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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (25/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 46

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G31/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 25 de febrero de 2004 De conformidad con las normas citadas y el artículo 15º del Reglamento de Normas; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:CONFIRMAR la Resolución Jefatural Nº 931-2001- COFOPRI-OJAAQ del 14 de diciembre de 2001, por losfundamentos expuestos en la presente resolución. Regístrese y comuníquese.VÍCTOR JOSÉ ANTONIO ZAR GINOCCHIO Presidente del Tribunal Administrativode la Propiedad de COFOPRI JOSÉ SECLÉN PERALTA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI RICARDO JAVIER HAAKER PIÉROLA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI LUZ MARINA SÁNCHEZ MERA Vocal Titular del Tribunal Administrativode la Propiedad de COFOPRI JAIME FERNANDO GALLEGOS VEGA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI 03737 ESSALUD /G43/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G2D /G63/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G33/G30/G37/G43/G30/G30/G31/G38/G31/G2C/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G2D/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G73/G74/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G73/G74/G65 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 068-GG-ESSALUD-2004 Lima, 18 de febrero del 2004 VISTAS:Las Cartas Nºs. 2152 y 2442-GG-HNERM-ESSALUD- 2003 mediante las cuales la Gerencia General del HospitalNacional Edgardo Rebagliati Martins solicita la cancela- ción de la Adjudicación Directa Pública Nº 0307C00181 "Adquisición de Sustancia de Contraste: IOBITRIDOL 350Yodo/ML x 100 ML y/o OHEXOL 350 MG Yodo/ML x 100 ML"; la Carta Nº 208-OCAJ-ESSALUD-2004 de la Oficina Central de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante aviso publicado en el Diario Oficial El Peruano el 9 de julio del 2003, se realizó la Convocatoria de la Adjudicación Directa Pública Nº 0307C00181, con el ob-jeto de adquirir sustancia de contraste: IOBITRIDOL 350 MG Yodo/ML x 100ML y/o OHEXOL 350 MG Iodo/ML x 100 ML para el Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins, porun valor referencial de S/.657,000.00 (Seiscientos cincuen- ta y siete mil con 00/100 Nuevos Soles), incluido el IGV; Que, el 13 de agosto del 2003, se llevó a cabo el acto de Otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación Di- recta Pública Nº 0307C00181, resultando beneficiada CAR- DIO PERFUSION E.I.R.L.; Que, el 20 de agosto del 2003, LABORATORIOS BAGÓ DEL PERÚ S.A. interpuso recurso de apelación contra el Otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación DirectaPública Nº 0307C00181, el cual fue declarado fundado mediante Resolución de Gerencia General Nº 508-GG- ESSALUD-2003 del 8 de setiembre del 2003, dejándosesin efecto el Otorgamiento de la Buena Pro a favor de CAR- DIO PERFUSION E.I.R.L. y retrotrayéndose el proceso de selección a la Etapa de Evaluación Técnica; Que, mediante Cartas Nºs. 273-TC Y RM-HNERM-ES- SALUD-2003 y Nº 481-DI-HNERM-ESSALUD-2003 del 15de setiembre del 2003, del Servicio de Tomografía Compu- tada y R.M. y del Departamento de Imagenología, respec-tivamente, se remitió la reprogramación de las necesida- des de sustancias de contraste en la cual eliminan el re- querimiento del medicamento IOBITRIDOL 350 MG Iodo/ML x 100ML o su equivalente terapéutico IOHEXOL 350 MG Iodo/ML x 100 ML, por problemas presupuestales; Que, mediante Carta Nº 2152-GG-HNERM-ESSALUD- 2003, la Gerencia General del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins señaló que ha desaparecido la necesi- dad de adquirir el medicamento de la Adjudicación DirectaPública Nº 0307C00181, solicitando que se dispongan las acciones pertinentes a efectos de que dicho proceso de selección sea cancelado; Que, mediante Carta Nº 2442-GG-HNERM-ESSALUD- 2003, el Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins re- mitió la Carta Nº 3014-GLS-HNERM-ESSALUD-2003, enla cual se señala que ha desaparecido la necesidad de adquirir el medicamento objeto de la convocatoria de la Adjudicación Directa Pública Nº 0307C00181 reempla-zándolo por las sustancias no iónicas de 300 mg/cc; Que, conforme al artículo 34º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; la cancelación de un proceso de selección deberá formali- zarse mediante resolución del mismo o superior nivel queaquél que dio inicio al expediente de contratación; Que, de acuerdo al artículo 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM corresponde a la Entidad comunicar su decisión dentro del día siguiente y por escrito al Comité Especial. Este, a suvez, deberá comunicar dicha decisión a todos los adqui- rientes de las Bases o a quienes hayan sido invitados, se- gún sea el caso, dentro del día siguiente de recibida lacomunicación cursada por la Entidad; así como, la Resolu- ción cancelatoria deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano y en el que se hubiera publicado la Convocatoria,dentro de los cinco días posteriores a la adopción de la decisión; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. CANCELAR la Adjudicación Directa Pública Nº 0307C00181 "Adquisición de Sustancia de Contraste: IO- BITRIDOL 350 Yodo/ML x 100 ML y/o OHEXOL 350 MGYodo/ML x 100 ML". 2. DISPONER la publicación de la presente Resolución dentro de los cinco (5) días siguientes de su expedición,de acuerdo a Ley. 3. DISPONER que el Hospital Nacional Edgardo Reba- gliati Martins comunique por escrito la decisión adoptada através de la presente Resolución, a los miembros del Co- mité Especial de la Adjudicación Directa Pública Nº 0307C00181, dentro del día siguiente de su expedición. 4. DISPONER que el Comité Especial comunique la presente Resolución a los adquirientes de las Bases de la Adjudicación Directa Pública Nº 0307C00181, dentro delplazo de Ley. Regístrese y comuníquese.CARLOS SOTELO BAMBAREN Gerente General (e) 03738 FERROCARRIL HUANCAYO-HUANCAVELICA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G72/G65/G70/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G75/G72/G62/G6F/G63/G6F/G6D/G70/G72/G65/G73/G6F/G72/G20/G41/G6C/G63/G6F /G4D/G6F/G64/G65/G6C/G6F/G20/G31/G33/G31/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G6F/G63/G6F/G6D/G6F/G74/G6F/G72/G61/G20/G4E/GBA/G20/G34/G33/G36 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 004-2004-CD/FHH Huancayo, 13 de febrero de 2004