Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2004 (04/07/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

Pag. 271778

NORMAS LEGALES
II) OBJETIVO

MORDAZA, MORDAZA 4 de MORDAZA de 2004

Aprueban la Directiva Nº 007-2004/ CONSUCODE/PRE, "Remision de Solicitudes de Designacion de Arbitro y su Contestacion, Actas de Conciliacion y Laudos Arbitrales al CONSUCODE"
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 269-2004-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 30 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, el ultimo parrafo del articulo 191º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, establece que la parte recurrente debe remitir MORDAZA de la solicitud de arbitraje sin anexos al CONSUCODE segun Directiva que este apruebe; Que, el articulo 192º del acotado Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que una MORDAZA de la solicitud de arbitraje, sin anexos debera ser remitida al CONSUCODE, segun la Directiva que este apruebe; Que, el articulo 200º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que las actas de conciliacion y los laudos arbitrales deben ser remitidos por las entidades al CONSUCODE; Que, para efectos de dar cumplimiento a la supervision de la normativa de contrataciones en sus aspectos relacionados a la materia arbitral; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 007-2004/CONSUCODE/PRE, "Remision de Solicitudes de Designacion de Arbitro y su Contestacion, Actas de Conciliacion y Laudos Arbitrales al CONSUCODE" que comprende 03 fojas y 01 formulario. Articulo 2º.- Disponer que la Secretaria General efectue las coordinaciones necesarias para la publicacion de la presente directiva en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer que la Gerencia de Sistemas publique la presente resolucion en la pagina web. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente DIRECTIVA Nº 007-2004-CONSUCODE/PRE REMISION DE SOLICITUDES DE DESIGNACION DE ARBITRO Y SU CONTESTACION, ACTAS DE CONCILIACION Y LAUDOS ARBITRALES AL CONSUCODE I) FINALIDAD 1. Precisar las formalidades y el plazo en el que las entidades del Sector Publico y los contratistas deben cumplir, con remitir MORDAZA de las solicitudes de designacion de arbitro, su contestacion, las actas de conciliacion y los laudos arbitrales. 2. Verificar el correcto cumplimiento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, con respecto a los procedimientos de conciliacion y arbitraje. 3. Realizar un seguimiento periodico de los procedimientos de conciliacion y arbitraje relacionados a controversias surgidas en las contrataciones publicas, que se realicen en los diferentes Centros de Conciliacion y Arbitraje. 4. Dar cumplimiento con lo dispuesto en los articulos 191º, 192º y 200º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM.

Fijar las pautas que las entidades publicas, las personas naturales y personas juridicas que contraten con aquellas, deben tener en cuenta para la remision de las solicitudes de designacion de arbitro, su contestacion, las actas de conciliacion y los laudos arbitrales. III) AMBITO DE APLICACION La presente Directiva obliga a todas las entidades del Sector Publico, las cuales se encuentran senaladas en el articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, bajo responsabilidad del Titular del Pliego o de la MORDAZA Autoridad Administrativa, segun corresponda. Asi mismo, la presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para las personas, ya MORDAZA naturales o juridicas, que hayan suscrito contratos con una entidad estatal, bajo el ambito de aplicacion de las disposiciones del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. IV) COMPUTO DE LOS PLAZOS Los plazos establecidos en la presente Directiva, se computan en dias habiles. V) BASE LEGAL 1. Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, de 12 de febrero del 2001, en adelante La Ley. 2. Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, de 12 de febrero del 2001, en adelante el Reglamento. 3. Texto Unico de Procedimientos Administrativos del CONSUCODE, aprobado por D.S. Nº 127-2002-PCM de 4 de diciembre de 2004, en adelante MORDAZA del CONSUCODE. VI) DISPOSICIONES GENERALES 1. El ultimo parrafo del articulo 191º del Reglamento, establece que la parte recurrente debe remitir MORDAZA de la solicitud de arbitraje, sin anexos, al CONSUCODE, segun la Directiva que este apruebe. 2. El articulo 192º ademas establece que, una MORDAZA de la contestacion a la solicitud de arbitraje, sin anexos, debera ser remitida al CONSUCODE, segun la Directiva que este apruebe. 3. En ese sentido, el articulo 200º del mismo Reglamento senala que las actas de conciliacion y los laudos arbitrales deben ser remitidos por las entidades al CONSUCODE, en un plazo no mayor a tres (3) dias, contados desde la fecha en que les fueron notificados tales documentos, siendo responsable de su incumplimiento el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa, segun corresponda. VII) DISPOSICIONES ESPECIFICAS Para el efectivo cumplimiento de lo establecido en las normas MORDAZA mencionadas, se establece lo siguiente:

DE LA SOLICITUD DE ARBITRAJE Y LA CONTESTACION A LA MISMA
La parte que de inicio al procedimiento arbitral, a traves de la solicitud de arbitraje, debe presentar al CONSUCODE MORDAZA simple de dicha solicitud, en un plazo no mayor de tres (3) dias siguientes de haberla presentado. La parte que conteste la solicitud, debera remitir al CONSUCODE MORDAZA simple de esta, en un plazo no mayor a los tres (3) dias siguientes, de presentada la misma. El incumplimiento de lo dispuesto, en los parrafos anteriores, MORDAZA lugar al pago de una tasa por regularizacion, segun lo establecido en el MORDAZA del CONSUCODE.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.