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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (25/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G31/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 25 de febrero de 2004 SUNAT /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G6E/G2D /G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 050-2004/SUNAT Lima, 23 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Có- digo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos quedeberán cumplir los abogados para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que resulta necesario el nombramiento de un Ejecutor Coactivo para garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en la Intendencia Regional Lima; Que el trabajador propuesto ha presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Úni- co Ordenado del Código Tributario, establece que lo dis-puesto en el numeral 7.1 de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Nombrar al señor abogado Fernando Arturo Cataño Florián, como Ejecutor Coactivo encargadode la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Re- gional Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 03770 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G75/G78/G69/G2D /G6C/G69/G61/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G53/G61/G6E /G4D/G61/G72/G74/GED/G6E SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA INTENDENCIA REGIONAL LORETO RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 120-024-0000006/SUNAT Iquitos, 12 de febrero del 2004 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar al Auxiliar Coactivo de la Oficina Zonal San Martín para garantizar el normal funcio-namiento de su cobranza coactiva; Que, el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº135-99-EF, establece los requisitos que deberán de reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coacti- vo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la sexta disposición final de la Ley Nº 27038, esta- blece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese medianteConcurso Público; Que, la Resolución de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribu-yentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regio-nales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán comoAuxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la referida Re- solución de Superintendencia y de conformidad con lo dis- puesto en los artículos 50º y 51º del Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Superintendencia Nacional deAdministración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; y, el artículo 23º del Texto Único Orde- nado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resoluciónde Superintendencia Nº 041-98/SUNAT; SE RESUELVE:Artículo Único.- Dejar sin efecto la designación del Sr. Manuel Rojas Babilonia - Registro 2048, como AuxiliarCoactivo de la Oficina Zonal San Martín, nombrado como tal mediante Resolución de Intendencia Nº 120-4-00069/ SUNAT del 9 de mayo de 2002. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO AGUAYO RIVERA Intendente 03773 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 027-2004-PRES Mediante Oficio Nº 041-2004-GRL/SGRAJ el Gobierno Regional de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 027-2004-PRES, publi-cado en la edición del 17 de febrero de 2004. DICE:Artículo Quinto.- El Consejo Regional de la Micro y Pe- queñas Empresas de la Región Lima, estará integrado por: - El Gerente de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Lima, quien lo presidirá. - La Directora Regional Sectorial de Trabajo y Promo- ción del Empleo, quien actuará como Secretaria Técnica. - Un Representante de la Dirección Regional Sectorial de Producción de Lima. - Un representante de la Dirección Regional Sectorial de Comercio Exterior y Turismo de Lima. - Un representante de las organizaciones regionales privadas de promoción de las MYPE. - Un Representante de cada Municipalidad Provincial de la Región. - Un Representante de las Universidades de la Región. - Cuatro representantes de los gremios de la MYPE de la Región. DEBE DECIR:Artículo Quinto.- El Consejo Regional de la Micro y Pe- queñas Empresas de la Región Lima, estará integrado por: - El Gerente de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Lima, quien lo presidirá. - La Directora Regional Sectorial de Trabajo y Promo- ción del Empleo, quien actuará como Secretaria Técnica. - Un Representante de la Dirección Regional Sectorial de Producción de Lima. - Un representante de la Dirección Regional Sectorial de Comercio Exterior y Turismo de Lima. - Un representante de las organizaciones regionales privadas de promoción de las MYPE. - Un Representante de cada Municipalidad Provincial de la Región.