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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G31/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 1 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 001-2003-MDCLR se aprobó el Régimen Tributario de Arbitrios Municipales deL Ejercicio 2003, aplicándose el Índice de Precios al Consu-midor (IPC) a las tasas aprobadas mediante Ordenanza Municipal Nº 003-2000-MDCLR misma que fue ratificada mediante Ordenanza Municipal Nº 000013-2000-MPC dela Municipalidad Provincial del Callao de fecha 12/6/2000 y modificada en su Art. Décimo Quinto con Ordenanza Mu- nicipal Nº 008-2000-MDCLR, en aplicación del Art. 69-Bde la Ley Nº 26725 que modifica el D. Leg. Nº 776 "Ley de Tributación Municipal"; Que, la citada Ley establece que anualmente mediante Ordenanza y de conformidad con el Art. 69º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, se apro- bará los criterios de determinación y los pagos, o los im-portes fijos de los Arbitrios que resulten aplicables al ejer- cicio, con la finalidad de facilitar su Administración y para garantizar su equitativa distribución entre los contribuyen-tes; Que, siendo necesario establecer los importes de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2004 se ha conside-rado conveniente mantener los importes a pagar por con- cepto de Arbitrios fijados para el ejercicio 2004, a fin de no crear una mayor carga tributaria a los contribuyentes de laMunicipalidad Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso; Estando a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 776 "Ley de Tributación Municipal" y Ley Nº 27972 "Orgá-nica de Municipalidades" ha dado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2004 Artículo Primero.- Aplíquese para el Ejercicio 2004 las disposiciones de las Ordenanzas Municipales Nºs. 003 y 008-2000-MDCLR, 003-2002-MDCLR y 001-2003-MDCLRcomo Marco Tributario para la Administración de los Arbi- trios Municipales. Artículo Segundo.- Para la Zona Urbana aplíquese los montos aprobados del ejercicio 2003 actualizados con el IPC acumulado del período 2003 (2.48%), resultando: LIMPIEZA PÚBLICA PARQUES SEG. CIUDADANA TOTAL MENSUAL Y JARDINES S/. 5.39 S/. 1.82 S/. 1.09 S/. 8.30 Artículo Tercero.- Para la Zona Industrial aplíquese la Ordenanza Municipal Nº 003-2000-MDCLR y utilizar como referencia tributaria la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero del Ejercicio 2004 y como base imponible elValúo del predio del Ejercicio 2004. Artículo Cuarto.- Los contribuyentes afectos que can- celan el total del Impuesto Predial del Ejercicio Anual 2004,tendrán un descuento adicional de S/. 10.00 en el pago anual de los Arbitrios Municipales, siempre y cuando éstos sean cancelados en una sola armada hasta el 27 de febre-ro del 2004. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde 02099 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G43/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20/G4D/G65/G63/G61/G6E/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C /G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2004-MDCLR Carmen de la Legua - Reynoso, 10 de enero del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSOVISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 776 "Ley de Tributa- ción Municipal" establece que el Impuesto Predial es un tributo creado a favor de los Gobiernos Locales ygrava el valor de los predios urbanos y rústicos, consi- derando predios a los terrenos, las edificaciones e ins- talaciones fijas y permanentes que constituyen partesintegrantes del mismo, que no pueden ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edificación; estable- ciendo que la recaudación, administración y fiscaliza-ción corresponden a la Municipalidad Distrital donde se encuentra ubicado el predio; Que, el Art. 14º Inc. c) faculta la actualización de los valores de predios por las Municipalidades, sustituyéndose la obligación de presentar la declara- ción jurada del Impuesto Predial, entendiéndose comoválida en caso que el contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del im- puesto; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 776 y de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades, con cargo a dar cuenta a la Sesión de Concejo; SE DECRETA: Artículo Primero.- Establecer la Campaña Mecanizada del Impuesto Predial para el Ejercicio 2004, venciéndose el plazo para el pago al contado del Impuesto Predial el 27de febrero del 2004, y fraccionado el 27/feb, 31/may, 31/ ago y 30/nov respectivamente, con cuotas actualizadas con el Índice de Precios al Por Mayor de acuerdo al Art. 15º delDecreto Legislativo Nº 776. Artículo Segundo.- El plazo para comunicar no con- formidad de DD.JJ. mecanizado vence el 27 de febrero del2004, transcurrido dicho plazo se dará por aceptada la mis- ma. Artículo Tercero.- Establecer el monto mínimo a pagar por Impuesto Predial para el presente año, en la suma de S/. 19.20 (DIECINUEVE Y 20/100 NUEVOS SOLES). Artículo Cuarto.- Establecer el costo de emisión y dis- tribución de DD.JJ. y recibos mecanizados en S/. 10.00 Nuevos Soles el juego (1H y 1PU), y en S/. 5.00 NuevosSoles por cada PU adicional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde 02092 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G6D/G61/G73/G69/G76/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2004-MDCLR Carmen de la Legua - Reynoso, 13 de enero del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO VISTO Y CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Registros Civiles ha progra- mado para el 14 de febrero del 2004 la realización de unMatrimonio Masivo, para tal fin presenta un presupuesto ascendente a la suma de S/. 6,296.60 Nuevos Soles; Que, cientos de parejas desean formalizar su relación conyugal, llevándolo a la estabilidad jurídica y así quedar constituidos legalmente, la Subgerencia de Registros Civi- les ha visto por conveniente programar la realización de unMatrimonio Masivo; Que, este Matrimonio Masivo tiene como meta contar con la participación de 200 parejas, a un Costo de S/. 60.00Nuevos Soles por contrayente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades confe- ridas a la Alcaldía por la Ley Nº 27972 - Orgánica de Muni-cipalidades;