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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2004 (08/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 107

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G32/G30/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de julio de 2004 Huaraz a los quince días del mes de junio del 2004. RICARDO NARVÁEZ SOTO Presidente del Consejo Regional de Ancash POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ancash a los quince días del mes junio del 2004. RICARDO NARVÁEZ SOTO PresidenteGobierno Regional de Ancash 12710 GOBIERNO REGIONAL DE ICA /G53/G75/G62/G73/G61/G6E/G61/G6E/G20/G6F/G6D/G69/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G2D /G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G33/G30/G32/G2D /G32/G30/G30/G34/G2D/G47/G4F/G52/G45/G2D/G49/G43/G41/G2F/G50/G52 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0424-2004-GORE-ICA/PR Ica, 30 de junio del 2004 VISTO: El Oficio Nº 150-2004-CG/GDES remitido por el Ge- rente Central de Desarrollo (e) de la Contraloría Generalde la República; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 0302-2004- GORE-ICA/PR del 7.MAY.2004, en su artículo primero seresuelve declarar en Situación de Urgencia la adquisición de combustible para el Proyecto Especial Tambo Ccaraco- cha por un monto total de S/. 93,195.20; autorizándose ensu artículo segundo a la Oficina de Administración del Pro-yecto Especial la adquisición del suministro de combusti-ble mediante el procedimiento de Adjudicación de MenorCuantía, mientras se procede a realizar el proceso de se- lección correspondiente; Que, la Contraloría General de la República con Oficio Nº 150-2004-CG/GDES hace de conocimiento al Gobier-no Regional de Ica, que se ha determinado que en la parteresolutiva de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0302-2004-GORE-ICA/PR se obvia señalar la fuente de finan- ciamiento a afectar y la cantidad y tipo de combustible re- querido; por lo que se hace necesario subsanar estas omi-siones; En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi-cada por la Ley Nº 27902; y la acreditación del Jurado Na- cional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRECISAR que la cantidad y tipo de combustible cuya adquisición se ha declarado en Situa-ción de Urgencia autorizándose su suministro medianteAdjudicación de Menor Cuantía con Resolución EjecutivaRegional Nº 0302-2004-GORE-ICA/PR, es el siguiente: 8,000 Galones de Petróleo Diesel 2 S/. 66,640.00 900 Galones de Gasolina de 84 octanos 8,622.00120 Galones de Gasolina de 90 octanos 1,315.20 1,400 Galones de Gasolina de 95 octanos 16,618.00 Total Valor Referencial S/. 93,195.20 Artículo Segundo.- PRECISAR que la fuente de financiamiento a afectar es la del Fondo de CompensaciónRegional del Programa Proyecto Especial Tambo Ccara-cocha (PETACC) del Pliego Gobierno Regional de Ica.Artículo Tercero.- Secretaría General, dispondrá den- tro de los plazos de ley, la publicación de la presente Resolu-ción y su comunicación a la Contraloría General de la Re-pública y a las instancias correspondientes. Regístrese y comuníquese. VICENTE TELLO CÉSPEDES Presidente Regional 12622 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20 /G62/G75/G65/G6E/G61/G20 /G70/G72/G6F/G20 /G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20 /G61 /G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G64/G6F/G73/G20/G69/G74/G65/G6D/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G2D/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G64/G2D/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6C/G61/G6E/G74/G61/G73 PRESIDENCIA REGIONAL PROYECTO ESPECIAL CHAVIMOCHIC RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 152 -2004-GR-LL-PRE/PECH-01 Trujillo, 28 de junio del 2004 VISTO: el Informe Legal Nº 068-2004-GR-LL-PRE/ PECH-4.2 de fecha 24.06.2004, de la Oficina de Asesoría Jurídica, relacionado con la NULIDAD DE OFICIO del otor-gamiento de Buena Pro recaído en los Ítem 09 y 10, de laAdjudicación Directa Selectiva Nº 0011-2004-GR-LL-PRE/PECH-01"Adquisición de Llantas"; CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, creado por Decreto Supremo Nº 072-85-PCM, encargado de la irriga-ción de los valles de Chao, Virú, Moche y Chicama, consti- tuye una Unidad Ejecutora transferida al Gobierno Regio- nal La Libertad, mediante Decreto Supremo Nº 017-2003-VIVIENDA; Que, conforme a lo previsto en el Cronograma del Pro- ceso señalado, con fecha 31 de mayo del 2004, el ComitéEspecial Permanente para la Adquisición de Bienes y Ser- vicios del PECH, llevó a cabo la apertura de sobres de la A.D.S. Nº 0011-2004-GR-LL-PRE/PECH-01 "Adquisiciónde Llantas", otorgándose la Buena Pro en los 11 Items queésta comprendía; Que, con motivo del Recurso de Impugnación inter- puesto por el Postor Servillantas y Repuestos Trujillo S.A. contra el otorgamiento de la Buena Pro en los Ítem 1 al 8 de la adjudicación Directa Selectiva que se indi-ca en el asunto del rubro, se efectuaron acciones deverificación posterior respecto de la Declaración Jura-da sobre fabricación de bienes nacionales, presentadapor el Postor Llantas y Tractores SAC, a quién se le otorgó una bonificación adicional del 20% sobre la su- matoria de calificación de los puntajes técnico y eco-nómico, generando que resultara ganador en los Ítem 9y 10 de la indicada ADS; Que, en uso de las atribuciones de fiscalización posterior de la Entidad, mediante Oficio Nº 1596-2004- GR-LL-PRE/PECH.01 del 14.06.2004, se solicito al postor Llantas y Tractores S.A.C., que acredite la fabri-cación nacional de los productos ofertados, otorgándo-le para tal efecto un plazo de dos días hábiles a partirde la recepción; Que, como resultado de la indicada verificación el postor en mención, a través de su carta de fecha 16.6.04, manifiesta que las llantas radiales presenta-das en los Ítem: 09 y 10 son de marca GOODYEARpero elaboradas fuera del territorio nacional dejandoconstancia que los neumáticos GOOD YEAR son fabri-cados desde 1898 por la Compañía THE GOOD YEAR