Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2004 (13/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de febrero de 2004

- Que la Institucion Educativa de Educacion Secundaria se encuentre comprendida, preferentemente, dentro del ambito de influencia de un Instituto Superior Pedagogico seleccionado para efectos de capacitacion. - Que la Institucion Educativa a seleccionar se encuentre participando o lo MORDAZA hecho en anos anteriores, en alguna de las experiencias de innovacion educativa promocionada por el Ministerio de Educacion. - Que la institucion se encuentre integrada a alguno de los sistemas de REDES educativas ya implementadas. 5.2. La Institucion de Educacion Secundaria que, por razones derivadas de la aplicacion del numeral anterior, no hubiera sido seleccionada por la UGEL para participar en la presente experiencia, pero que, por conviccion y consenso de su comunidad educativa decida iniciarse en el MORDAZA de empoderamiento de esta innovacion educativa curricular, puede solicitar su incorporacion en el MORDAZA de aplicacion del Diseno Curricular Basico. 5.3. Las Instituciones de Educacion Secundaria de gestion no estatal, que deseen participar, voluntariamente, en la aplicacion del presente Diseno Curricular Basico por capacidades, podran hacerlo siempre y cuando garanticen que sus docentes tengan una capacitacion autofinanciada y coherente con el Diseno Curricular Basico. DEL MORDAZA DE IMPLEMENTACION DEL DISENO CURRICULAR BASICO 5.4. El MORDAZA de implementacion del Diseno Curricular Basico tendra dos fases: - Primera Fase: Talleres de Asesoria Tecnico - Pedagogica Regional. - MORDAZA Fase: Acciones de Formacion en Servicio. PRIMERA FASE: Talleres de Asesoria Tecnico - Pedagogica Regional Dirigida a los docentes de los Institutos Superiores Pedagogicos y a los especialistas de las diferentes Direcciones Regionales de Educacion (DRE) y Unidades de Gestion Educativa Local (UGEL). 5.4.1. La Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica (DINESST), convocara a los especialistas de DRE y UGEL que participaran en los Talleres de Asesoria Tecnico-Pedagogica Regional, que seran ejecutados en forma descentralizada por los especialistas de la referida Direccion Nacional. 5.4.2. La Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente (DINFOCAD), convocara a los docentes de los Institutos Superiores Pedagogicos seleccionados, que participaran en los Talleres de Asesoria Tecnico-Pedagogica Regional ya referidos. 5.4.3. Los Talleres de Asesoria Tecnico-Pedagogica Regional, en esta fase inicial, estara orientada al desarrollo de capacidades que permitan garantizar la adecuada implementacion del Diseno Curricular Basico. 5.4.4. Los Talleres de Asesoria Tecnico Pedagogica Regional se ejecutaran a razon de uno por semestre, con una duracion no menor de 48 horas de trabajo en cada uno de ellos. 5.4.5. Las Direcciones del Ministerio de Educacion promoveran la interaccion entre los Equipos Locales. MORDAZA FASE: ACCIONES DE FORMACION EN SERVICIO 5.4.6. Las Acciones de Formacion en Servicio para la implementacion del Diseno Curricular Basico dirigida a los Docentes de Educacion Secundaria de cada una de las jurisdicciones locales del MORDAZA, se realizaran de acuerdo con los Planes de Trabajo que se formulen en los Talleres Regionales de Asesoria Tecnico - Pedagogica Regional y siguiendo la politica educativa establecida por la DINESST. 5.4.7. Igualmente, las Instituciones Educativas que decidan por cuenta propia, participar en el MORDAZA de implementacion del DCB, aseguraran, con sus recursos o con el apoyo del gobierno regional o local, que la capacitacion de sus docentes se realice durante el mes de marzo del presente ano.

5.4.8. Los Equipos Locales, para promover el mejoramiento de la calidad de los aprendizajes, fortaleceran o impulsaran la formacion de REDES entre las Instituciones Educativas, a fin de posibilitar un intercambio fluido de experiencias entre los participantes y el fortalecimiento del MORDAZA de aplicacion del DCB. VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS DE LAS RESPONSABILIDADES 6.1. DIRECCION NACIONAL DE EDUCACION SECUNDARIA Y SUPERIOR TECNOLOGICA 6.1.1. La Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica (DINESST) es responsable de la Supervision del MORDAZA de implementacion del Diseno Curricular Basico, en coordinacion con la Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente (DINFOCAD). 6.1.2. La Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica (DINESST) es responsable de la atencion de cualquier consulta sobre este particular, que provenga, tanto de las Direcciones Regionales de Educacion (DRE) como de las Unidades de Gestion Educativa Local (UGEL). 6.1.3. La Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica (DINESST), a traves de su Unidad de Desarrollo Curricular y Recursos Educativos de Educacion Secundaria (UDCRESS), establecera un "sistema de corresponsalias" en los Equipos Locales, mediante el uso de las nuevas tecnologias de informacion. Ello permitira atender con mayor oportunidad y eficiencia, las necesidades de los interesados, asi como captar informacion sobre la aplicacion del DCB 2004. 6.2. DIRECCION NACIONAL DE FORMACION Y CAPACITACION DOCENTE 6.2.1. La Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente (DINFOCAD) establecera las normas que garanticen la participacion de los Institutos Superiores Pedagogicos seleccionados. 6.2.2. La Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente (DINFOCAD) en coordinacion con la Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica (DINESST), se encargara de orientar, monitorear y supervisar las acciones de Formacion en Servicio que desarrollan los Institutos Superiores Pedagogicos (ISP) seleccionados. 6.3. DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION (DRE) 6.3.1. Las Direcciones Regionales de Educacion implementaran las acciones que correspondan, para la aplicacion oportuna y eficiente de la presente Directiva, asi como brindaran las facilidades necesarias para la conformacion de los Equipos Locales que ejecutaran la capacitacion de los docentes de Educacion Secundaria a nivel local. 6.3.2. Las DRE garantizaran la eficiencia y la eficacia en la aplicacion del DCB, brindando las facilidades necesarias - personal y equipos disponibles - para la mejor realizacion de cada uno de los eventos de implementacion y aplicacion del Diseno Curricular Basico de Educacion Secundaria. 6.3.3. La Direccion Regional de Educacion, es responsable de supervisar la aplicacion adecuada del Diseno Curricular Basico, en las Instituciones Educativas de Secundaria de su jurisdiccion. 6.4. INSTITUTOS SUPERIORES PEDAGOGICOS PUBLICOS 6.4.1. Los Directores de los Institutos Superiores Pedagogicos Publicos, otorgaran las facilidades necesarias para que los docentes de su Institucion participen eficientemente, en este MORDAZA de implementacion del Diseno Curricular Basico de Educacion Secundaria. 6.4.2. El Instituto Superior Pedagogico (ISP) disenara el Plan de Formacion dirigida a los docentes en Servicio. El Plan se disenara teniendo en cuenta los lineamientos curriculares establecidos por la Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica (DINESST) y las orientaciones y lineamientos especificos establecidos

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