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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (11/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 19

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G38/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 11 de febrero de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Centro de Entrenamiento Pesquero dePaita para el Ejercicio Fiscal 2004, el mismo que se anexay forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Administración, remita copia de la presente resolución al Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado (-CONSUCODE) y a la Comisión de Promoción de la Pe-queña y Micro Empresa (PROMPYME), dentro de los diez(10) días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo 3º.- Disponer a la Oficina de Administración, la publicación de la presente resolución en el Diario OficialEl Peruano y en la página web del CEP - Paita dentro delos diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su apro-bación, así mismo el Plan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones del CEP - Paita puede ser adquirido por los interesados en la Unidad de Tesorería, ubicado en Playa Hermosa Nº 1501, distrito y provincia de Paita, departa-mento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID BOCANEGRA BAFFIGO Presidente del Consejo Directivo CEP-Paita 02797 SALUD /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F /G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G2D/G7A/G61/G20/G79/G20/G6D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 137-2004/MINSA Lima, 9 de febrero del 2004 VISTOS: El expediente del recurso de apelación interpuesto por Consorcio Grupo Gerencial Asesoría y Servicios Integra-les y Dariza S.R.Ltda. que incluyen el Oficio Nº 034-2004-CE/CP11, el Informe Nº 001-2004-CE/CP11, que constitu- ye el Informe Técnico del Comité Especial, el Oficio Nº 237- 2004-OGAJ/MINSA y el Informe Nº 149-2004-OGAJ/MIN-SA. CONSIDERANDO: Que, dentro de plazo legal, Consorcio Grupo Gerencial Asesoría y Servicios Integrales y Dariza S.R.Ltda. presen- ta recurso de apelación contra la calificación de la propuestatécnica asignada al postor SERMAGE S.A. en el ConcursoPúblico Nº 11-2003-MINSA "Contratación del Servicio deLimpieza y Mantenimiento"; Que, el artículo 65º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, establece que las propuestas técnicas yeconómicas se evalúan asignándole puntajes de acuerdoa los factores y criterios de evaluación y calificación quese establezcan en las Bases del proceso. De igual formasu artículo 66º establece que para la evaluación técnica, las Bases establecerán los requisitos mínimos a cumplir para que la propuesta sea admitida; Que, del contenido del recurso presentado por Consor- cio Grupo Gerencial Asesoría y Servicios Integrales y Da-riza S.R.Ltda., del Informe Nº 001-2004-CE/CP11 del Co-mité Especial y de la revisión de las Bases del proceso de selección, se puede apreciar que en el "Anexo 1" de las mismas se detallan las especificaciones técnicas del ser-vicio materia de convocatoria, indicándose en el numeralVI de sus Bases integradas, las características mínimastécnicas respecto a la clase y número de las máquinasque se utilizarían para la prestación del servicio, advirtién- dose que la evaluación de la propuesta técnica presentada por el postor SERMAGE S.A. no cumplía con los requisi-tos mínimos señalados en las bases, trasgrediéndose de esta forma, las normas de procedimiento establecidas enel artículo 66º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado; Que, el artículo 57º del T.U.O. de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012- 2001-PCM, prevé la Nulidad de Oficio de los actos admi- nistrativos cuando, entre otras causales, prescindan de lasnormas esenciales del procedimiento, la misma que segúnlo establecido en el artículo 26º del Reglamento de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, deberá serdeclarada por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, y publicada en el Diario Ofi- cial El Peruano dentro de los cinco (5) días siguientes a suexpedición; Que, de acuerdo a lo señalado en los artículos 171º y 180º literal c) del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, en tanto sea advertida la con- travención a un debido proceso, la infracción de las formas sustanciales en los actos practicados o se incurra en cau-sales de nulidad previstas en el artículo 57º de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, la Entidad po-drá declarar la Nulidad de Oficio en virtud del recurso in-terpuesto o de las causales detectadas en el expediente, siendo irrelevante que se pronuncie sobre el petitorio; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica y de conformidad con el artículo 8º literal l) de la LeyNº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la Nulidad de Oficio del Concur- so Publico Nº 11-2003-MINSA "Contratación del Serviciode Limpieza y Mantenimiento" a mérito de las conside-raciones expuestas, debiendo retrotraerse el proceso deselección a la etapa de evaluación de propuestas técnicas, no correspondiendo pronunciarse sobre el petitorio del re- curso de apelación presentado por Consorcio Grupo Ge-rencial Asesoría y Servicios Integrales y Dariza S.R.Ltda. Artículo 2º.- Disponer la notificación de la presente re- solución a los interesados que correspondan, así como lapublicación de la misma en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco días siguientes a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 02847 /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G63/G65/G73/G65/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G2D /G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G48/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G22/G53/G61/G6E/G20/G4A/G6F/G73/GE9/G22/G20/G2D/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F DIRECCIÓN DE SALUD I CALLAO HOSPITAL SAN JOSÉ RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 019-2004-HSJ-C/D Callao, 29 de enero de 2004 Visto el Informe Final de la CPPAD Nº 01-04-HSJ-C de fecha 24-01-2004 por el cual la Comisión Permanente deProcesos Administrativos Disciplinarios se pronuncia so- bre la sanción disciplinaria de cese temporal de Doce me- ses (12) sin goce de remuneración al servidor Ever Rami-ro MITTA CURAY; CONSIDERANDO: Que, con R.D. Nº 250-2003-HSJ-C/D de fecha 29-12- 2003 que corre a fojas 32 y 33 del expediente, se resuelveInstaurar Proceso Administrativo Disciplinario al servidorEver Ramiro MITTA CURAY, Médico, Nivel 1, al haberse comprobado evidencias de la Comisión de Falta Adminis- trativa Disciplinaria contemplada en el Inc. a) del Artículo28º del Decreto Legislativo Nº 276, así como por el incum-plimiento de sus obligaciones por encontrarse incurso en