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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G38/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 11 de febrero de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a favor de la empresa GLP AMAZÓNICO SAC para prestar servi-cio irregular de transporte fluvial de graneles líquidos, com-bustible y gas licuado, en tráfico nacional o cabotaje, en la forma siguiente: TRÁFICO : Nacional o cabotaje SERVICIO : Irregular: En los ríos de la Hoya Amazónica TRANSPORTE : Carga de graneles líquidos, combustible y gas licuado. Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el artículo precedente será atendido con las embarcacio-nes denominadas AF Nao I con matrícula PA-7300-AF yAF Nao III con matrícula PA-7298-AF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se otorga por el Artículo 1º, tendrá una vigencia de cinco (5) años, computa-dos a partir de la fecha de la publicación en el Diario Oficial ElPeruano. La renovación deberá ser solicitada por la recurren-te a la Dirección General de Transporte Acuático del Ministe-rio de Transportes y Comunicaciones con anticipación de se- senta (60) días calendario antes de su vencimiento. Artículo 4º.- El permiso de operación otorgado, implica la obligación por parte de su titular, de someterse al Decreto Su-premo Nº 005-2001-MTC y demás disposiciones legales y regla-mentarias que regulan el transporte fluvial, debiendo adecuar-se a las normas modificatorias y complementarias que se ex- pida sobre la materia, así como a las disposiciones y directivas que dicte la Dirección General de Transporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídicas que pres-tan servicio de transporte fluvial, en la forma establecidaen el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda-costas, a las Capitanías de Puerto de Iquitos y Pucallpa ya las Direcciones Regionales de Transportes y Comunica-ciones de los Gobiernos Regionales de Loreto y Ucayali,para su conocimiento y fines. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO ARAMBURÚ GARDENER Director GeneralDirección General de Transporte Acuático 02809 VIVIENDA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G61/G64/G20/G68/G6F/G63/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G2D /G46._/G45/G53/G20/G61/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G6F/G72 /G64/G65/G66/G69/G63/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G74/G65/G63/G74/G61/G64/G61/G73 /G65/G6E/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G61/G73/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 040-2004-VIVIENDA Lima, 6 de febrero de 2004 Visto, el Oficio Nº 101-2004-GG-INFES-VIVIENDA de la Gerencia General del Instituto Nacional de InfraestructuraEducativa y de Salud-INFES, por el que solicita se autori-ce a la Procuradora Pública Ad Hoc del INFES, a interpo- ner las acciones judiciales que correspondan, contra la empresa SPEED SERVICE CONTRATISTAS GENERA-LES SOCIEDAD ANÓNIMA; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 13 de septiembre de 1996, se suscribió el Contrato de Construcción de Obra por el Sistema deLicitación Pública a Suma Alzada, entre el Instituto Nacio- nal de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, deuna parte, y de la otra, la firma SPEED SERVICE CON-TRATISTAS GENERALES SOCIEDAD ANÓNIMA, para laejecución la Obra: C.E. "ALFREDO VARGAS GUERRA",ubicado en Federico Basadre Km. 4,800 (Centenario) - Pucallpa, distrito de Calleria, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, materia del Proceso de Licita-ción Pública Nº 045-96-PRES-INFES, por un monto de S/.360,747.57 (TRESCIENTOS SESENTA MIL SETECIEN-TOS CUARENTISIETE Y 57/100 NUEVOS SOLES) y conun plazo de ejecución de 135 días calendario; Que, culminada la obra: C.E. "ALFREDO VARGAS GUERRA" citada, la misma fue recepcionada con fecha 11de junio de 1997 y, la Liquidación Final de la misma, fueaprobada por Resolución de Gerencia General Nº 061-98-PRES-INFES, de fecha 22 de enero de 1998; Que, mediante Informe Nº 089-2002-ACOT-GO-INFES- VIVIENDA del 3 de diciembre del 2002, el Jefe del Área de Control de Obras Terminadas del INFES, hizo de conoci-miento del Gerente de Obras del INFES, las deficienciasconstructivas de la obra: C.E. "ALFREDO VARGAS GUE-RRA"; Que, la Gerencia de Obras, mediante Oficio Nº 3373- 2002-GO-INFES-VIVIENDA de fecha 11 de diciembre del 2002, se dirigió al contratista SPEED SERVICE CONTRA-TISTAS GENERALES SOCIEDAD ANÓNIMA, comunicán-dole la existencia de las deficiencias constructivas detec-tadas en la obra C.E. "ALFREDO VARGAS GUERRA", ofi-cio que no le fue entregado, al no ser ubicado en la direc- ción al que fue remitido señalado en el respectivo contrato, razón por la cual se le notificó al citado contratista median-te edicto publicado en el diario Gestión, el día 10 de febre-ro de 2003, sin que haya efectuado la correspondiente re-paración hasta la actualidad; Que, el Jefe del Área de Control de Obras terminadas del INFES, ha elaborado el presupuesto que se requiere para la reparación de las deficiencias constructivas detec-tadas en la obra C.E. "ALFREDO VARGAS GUERRA", lasmismas que consisten en: fisuras en los muros exterioreslaterales, derecho e izquierdo, acabado defectuoso en elbarniz de la carpintería de madera en general; las puertas y ventanas, igualmente presentan acabado defectuoso; los alfeizar de aulas del 2do. piso presentan fisuras y, defor-mación de puertas por falta del secado adecuado de lamadera antes de su habilitación y ensamble que ha origi-nado, funcionamiento defectuoso: El alfeizar de ventana delambiente debajo de escalera presenta fisuras y, algunos paños de la losa exterior de ingreso presentan desgaste prematuro; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 021- 2004-INFES-VIVIENDA, de fecha 15 de enero de 2004, seaprobó el presupuesto para dichas reparaciones, ascen-dente a la suma de S/. 6,415.08 (SEIS MIL CUATROCIEN- TOS QUINCE y 08/100 NUEVOS SOLES), Obra: C.E. "AL- FREDO VARGAS GUERRA", ubicado en Federico Basa-dre Km. 4,800 (Centenario) - Pucallpa, distrito de Calleria,provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali,materia del Proceso de Licitación Pública Nº 045-96-PRES-INFES, a cargo del contratista SPEED SERVICE CONTRATISTAS GENERALES SOCIEDAD ANONIMA; Que, la Gerencia de General del INFES, mediante Ofi- cio Nº 066-2004-GG-INFES-VIVIENDA de fecha 15.deenero.2004 diligenciado notarialmente, hizo de conoci-miento del contratista: SPEED SERVICE CONTRATISTASGENERALES SOCIEDAD ANONIMA, de la Resolución de Gerencia General Nº 021-2004-INFES-VIVIENDA, de fe- cha 15 de enero de 2004, que aprobó el Presupuesto ascen-dente a la suma de S/. 6,415.08 (SEIS MIL CUATRO-CIENTOS QUINCE Y 08/100 NUEVOS SOLES), para lareparación de defectos constructivos de la Obra: C.E. "AL-FREDO VARGAS GUERRA", que se indican precedente- mente, oficio que no le fue entregado al no ser ubicado en la dirección señalada en el contrato, razón por la cual senotificó al citado contratista mediante edicto publicado enel Diario Oficial El Peruano y en el diario El Comercio, ellocon fecha 22 de enero 2004; Que, la responsabilidad del mencionado Contratista, de reparar las citadas deficiencias constructivas de la obra C.E. "ALFREDO VARGAS GUERRA", se encuentra ple-