 8) del Artículo 9º de la Ley de Municipalidades, Ley No. 27972, y el Artículo 41º del Decreto Supremo No 135-99-EF que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario, conel voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- La presente Ordenanza tiene por objeto revocar, o sustituir los Convenios de Fraccionamientoal 2003 que no cumplen con lo establecido en el CódigoTributario y que a la fecha se encuentran pendientes de pago debido a la falta de datos y procedimientos que nopermiten su cobranza inmediata conforme a ley, asimismo aprobar el reglamento para la aplicación del aplazamiento y/o fraccionamiento de deudas tributarias. Artículo Segundo.- Establecer una condonación tributaria especial del 100%, en el factor de ajuste o factor de actualización e intereses moratorios, a todos los Conve-nios de fraccionamiento que se encuentren pendientes de pago al 2003 debido a la falta de datos y del procedimiento que no permiten su cobranza inmediata de acuerdo a ley. Artículo Tercero.- La Gerencia de Rentas, por inter- medio de la Subgerencia de Administración Tributaria, notifi- cará a todos los contribuyentes que se encuentren en estesupuesto para que se acerquen a firmar un nuevo conve- nio de fraccionamiento con la condonación contemplada en el Artículo Segundo, incluso las que se encuentren encobranzas coactivas y estas no pueden ser ejecutadas, debiendo devolverlas a la Gerencia de Rentas. Artículo Cuarto.- La cuota inicial o cuotas que hayan abonado por ese procedimiento, será considerada en su cuenta corriente como pago a cuenta de deudas tributa- rias. Artículo Quinto.- Los Contribuyentes que se acojan a esta Ordenanza abonarán el 10% como mínimo tratándose de Personas Naturales y el 30% tratándose de PersonasJurídicas, de cuota inicial del saldo de la deuda actualiza- da a la fecha, pudiendo fraccionar hasta en 24 cuotas, de- biendo incluir en esta ordenanza las deudas tributarias delaño 2003. Artículo Sexto.- Tratándose de contribuyentes que ten- gan pendiente recursos de reclamación, apelación o re-consideración, podrán acogerse al beneficio que se esta- blece en la presente Ordenanza, presentando un escrito de desistimiento de los recursos. Artículo Sétimo.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Administración Tributaria y Recaudación, Subgerencia de Informática y Ejecutoría Coactiva, el cum-plimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia de Ima- gen Institucional, Secretaría General y Gerencia de Admi- nistración su difusión y publicación en el Diario Oficial ElPeruano, bajo responsabilidad funcional. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Facúltese al Alcalde de la Municipalidad de Santa Anita para que mediante Decreto de Alcaldía puedadictar las disposiciones complementarias que sean nece- sarias para la aplicación de la presente ordenanza Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 02031 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G62/G69/G2D /G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 ORDENANZA Nº 004-2004-MDCLR Carmen de la Legua - Reynoso, 16 de enero del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de Carmen de la Legua - Reynoso, en Sesión Ordinaria de la fecha; y,