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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2004 (08/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 106

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G32/G30/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de julio de 2004 otros países de América Latina, Asia y Europa Oriental, ha destacado nítidamente por su desempeño en el diseño eimplementación de proyectos relacionados principalmentecon reforma sectorial, empresarial y regulatoria en el sec-tor saneamiento. Se ha desempeñado, entre otros, comoIngeniera Principal del Banco Mundial en el sector de aguapotable y alcantarillado para Rusia y Albania, como geren-te general de SENAPA -entidad que fue responsable delplaneamiento, diseño e implementación de las inversionesdel sector, además dictaba las políticas sectoriales y su-pervisaba la gestión de las empresas municipales-, comoasesora regional en la Organización Panamericana de laSalud en aspectos institucionales de empresas prestado-ras de agua potable y alcantarillado y otras actividades queacreditan su especialización en aspectos regulatorios enel campo del sector saneamiento y un profundo conoci-miento de la realidad de estos servicios en el país; Que, mediante Informe Nº 020-2004/SUNASS-110, la Gerencia de Regulación Tarifaria, área técnica, ha evalua-do la necesidad de dicha contratación y las cualidades pro-fesionales de la Ing. Augusta Dianderas Salhuana, conclu-yendo que es la profesional idónea dada su reconocida yamplia trayectoria en el sector saneamiento a nivel nacio-nal e internacional para cumplir con el objetivo de la ase-soría requerida, asimismo, la Gerencia de Asesoría Jurídi-ca, ha manifestado su opinión favorable a través del Infor-me Nº 043-2004/SUNASS-060; Que, mediante Memorándum Nº 400-2004-SUNASS- 080, la Gerencia de Administración y Finanzas manifiestaque la SUNASS cuenta con la disponibilidad presupuestalpara efectuar la contratación de la referida profesional; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de adjudicación directa selectiva para contratar a la Ing. Au-gusta Dianderas Salhuana mediante la modalidad de ser-vicios personalísimos. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración y Finanzas a realizar la contratación a que se refiere el artí-culo precedente, previo proceso de selección de menor cuan-tía, hasta por el monto total de honorarios de S/. 35 000,00(treinta y cinco mil nuevos soles), incluidos los impuestosde ley, por la fuente de financiamiento recursos directamen-te recaudados del presupuesto de la SUNASS para el año2004. El monto a pagar se realizará en partes y en las opor-tunidades previstas en el contrato. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas de la Superintendencia Nacional de Serviciosde Saneamiento que bajo responsabilidad remita copia dela presente resolución y del informe que la sustenta a laContraloría General de la República dentro de los diez díascalendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO SALINAS RIVAS Presidente del Consejo Directivo 12661 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G74/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G6E/G65/G63/G65/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G2D /G63/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/GE9/G73/G20/G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G43/G2E/G48/G2E/G20/G51/G75/G69/G74/G61/G72/G61/G63/G73/G61/G20/G49 ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2004-GRA/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASHHa aprobado la siguiente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 191º, modificada por Ley Nº 27680, señala que los Go-biernos Regionales tienen Autonomía Política, Econó- mica y Administrativa en los asuntos de su competencia. La Estructura Orgánica básica de estos gobiernos laconforman el Consejo Regional como órgano normati- vo y fiscalizador y el Presidente como órgano ejecuti- vo; Que, la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902 establece que es competencia regional promover proyectos en materia de energía entre otros; Que, existe un potencial hidroeléctrico en el río Quitaracsa que viene siendo desaprovechado desde hace más de 50 años, originando una pérdida de oportunidades de beneficiarse económicamente la Re-gión Ancash; Que, la tendencia de crecimiento sostenido de la demanda de energía eléctrica en la Región Ancash para fines domésticos industriales y comerciales se encuen-tra sustancialmente influenciado por la explotación de los proyectos mineros como de Antamina y Pierina y otros ubicados en la zona de influencia de la RegiónAncash; Que, el Ministerio de Energía y Minas ha suscrito en representación del Estado Peruano un Contrato de Conce- sión Definitiva de Generación para la ejecución de la C.H.Quitaracsa I, contrato que se encuentra inscrito en los Registros Públicos de Propiedad Inmueble de Lima que le da la característica de Contrato Ley; Que, el inicio de la ejecución de obras de la C.H. Quitaracsa I, previsto para marzo del año 2005 requie- re de facilidades Administrativas Públicas y Privadas para asegurar su implementación en beneficio de la Re-gión; Que, la Ley Marco de Promoción de la Inversión Descen- tralizada Nº 28059 establece que los Gobiernos Regionales desarrollan funciones para la Promoción de la InversiónPrivada y dentro de ellos los incisos 4, 5, 9, 11 del Art. 4º establecen las funciones de los Gobiernos Regionales para la Promoción de la Inversión Privada; Que, la C.H. Quitaracsa I permitirá mantener la autono- mía energética de la Región Ancash frente al crecimiento de la demanda de energía eléctrica permitiendo durante la ejecución de las obras generar empleo directo e indirectoa más de 4,000 personas y dinamizar la economía regio- nal; Que, habiéndose puesto a consideración del Conse- jo Regional y estando a lo acordado por unanimidad enla Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 3 de junio del 2004; Por las consideraciones expuestas se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Declarar de utilidad y necesidad pública y de interés regional la ejecución del Proyecto C.H.Quitaracsa I por las razones expuestas en la parte consi- derativa de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- La empresa S&Z Consultores Asociados S.A. asegure el manejo sostenible de la cuenca hidrográfica e hidrológica de Quitaracsa. Artículo Tercero.- La empresa S&Z Consultores Asociados S.A. cumpla con los compromisos asumidos conla comunidad campesina Kiman Ayllu. Artículo Cuarto.- La presente norma entrará en vigencia al siguiente día de su publicación conforme aLey. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Ancash para su promulgación.