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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G38/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 11 de febrero de 2004 Que, la responsabilidad del mencionado Contratista, de reparar las deficiencias constructivas de la obra I.S.P "Ho-racio Cevallos Gámez", ubicado en el distrito de Callería,provincia de Coronel Portillo y departamento de Ucayali,materia de la Licitación Pública Nº 126-96-PRES-INFES,se encuentra plenamente acreditada conforme a lo previs- to en la Cláusula 4.0, numeral 4.11 del Contrato de Ejecu- ción de Obra a Suma Alzada, suscrito el 12 de diciembrede 1996, siendo de aplicación supletoria lo prescrito por elartículo 5.10.9 del Reglamento Único de Licitaciones yContratos de Obras Públicas - RULCOP, así como loestablecido en el artículo 1784º del Código Civil vigente; Que, no habiendo asumido el Contratista su responsa- bilidad contractual, es pertinente exigir su cumplimiento enla vía judicial, al amparo de los artículos 1148º, 1219º,1220º, 1324º y 1333º del Código Civil, siendo necesarioautorizar a la Procuradora Pública Ad Hoc encargada delos asuntos judiciales del INFES a interponer las acciones judiciales que corresponda contra el Contratista PROFE- SIONALES ASOCIADOS S.A. SERVICIOS GENERALES,en representación y defensa de los intereses del InstitutoNacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; Con la opinión favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537,modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y la Ley Nº 27792,Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivien-da, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Procuradora Pública Ad Hoc encargada de los asuntos judiciales del Instituto Na-cional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES ainterponer las acciones judiciales pertinentes contra el Contratista PROFESIONALES ASOCIADOS S.A. SERVI- CIOS GENERALES, por las razones expuestas en la par-te considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Pública mencionada, para los fines a que secontrae esta Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 02827 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 045-2004-VIVIENDA Lima, 6 de febrero de 2004 Visto el Oficio Nº 184-2004-GG-INFES-VIVIENDA de la Gerencia General del Instituto Nacional de Infraestruc- tura Educativa y de Salud - INFES; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato de Construcción de Obra a Suma Alzada, suscrito el 31 de octubre de 1996, el Institu-to Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - IN-FES, contrató con el Contratista PROFESIONALES ASO-CIADOS S.A. SERVICIOS GENERALES, para la ejecu- ción de la obra C.E. "San Fernando", ubicado en el distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo y departamentode Ucayali, materia de la Licitación Pública Nº 064-96-PRES-INFES; Que, concluida la ejecución física de la Obra, fue recibi- da por la Comisión de Recepción, suscribiéndose el Acta de Recepción de Obra con fecha 24 de junio de 1997 y, aprobándose la Liquidación Final de la misma medianteResolución de Gerencia General Nº 033-98-PRES-INFESde fecha 15 de enero de 1997; Que, por Informe Nº 092-2002-ACOT-GO-INFES-VI- VIENDA del 3 de diciembre de 2002, el Jefe del Área deControl de Obras Terminadas - INFES, pone en conoci- miento de la Gerencia de Obras la existencia de deficien-cias constructivas detectadas en la obra C.E. "San Fer-nando", cuyas reparaciones son responsabilidad del Con-tratista PROFESIONALES ASOCIADOS S.A. SERVICIOSGENERALES, conforme a lo estipulado en la cláusula 4.0, numeral 4.11 del contrato de obra, y por así disponerlo el artículo 5.10.9 del Reglamento Único de Licitaciones yContratos de Obras Públicas - RULCOP, aplicable al caso,por haberse llevado a cabo el proceso de contratación du-rante su vigencia; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 3327-2002-GO-IN- FES-VIVIENDA de fecha 10 de diciembre de 2002, la Ge- rencia de Obras pone en conocimiento del Contratista PRO-FESIONALES ASOCIADOS S.A. SERVICIOS GENERA-LES, la existencia de deficiencias constructivas detecta-das en la obra, el cual fue cursado por conducto notarial,no habiendo podido ser diligenciado por cuanto, no se ubi- có al contratista en la dirección a la que fue remitido, notifi- cándose al citado Contratista mediante Edicto publicadoen el diario Gestión, el día 10 de febrero de 2003; Que, el Jefe del Área de Control de Obras Terminadas - INFES, ha elaborado el Presupuesto que se requiere parala reparación de las deficiencias constructivas detectadas en la obra C.E. "San Fernando", al presentarse fisuras en muros interiores y exteriores del módulo de aulas, salón delaboratorio, módulo de escalera y módulo de servicios hi-giénicos; Que, según Resolución de Gerencia General Nº 018- 2004-INFES-VIVIENDA de fecha 13 de enero de 2004, se aprobó el Presupuesto que se requiere para la repara- ción de las deficiencias constructivas del citado CentroEducativo por cuenta del Contratista, ascendente a lasuma de S/. 8 070,01 (OCHO MIL SETENTA Y 01/100NUEVOS SOLES), el que fue cursado por conducto nota-rial, no habiendo podido ser diligenciado por cuanto, no se le ubicó en la dirección a la que fue remitido, razón por la cual se procedió a la publicación del Edicto en el DiarioOficial El Peruano y en El Comercio, el día 23 de enero de2004; Que, la responsabilidad del mencionado Contratista, de reparar las deficiencias constructivas de la obra C.E. "San Fernando", ubicado en el distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo y departamento de Ucayali, materia de laLicitación Pública Nº 064-96-PRES-INFES, se encuentraplenamente acreditada conforme a lo previsto en la Cláu-sula 4.0, numeral 4.11 del Contrato de Ejecución de Obra aSuma Alzada, suscrito el 31 de octubre de 1996, siendo de aplicación supletoria lo prescrito por el artículo 5.10.9 del Reglamento Único de Licitaciones y Contratos de ObrasPúblicas - RULCOP, así como lo establecido en el artículo1784 del Código Civil vigente; Que, no habiendo asumido el Contratista su respon- sabilidad contractual, es pertinente exigir su cumplimien- to en la vía judicial, al amparo de los artículos 1148º, 1219º, 1220º, 1324º y 1333º del Código Civil, siendo necesarioautorizar a la Procuradora Pública Ad Hoc encargada delos asuntos judiciales del INFES a interponer las accio-nes judiciales que corresponda contra el Contratista PRO-FESIONALES ASOCIADOS S.A. SERVICIOS GENERA- LES, en representación y defensa de los intereses del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud- INFES; Con la opinión favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y la Ley Nº 27792,Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivien-da, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Procuradora Pública Ad Hoc encargada de los asuntos judiciales del Instituto Na-cional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES ainterponer las acciones judiciales pertinentes contra elContratista PROFESIONALES ASOCIADOS S.A. SERVI- CIOS GENERALES, por las razones expuestas en la par- te considerativa de la presente Resolución.