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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (11/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G38/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 11 de febrero de 2004 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G43/G4F/G4E/G41/G44/G49/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 029-2004-TR Lima, 6 de febrero de 2004 VISTO: El Oficio Nº 001-2004-MTPE/CONADIS, de fe- cha 9 de enero de 2004, de la representante del Sector, ante el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, tiene por finalidad establecer el ré-gimen legal de protección, de atención de salud, traba-jo, educación, rehabilitación, seguridad social y preven- ción, para que la persona con discapacidad alcance su desarrollo e integración social, económico y cultural,previsto en el artículo 7º de la Constitución Política delEstado; Que, el artículo 6º de la citada Ley, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, estará integrado entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promo-ción del Empleo; Que, bajo el marco legal expuesto, mediante Resolu- ciones Ministeriales Nºs. 016-2001-TR y 170-2001-TR,se designo y ratificó, respectivamente, a la señora As- trid Aimée Sánchez Falero, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante elConsejo Nacional mencionado; Que, mediante Ley Nº 28164, publicada el 10 de enero de 2004, se ha modificado la conformación delConsejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, estableciéndose como re- presentante del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, al señor Viceministro de Promoción del Em-pleo y la Micro y Pequeña Empresa; Que, en atención a que la representación del Sector en el CONADIS recae "ex officio" en el señor Vicemi- nistro de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa, es necesario emitir el acto administrativomediante el cual se da por concluida la designaciónanterior; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funcio-nes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dáse por concluida, la designación de la señora ASTRID AIMÉE SÁNCHEZ FALERO, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo Nacional para la Integración de laPersona con Discapacidad - CONADIS, dándosele las gra-cias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Déjase sin efecto las Resoluciones Ministe- riales Nºs. 016-2001-TR y 170-2001-TR. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN DE DIOS RAMÍREZ CANCHARI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 02716FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 001-2004-TR Mediante Oficio Nº 066-B-2004-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratasdel Decreto Supremo Nº 001-2004-TR, publicado en la edi- ción del 29 de enero de 2004. DICE: Artículo 45º.- De las micro y pequeñas empresas ... CUADRO 2: INFRACCIONES DE SEGUNDO GRADO Número de Base de Número de trabajadores afectados Infracciones cálculo1-5 6-10 11-20 21-50 1-2 2 UIT 5% 10% 20% 35% 3-5 3 UIT 5% 10% 20% 35% 5-6 4 UIT 5% 10% 20% 35% 7 o más 5 UIT 5% 10% 20% 35% CUADRO 3: INFRACCIONES DE TERCER GRADO Número de Base de Número de trabajadores afectados Infracciones cálculo1-5 6-10 11-20 21-50 1-2 5 UIT 5% 10% 15% 20% 3-5 6 UIT 5% 10% 20% 25% 5-6 8 UIT 5% 10% 20% 30% 7 o más 10 UIT 5% 10% 20% 35% DEBE DECIR: Artículo 45º.- De las micro y pequeñas empresas ... CUADRO 2: INFRACCIONES DE SEGUNDO GRADO Número de Base de Número de trabajadores afectados Infracciones cálculo1-5 6-10 11-20 21-50 1-2 2 UIT 5% 10% 20% 35% 3-4 3 UIT 5% 10% 20% 35% 5-6 4 UIT 5% 10% 20% 35% 7 o más 5 UIT 5% 10% 20% 35% CUADRO 3: INFRACCIONES DE TERCER GRADO Número de Base de Número de trabajadores afectados Infracciones cálculo1-5 6-10 11-20 21-50 1-2 5 UIT 5% 10% 15% 20% 3-4 6 UIT 5% 10% 20% 25% 5-6 8 UIT 5% 10% 20% 30% 7 o más 10 UIT 5% 10% 20% 35% 02873 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G45/G6C/G20/G53/G61/G6C/G76/G61/G64/G6F/G72/G20/G79/G20/G47/G75/G61/G74/G65/G6D/G61/G6C/G61/G20/G65/G6E/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 082-2004-MTC/02 Lima, 10 de febrero de 2004