Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2004 (11/02/2004)


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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 043-2004-VIVIENDA MORDAZA, 6 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de febrero de 2004

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 02826 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 044-2004-VIVIENDA MORDAZA, 6 de febrero de 2004 Visto el Oficio Nº 169-2004-GG-INFES-VIVIENDA de la Gerencia General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato de Construccion de Obra a Suma Alzada, suscrito el 12 de diciembre de 1996, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud INFES, contrato con el Contratista PROFESIONALES ASOCIADOS S.A. SERVICIOS GENERALES, para la ejecucion de la obra I.S.P. "Horacio MORDAZA Gamez", ubicado en el distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo y departamento de Ucayali, materia de la Licitacion Publica Nº 126-96-PRES/INFES; Que, concluida la ejecucion fisica de la Obra, fue recibida por la Comision de Recepcion, suscribiendose el Acta de Recepcion de Obra con fecha 20 de agosto de 1997 y, aprobandose la Liquidacion Final de la misma mediante Resolucion de Gerencia General Nº 1812-97-PRES-INFES de fecha 21 de noviembre de 1997; Que, por Informe Nº 093-2002-ACOT-GO-INFES-VIVIENDA del 3 de diciembre de 2002, el Jefe del Area de Control de Obras Terminadas - INFES, pone en conocimiento de la Gerencia de Obras la existencia de deficiencias constructivas detectadas en la obra I.S.P. "Horacio MORDAZA Gamez" cuyas reparaciones son responsabilidad del Contratista PROFESIONALES ASOCIADOS S.A. SERVICIOS GENERALES, conforme a lo estipulado en la clausula 4.0, numeral 4.11 del contrato de obra, y por asi disponerlo el articulo 5.10.9 del Reglamento Unico de Licitaciones y Contratos de Obras Publicas - RULCOP, aplicable al caso, por haberse llevado a cabo el MORDAZA de contratacion durante su vigencia; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 3374-2002-GO-INFES-VIVIENDA de fecha 11 de diciembre de 2002, la Gerencia de Obras pone en conocimiento del Contratista PROFESIONALES ASOCIADOS S.A. SERVICIOS GENERALES, la existencia de deficiencias constructivas detectadas en la obra, el cual fue cursado por conducto notarial, no habiendo podido ser diligenciado por cuanto, no se ubico al contratista en la direccion a la que fue remitido, notificandose al citado Contratista mediante Edicto publicado en el diario Gestion, el dia 10 de febrero de 2003; Que, el Jefe del Area de Control de Obras Terminadas INFES, ha elaborado el Presupuesto que se requiere para la reparacion de las deficiencias constructivas detectadas en la obra I.S.P. "Horacio MORDAZA Gamez", al presentarse agrietamiento en alfeizar de una ventana, fisuras en diversos muros, deterioro de pisos de aulas por desgaste prematuro y la tabiqueria de alfeizar de algunas ventanas estan bastante inestables; Que, segun Resolucion de Gerencia General Nº 0272004-INFES-VIVIENDA de fecha 22 de enero de 2004, se aprobo el Presupuesto que se requiere para la reparacion de las deficiencias constructivas de la citada obra por cuenta del Contratista, ascendente a la suma de S/. 16 321.00 (DIECISEIS MIL TRESCIENTOS VEINTIUN Y 00/100 NUEVOS SOLES), la que fue puesta en conocimiento del Contratista, mediante Oficio Nº 086-2004-INVES-VIVIENDA del 22 de enero de 2004 el cual fue cursado por conducto notarial, el que no le fue entregado al no ser ubicado en la direccion a la que fue remitido, razon por la cual se procedio a la publicacion del Edicto en el Diario Oficial El Peruano y en el Comercio, el dia 3 de febrero de 2004, el mismo que al no ser impugnado ha quedado consentido;

Visto, el Oficio Nº 090-2004-GG-INFES-VIVIENDA del Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato de Construccion de Obra a Suma Alzada, suscrito el 18 de octubre de 1996, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, contrato con el contratista SERVICIOS A LA CONSTRUCCION S.A. (SERCONSA) la ejecucion de obras de infraestructura para el C.E Nº 64093, ubicado en el AA.HH. Puerto Callao, distrito de Yarinacocha, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali, materia de la Licitacion Publica Nº 055-96-PRES-INFES; Que, concluida la ejecucion fisica de la Obra y levantadas las observaciones formuladas, la obra fue recibida por la Comision de Recepcion, suscribiendose el Acta de Recepcion de Obra con fecha 11 de junio de 1997, aprobandose la liquidacion final del Contrato de Obra mediante Resolucion de Gerencia de Obras Nº 1348-97-PRES-INFES de fecha 5 de septiembre de 1997; Que, por medio del Informe Nº 090-2002-ACOT-GOINFES-VIVIENDA, se informo que de la inspeccion ocular efectuada al referido Centro Educativo, se detecto la existencia de deficiencias constructivas y vicios ocultos, cuyas reparaciones son responsabilidad del Contratista, habiendo sido puestas en conocimiento de este mediante Edicto publicado el dia 10 de febrero de 2003, sin que a la fecha se MORDAZA obtenido respuesta; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 7512003-INFES-VIVIENDA de fecha 19 de diciembre de 2003, se aprobo el Presupuesto Analitico que se requiere para la reparacion de las deficiencias constructivas del citado Centro Educativo por cuenta del Contratista, el que asciende a la suma de S/. 49,231.62 (CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO CON 62/100 NUEVOS SOLES); la que fue remitida al Contratista por via notarial mediante Oficio Nº 1951-2003-GG-INFES-VIVIENDA de fecha 19 de diciembre del 2003, el que no pudo ser diligenciado. Posteriormente mediante Edicto publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 21 de enero del 2004, se le volvio a notificar, sin obtener respuesta alguna, por lo que legalmente, ha quedado consentida; Que, la responsabilidad del mencionado Contratista, de reparar las deficiencias constructivas de la obra C.E. Nº 64093 se encuentra plenamente acreditada y no habiendo asumido su responsabilidad contractual, es pertinente exigir su cumplimiento en la via judicial, al MORDAZA de los articulos 1148º, 1219º, 1220º, 1324º y 1333º del Codigo Civil, siendo necesario autorizar a la Procuradora Publica Ad Hoc del INFES, a interponer las acciones judiciales que corresponda contra el contratista SERCONSA, en representacion y defensa de los intereses del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Procuradora Publica Ad Hoc del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES a interponer las acciones judiciales que correspondan contra el contratista SERVICIOS A LA CONSTRUCCION S.A. (SERCONSA) por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Publica Ad Hoc mencionada, para los fines a que se contrae la presente Resolucion.

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