Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2004 (24/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, martes 24 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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con la denuncia de fojas uno a dos, y validadas durante la presente investigacion, que el investigado, con posterioridad a la tratativa economica en mencion llevada a cabo con fecha doce de setiembre del dos mil dos, acudio con otra persona al local nocturno administrado por el quejoso, el dia catorce de setiembre de ese ano, a horas doce y treinta MORDAZA meridiano, pidiendo la presencia de chicas de compania, y quedandose por espacio de una hora aproximadamente, para luego de consumir dos jarras de cerveza, retirarse sin pagarlas, profiriendo insultos, y amenazando al quejoso de que perderia el MORDAZA judicial seguido en el MORDAZA Juzgado Penal de Maynas, por considerar que "no habia sido bien atendido"; Sexto: Que, siendo esto asi, con las pruebas aportadas, y con lo actuado en la presente investigacion, resulta incuestionable la irregular conducta de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, evidenciandose vicios y costumbres que menoscaban el decoro y respetabilidad del cargo, asi como la existencia de un arreglo economico previo entre el nombrado investigado y el quejoso, con la promesa de beneficiar a este ultimo con una resolucion favorable en el MORDAZA judicial del que era parte interesada; todo lo cual constituye grave atentado contra la respetabilidad del Poder Judicial, que compromete la dignidad del cargo, y lo desmerece en el concepto publico; por lo que corresponde aplicar la medida disciplinaria de destitucion prevista por el articulo doscientos once del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; Setimo: Que, finalmente, resulta necesario remitir copias de la presente queja al Ministerio Publico para su evaluacion, teniendo en cuenta que la conducta del investigado tiene connotaciones delictivas al haber condicionado el ejercicio de sus funciones a una dadiva; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso treintiuno del articulo ochentidos concordado con los articulos ciento seis y doscientos dos de la referida Ley Organica, en sesion extraordinaria de la fecha, de conformidad con el Informe del senor Consejero MORDAZA Amez MORDAZA, sin las intervenciones del senor Presidente de este Organo de Gobierno por encontrarse de licencia, y del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Primero: Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Testigo Actuario del MORDAZA Juzgado Penal de Maynas, comprension del Distrito Judicial de Loreto; Segundo: Hacer de conocimiento del Ministerio Publico la presunta comision de delito por parte del destituido investigado, remitiendose para tal efecto fotocopias certificadas de los actuados pertinentes; Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 03753

Sancionan con destitucion a magistrado por su actuacion como Juez de Paz de Tercera Nominacion de El Pedregal, Distrito Judicial de MORDAZA
INVESTIGACION ODICMA Nº 27-2003- MORDAZA
MORDAZA, cinco de febrero del dos mil cuatro. VISTO: El expediente que contiene la Investigacion ODICMA numero veintisiete guion dos mil tres guion MORDAZA, seguida contra don MORDAZA MORDAZA Pachao Ayerbe, Juez de Paz de Tercera Nominacion de El Pedregal, distrito de Majes, provincia de Caylloma, Distrito Judicial de Arequipa; por los fundamentos de la Resolucion numero ochocientos nueve expedida por el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de

fojas doscientos ocho a doscientos catorce, su fecha veintisiete de agosto del dos mil tres; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, con fecha dieciseis de MORDAZA del dos mil dos Jefatura de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA dispuso realizar una diligencia de constatacion al Juzgado de Paz de Tercera Nominacion de El Pedregal, por cuanto mediante una llamada telefonica de caracter anonima habia tomado conocimiento que el Juez del referido Juzgado habia concurrido a laborar en estado etilico; Segundo: Que, a fojas cuatro obra el acta de la diligencia de constatacion realizada, de la que aparece que el senor Max MORDAZA Duenas, Magistrado de la Comision Distrital de Control de la Magistratura de MORDAZA, concurrio a la sede del Juzgado de Paz de Tercera Nominacion de El Pedregal acompanado de los Sub Oficiales de la Policia Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Juez de Paz de Primera Nominacion de El Pedregal MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, y del MORDAZA Gobernador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y al advertir que la MORDAZA de ingreso se encontraba sin seguridad y al no responder al llamado, procedieron a ingresar sin encontrarse a nadie en el lugar, constatando un absoluto desorden y falta de higiene del Juzgado, el mismo que, no obstante ser un recinto judicial, era utilizado como dormitorio por el Magistrado visitado; quien luego de ser informado llego hasta el local del Juzgado con evidentes sintomas de encontrarse en estado de ebriedad, manifestando que el dia anterior habia sido su cumpleanos motivo por el cual estaba festejando y no habia ido a trabajar, dejandose MORDAZA de este hecho en la referida acta; Tercero: Que, analizados los presentes actuados se puede advertir que el Juez de Paz MORDAZA MORDAZA Pachao Ayerbe, ha mantenido en la localidad de El Pedregal una conducta deshonrosa que atenta contra la respetabilidad del Poder Judicial, es asi que en dicha diligencia se corroboro lo sostenido en la llamada telefonica anonima, ya que las autoridades que concurrieron al Juzgado de Paz suscriben el acta en la que se consigna que los vecinos del lugar informaron al Magistrado visitador que el nombrado Juez de Paz suele consumir bebidas alcoholicas y ebrio ofende a las personas resultando una persona extremadamente agresiva; Cuarto: Que, asimismo obra a fojas noventidos la declaracion de la Juez de Paz de Primera Nominacion de El Pedregal MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien manifiesta que el Juez de Paz investigado "en horas de despacho se encuentra en estado de ebriedad, propiciando espectaculos totalmente bochornosos no propios del cargo que desempena", version corroborada por el MORDAZA Gobernador del mencionado distrito, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien en su declaracion prestada a fojas ciento cinco sostiene que el referido Juez no consume bebidas alcoholicas frecuentemente, pero que cuando empieza a consumir no cesa hasta quedar totalmente embriagado, y en ese estado es que se muestra malcriado, agresivo, intolerante, llegando inclusive a agredir a la Juez de Paz No Letrado de Primera Nominacion de El Pedregal; Quinto: Que, por las razones expuestas, en autos se ha llegado a acreditar fehacientemente que el Juez de Paz MORDAZA MORDAZA Pachao Ayerbe tiene una conducta que desmerece la majestad del cargo que se le ha encomendado, faltando a los deberes de cuidado y custodia del acervo documentario del Juzgado a su cargo, tal como ha quedado evidenciado en la visita inopinada llevada a cabo, asi como el ingerir bebidas alcoholicas que degeneran su personalidad y temperamento, ofendiendo a las personas del lugar, tal como lo han indicado las autoridades referidas, lo que indudablemente ha generado un descuido y negligencia inexcusable en el desempeno de sus funciones que ha motivado la imposicion de mas de una decena de medidas disciplinarias por la Oficina de Distrital de Control de la Magistratura de MORDAZA por irregularidades e inconducta funcional, resultando de aplicacion la sancion disciplinaria de Destitucion prevista en el articulo doscientos once del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso treintiuno del articulo ochentidos concordado con los articulos ciento seis y doscientos dos de la referida Ley Organica, en sesion extraordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin las intervenciones del senor Presidente de este Organo de Gobierno por encontrarse de licencia y del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitu-

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