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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G31/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 25 de febrero de 2004 Administrativa número 066-2004-P-CSJL/PJ de fecha die- ciocho de febrero último, se ha programado para el mes demarzo una Visita Judicial Ordinaria al 10º Juzgado Laboral de Lima; Que, en efecto, mediante Resolución Administrativa número 066-2004-P-CSJL/PJ de dieciocho de febrero últi- mo, publicada en el Diario Oficial El Peruano el diecinueve de febrero, se ha aprobado el cronograma de visitas judi-ciales ordinarias para el presente año judicial, programán- dose para el mes de marzo la visita al 10º Juzgado Labo- ral; Que, la finalidad de las visitas judiciales ordinarias y extraordinarias es evaluar la conducta y desempeño fun- cional del Magistrado y auxiliares jurisdiccionales, así como,las condiciones en que se presta el servicio de justicia, a fin de que los justiciables accedan a una tutela jurisdiccio- nal efectiva; en consecuencia, resulta pertinente atenderel pedido de la magistrada recurrente, tanto más, si en el Módulo II - Piso 6 del Edificio Alzamora Valdez respecto del cual forma parte el 10º Juzgado Laboral, existenMagistrados que durante el segundo período vacacional no alternarán Despacho Judicial alguno diferente del que tienen a su cargo; debiendo tomarse, por tanto, las medi-das administrativas pertinentes; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a sucargo y por tal motivo dirige la política interna de su Distrito Judicial, debiendo cautelar de acuerdo a sus atribuciones por una pronta administración de justicia con el fin de brin-dar un eficiente servicio a los justiciables; Que, estando a lo expuesto y con las facultades otor- gadas en los incisos 3) y 4) del artículo 90º de la Ley Orgá-nica del Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la alternan- cia dispuesta mediante Resolución Administrativa número070-2004-P-CSJL/PJ de dieciocho de febrero último, res- pecto del 14º Juzgado Laboral de Lima por el período com- prendido del 2 al 16 de marzo del presente año; en conse-cuencia, se dispone lo siguiente: Dra. Cecilia Espinoza Montoya, Juez del 16º Juzgado Laboral de Lima, deberá asumir además el Despacho del 14º Juzgado Laboral de Lima, del 2 al 16 de marzo, por vacaciones de la Dra. Nancy Vásquez Hilares. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Con-sejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervi- sión de Personal, de la Fiscalía de la Nación, de la Oficinade Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los magistrados interesados. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 03865 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 JNE /G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20 /G61/G20/G6C/G61/G20/G6F/G72/G67/G61/G2D /G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G22/G50/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G22/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN Nº 002-2004-OROP/JNE Lima, 20 de febrero de 2004VISTO: El Expediente Nº J-965-2003-INSCRIPCIÓN, iniciado con la solicitud de inscripción en el Registro de Organiza-ciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones de la organización política “Partido Justicia Nacional”, presenta-da por el señor Jaime Salinas López-Torres, Presidente de la organización política nombrada; CONSIDERANDO: Que la organización política “Partido Justicia Nacional”, inició el procedimiento de solicitud de inscripción durante la vigencia de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, por lo cual dicha solicitud de inscripción se rige por lasdisposiciones establecidas en dicha norma; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso b) del artículo 88º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859,para la inscripción de una organización política se requiere entre otros requisitos, la presentación de una relación de adherentes no menor del 1% del total nacional de votantesdel proceso electoral próximo anterior, cifra equivalente, para este caso, a la de 128,293 firmas de ciudadanos, se- gún la Resolución N º 105-2003-2003- JNE, vigente a lafecha de la presentación de firmas recolectadas por la or- ganización política recurrente; Que de la comprobación de firmas de adherentes pre- sentadas, se tiene que el “Partido Justicia Nacional” ha obtenido ciento veinte y ocho mil trescientos cuarenta y seis (128,346) firmas de adherentes válidas, según el Actade Suspensión de la Verificación, levantada el día 23 de enero de 2004, en la sede de la Subgerencia de Activida- des Electorales del RENIEC, con motivo de la Comproba-ción Semiautomática del tercer lote adicional de firmas del Organización “Partido Justicia Nacional”, en la cual se con- cluyó que dicha organización política había alcanzado conel mínimo de firmas requerido para su inscripción; Que la organización política “Partido Justicia Nacional” ha cumplido con los demás requisitos para su inscripción,como la indicación de personeros designados, del domici- lio de la organización y del símbolo adoptados, estableci- dos en los artículos 88º y 164º de la Ley Orgánica de Elec-ciones Nº 26859; Que, las características del símbolo presentado se en- contrarían en conformidad con lo establecido en el artículo164º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; Que, cumplidos los requisitos de inscripción, la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacio-nal de Elecciones procede inmediatamente a efectuar la inscripción provisional, la que se convierte en definitiva después de resueltas las tachas que pudieran formularsedentro de los tres días naturales siguientes a la publica- ción de la presente resolución o transcurrido dicho plazo sin que se hayan formulado tachas, de conformidad con loestablecido en los artículos 96º y 101º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; Que compete al Jurado Nacional de Elecciones custo- diar el Registro de Organizaciones Políticas, registrando o cancelando su inscripción, de conformidad con lo previsto en el artículo 178º de la Constitución Política del Estado,concordante con el artículo 3º , inciso b), de la Ley Nº 26533; Por estas consideraciones, la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas, en función de sus atribucioneslegales; RESUELVE:Artículo Primero.- Inscribir provisionalmente en el Re- gistro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional deElecciones a la organización política “Partido Justicia Na- cional”, así como el símbolo que consiste en un rectángulo verde que contiene la siglas PJN en color blanco, debajocual se encuentra la palabra JUSTICIA en color azul y, fi- nalmente, debajo de la palabra NACIONAL en color verde, tal como aparece a continuación: Artículo Segundo.- Téngase presente el domicilio se- ñalado por la organización política recurrente en calle Mi-