Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2004 (11/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de febrero de 2004

Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Publica mencionada, para los fines a que se contrae esta Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 02828

Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica Ad Hoc del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, a interponer las acciones judiciales que correspondan contra el Residente de Obra, Ingeniero MORDAZA MORDAZA MERE, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Publica Ad Hoc mencionada, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 02824

Autorizan a procuradora ad hoc del IN.ES iniciar acciones judiciales contra residente de obra para cobrar saldo de suma de dinero adeudada
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 041-2004-VIVIENDA MORDAZA, 6 de febrero de 2004 Visto, el Oficio Nº 127-2004-GG-INFES-VIVIENDA del Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio del visto, la Gerencia General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES solicita se autorice a la Procuradora Publica Ad Hoc del INFES a interponer las acciones judiciales que correspondan contra el Ing. MORDAZA MORDAZA Mere, quien tuvo a su cargo, la ejecucion de la obra de infraestructura para el C.E. Nº 3035 "Bella Leticia", ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, materia de la Administracion Directa Nº 029-95-PRES-INFES, en merito al Contrato de Servicios No Personales suscrito de fecha 1 de febrero de 1995, por el cual el INFES le encargo la direccion tecnica, administrativa y contable de la obra indicada; Que, mediante la Resolucion de Gerencia de Obras Nº 050-2001-PRES-INFES, de fecha 30 de enero de 2001, se aprobo la liquidacion final de la obra, estableciendose un saldo deudor a cargo del Residente de Obra Ing. MORDAZA MORDAZA Mere de S/. 27,535.29 (VEINTISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO CON 29/100 NUEVOS SOLES) de los cuales S/. 23,455.52 corresponden por anticipos otorgados y no rendidos, y S/. 4,079.77 al importe de tributos pagados en exceso. Asimismo, se determino un saldo a favor del Residente de Obra por la suma de S/. 14,134.75 por concepto de saldo de honorarios profesionales y S/. 704.84 por mayores rendiciones de MORDAZA chica; Que, la referida Resolucion de Gerencia de Obras, ha quedado firme al haberse declarado infundado en dicho extremo el Recurso de Apelacion interpuesto e inadmisible el Recurso de Nulidad deducido, por Resoluciones de Consejo Directivo Nºs. 068-2001-PRES-INFES y 124-2002PRES-INFES, quedando por consiguiente agotada la via administrativa; Que, estando acreditada la responsabilidad contractual del Residente de Obra, como resultado de su gestion y no habiendo asumido su responsabilidad no obstante el requerimiento de pago efectuado, es pertinente recurrir a la via judicial para el cobro del saldo de la suma adeudada, siendo necesario para tal efecto, autorizar a la Procuradora Publica Ad Hoc del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES a interponer las acciones judiciales que correspondan contra el Ing. MORDAZA MORDAZA MERE, en representacion y en defensa de los intereses del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud-INFES; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y la Ley Nº 27792,

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Incluyen a diversos profesionales en la nomina para Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 044-2004-P-CSJCN/PJ Independencia, dos de febrero del dos mil cuatro VISTO: El Oficio sin numero ingresado el treinta de enero del ano en curso, remitido por los miembros de la Comision de Seleccion y Evaluacion de postulantes a Peritos Judiciales; en consecuencia, proveyendo los ingresos cuatro mil trescientos siete y cuatro mil quinientos dos, presentados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ruffner; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Administrativa ciento cincuentitres -dos mil tres -P-CSJCNL/PJ del veinticuatro de junio del ano pasado, se convoco el MORDAZA de Evaluacion y Seleccion de Peritos Judiciales, con la finalidad de ampliar la Base de Datos del REPEJ -Cono Norte, designandose la Comision respectiva; Que, en virtud de la Resolucion Administrativa numero trescientos treintidos -dos mil tres-P-CSJCNL/PJ del veintiocho de noviembre del dos mil tres, publicada el cinco de diciembre del mismo ano en el Diario Oficial El Peruano, se aprobo la nomina de los profesionales seleccionados para Peritos Judiciales de esta Corte Superior, dentro de los cuales no ha sido considerada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ruffner, Contadora Publica Colegiada; Que, por tal razon, se formula recurso administrativo, que en los terminos expuestos no ha sido previsto por la Resolucion numero trescientos cincuentiuno-noventiochoTP-CME-PJ, Reglamento de Peritos Judiciales; lo que exige recurrir supletoriamente a la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, tanto mas si asi lo permite la Tercera Disposicion Complementaria y Final de dicha MORDAZA legal; Que, ahora bien, la citada profesional solicita literalmente se "revise" su caso, pues alega reune los requisitos para haber sido igualmente seleccionada en la citada nomina; petitorio que bajo la luz del articulo 213º de la Ley Nº 27444

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