TEXTO PAGINA: 110
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G32/G30/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de julio de 2004 los deudores tributarios que soliciten acogerse al can- je de deuda de arbitrios por servicios de Serenazgo. Artículo Octavo.- La Jefatura de Promoción Social se encargará de convocar a las Organizaciones de la socie-dad civil para que conozcan el Sistema de Seguridad Ciu-dadana a fin de incentivar su participación como vecino del distrito. Artículo Noveno.- La Gerencia de Rentas y las Je- faturas de Administración Tributaria, Recaudación yControl y Fiscalización Tributaria, en coordinación conla Gerencia de Informática son responsables de formu-lar y actualizar las liquidaciones por deuda tributaria de arbitrios. DISPOSICIÓN FINAL La Gerencia de Seguridad Ciudadana propondrá el proyecto de Reglamento que previo análisis de las Ge- rencias y Jefaturas involucradas en el Sistema de Segu- ridad Ciudadana, se aprobará mediante Decreto de Al-caldía dentro del plazo de 15 días de publicada la pre-sente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 12743 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G37/G39/G2D/G4D/G44/G4C /G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G74/G61/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G76/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72 ORDENANZA Nº 120-MDL Lince, 3 de julio de 2004 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 030-2004-MDL-CAL-CEA de las Comisiones de Asuntos Legales y de Economía y Admi-nistración; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece en el artículo 194º que las Municipales Distritales son órganosde gobierno local, tienen autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia; asimis-mo en artículo 195º inciso 4º señala que son competen- tes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, la Ordenanza Nº 079 de fecha 24 de julio de 2003, entre otros modifica el artículo 12º de la Ordenanza Nº 005de fecha 21 de junio de 1999, estableciendo como inafec-tos a la Tasa de Estacionamiento Vehicular los vehículos estacionados frente a sus viviendas por sus propietarios y los vehículos de los vecinos del distrito identificados consu Documento Nacional de Identidad DNI, donde figurenque domicilian en Lince; Que, el Presupuesto de Ingresos aprobado para el año 2004, considera la partida 1.2.8 de Transportes y Comu- nicaciones - 1.2.8.008 Estacionamiento de Vehículos, un presupuesto anual de S/. 270,000.00, los mismos que sir-ven para sustentar gastos municipales que permitan man-tener la operatividad del servicio; Que, la Corporación ha evaluado la Ordenanza Nº 079-MDL del 24 de julio de 2003 que modificó el artícu- lo 12º de la Ordenanza Nº 005-MDL el año 1999, toda vez que dicho beneficio se constituye en un elemento atomarse en cuenta y que habrá repercutido en una dis-minución de la recaudación por dicho concepto, por loque es necesario se regule el porcentaje a cobrar a losvecinos linceños por concepto de parqueo, el que ascenderá al 50% de la tasa correspondiente; asimis- mo disponer que la Gerencia de Administración convo-que al proceso de selección pertinente para la presta-ción de dicho servicio;Estando a lo establecido en los numerales 1º y 5º del Artículo 10º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Or-gánica de Municipalidades, por MAYORÍA, con dispensadel trámite de lectura y aprobación del acta; se aprobó lasiguiente: ORDENANZA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 079-MDL Artículo Primero.- Modificar el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 079-MDL de fecha 24 de julio del 2003, que- dando redactado de la siguiente manera: “Artículo Segundo.- Modificar, el artículo 12º de la Ordenanza Nº 005 de fecha 21 de junio de 1999, ratifica-da por la Municipalidad Metropolitana de Lima, median-te Acuerdo de Concejo Nº 157 de fecha 23 de julio de 1999, quedando ésta redactada de acuerdo al siguien- te texto: Artículo 12º.- Encontrándose en cumplimiento de sus funciones están inafectos al pago de la Tasa de Estacio-namiento Vehicular: a) Ambulancias. b) Vehículos del cuerpo de Bomberos Voluntarios del Perú. c) Vehículos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacio- nal. d) Vehículos de Propiedad Municipalidad de Lince. e) Los Vehículos estacionados frente a sus viviendas o negocios por sus propietarios. Los vehículos de los vecinos del distrito identifica- dos con su Documento Nacional de Identidad (DNI) don- de figuren que domicilien en el distrito de Lince, abona- rán 50% de la tasa por concepto de parqueocorrespondiente”. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Ad- ministración convoque al proceso de selección pertinente para la prestación de dicho servicio. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General, Gerencia de Rentas, Gerencia de Desarrollo Urbano,Gerencia de Administración y Gerencia de SeguridadCiudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 12744 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2004-MDMM Magdalena del Mar, 25 de junio de 2004. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR CONSIDERANDO:Que, el 1 de julio se celebra en el distrito de Magda- lena del Mar, un hecho histórico, como es el 132º Aniver- sario de Creación Política del Distrito de Magdalena del Mar, así mismo, en este mes se celebra el 183ºAniversario de la Proclamación de la Independencia delPerú, cuya fecha central es el 28 de julio de cada año;