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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2004 (10/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 51

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G32/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de julio de 2004 estadístico, no puede definir la naturaleza o el alcance del factor mencionado; Que, en el Informe Técnico, página 21, sobre Tiempo Promedio de Ejecución de las Actividades, para ajustar lostiempos y rendimientos a las condiciones que se presen-tan durante la jornada de trabajo, referidos al estado de lasconexiones, desgaste físico, factores ambientales, etc., seadoptó un factor de rendimiento igual a 1/0.72. Este factorincrementa el tiempo promedio de corte y reconexión delos tipos de corte en caja en un 39%. Con relación a lomanifestado por la recurrente que el factor no cubre loscasos de cortes no efectuados por motivos imputables alcliente, debemos señalar que el estado de las conexiones,está relacionado con el estado de situación en que se en-cuentran los suministros, lo cual incluye los medidores in-ternos, medidores enrejados y oposiciones; Que, respecto a que no se ha considerado seguridad policial, debe señalarse que los sobrecostos provocadospor las oposiciones y agresiones (intervención policial, pre-sencia de fiscal, abogados, gastos notariales y otros), és-tos se encuentran comprendidos dentro del porcentaje degastos generales de la empresa distribuidora (20%), reco-nocido por el OSINERG sobre el costo directo de las acti-vidades de corte y reconexión (cortes, reconexiones, reti-ros y reinstalaciones); Que, en relación a los tiempos y rendimientos estable- cidos en el Informe Técnico, que EDECAÑETE manifiestaque no tienen sustento real, el OSINERG señala que lostiempos y rendimientos han sido obtenidos mediante untrabajo de campo de los hechos en campo, y también porel análisis de situaciones reales que fueron filmadas enLima, Huancayo y Valle del Mantaro. En base a la informa-ción obtenida se ha definido un estándar eficiente de acti-vidades para los diferentes tipos de cortes y reconexiones,que ha tomado en cuenta las prácticas para el desarrollode dichas actividades; Que, en consecuencia, este extremo del recurso debe declararse infundado. 2.2 Tipos y Procedimientos de Corte2.2.1 Sustento del PetitorioQue, en relación a establecer dos alternativas de corte en caja, EDECAÑETE señala que es ineficiente. La formamás eficiente de asegurar el corte es con el retiro de losfusibles o la apertura del interruptor, retirando, adicional-mente, todas las fases del cable de alimentación y efec-tuando el precintado de la bornera del medidor de ser ne-cesario. Debe tenerse en cuenta que mantener dos alter-nativas para esta modalidad de corte genera mecanismosadicionales de control que no se justifican frente a la míni-ma diferencia de costos entre una y otra, por lo que en elpeor de los supuestos debe elegirse el corte de tapa conranura que aplica para las dos alternativas; Que, referente a la reinstalación de los bienes retirados cuando se resuelve el contrato de suministro por falta depago, EDECAÑETE señala que no es materia de regula-ción. Se ha entrado en conflicto con la homologación demateriales para conexiones, la comprobación o verificacióndel buen estado de los bienes retirados distintos al medi-dor, así como los plazos establecidos en la Norma Técnicade Calidad de los Servicios Eléctricos, para la emisión depresupuestos y dotación de nuevos suministros, ademásque debe tenerse en consideración que todas las conexio-nes instaladas con anterioridad al 5 de diciembre de 1992,son de propiedad de las empresas distribuidoras, por loque mal podría exigírseles conservarlas para una probablereinstalación; Que, EDECAÑETE señala que el OSINERG no consi- dera los costos por verificación de cortes para detectaraquellos clientes que se han autoreconectado. Agrega, queel factor de pérdida de rendimiento no incluye visitas deverificación ni cortes no efectuados atribuibles al cliente yque tampoco se puede indicar que este costo es parte delos gastos generales, ya que en la presente fijación éstosse restringen a labores administrativas y de control de tra-bajo de campo, más no al control para evitar reconexionespor parte de los mismos clientes mediante un seguimientoentre lecturas, por lo que se debe incluir los costos de ve-rificación;Que, EDECAÑETE expresa que no es posible seguir la secuencia de cortes de acuerdo a su severidad, en casosde clientes que repelen el corte violentamente o mediantemedios mecánicos. Agrega que, el OSINERG pretende queen estos casos la empresa distribuidora no cobre los cos-tos que el usuario ha generado por su propia inconducta,la que muchas veces linda con delitos sancionados penal-mente; Que, por lo mencionado, EDECAÑETE solicita que debe fijarse una sola alternativa de corte en caja, que simplifica-ría el proceso de trabajo en el terreno, el control de la infor-mación y se generarían economías de escala, uniformidadde criterio, de conformación de cuadrillas y de uso de ma-teriales. Asimismo, menciona que la reinstalación no esmateria de regulación y que el OSINERG tiene que fijar loscostos por verificación de cortes para detectar a aquellosclientes que se han autoreconectado. 2.2.2 Análisis del OSINERGQue, el OSINERG considera, que EDECAÑETE sus- tenta su petición de que se modifique los criterios y proce-dimientos para la realización de los cortes en caja, en elsupuesto de que no son efectivos y los clientes se autore-conectan, por lo que, solicita un corte más severo con ais-lamiento de fases a todos los usuarios. Sin embargo, en lamayoría de casos, los usuarios no se autoreconectan, porlo que es suficiente técnicamente, en un primer nivel, elretiro de los fusibles o el accionamiento del interruptor ter-momagnético, evitando así trasladar injustificadamentesobrecostos a los usuarios. Adicionalmente, debe señalar-se que los diferentes tipos de cortes y reconexiones fueronaprobados, anteriormente, por la Resolución OSINERG Nº242-2003-OS/CD, la cual no es materia de la presente re-consideración; Que, referente a la reinstalación sobre la que EDE- CAÑETE señala que no es materia de regulación, debeseñalarse que el Artículo 180º del Reglamento de la LCE,es claro en señalar que el OSINERG “… aprobará losimportes máximos de corte y reconexión …”. Asimismo,por un principio de eficiencia económica que se recono-ce en el artículo 8º de la LCE, se deduce que el artículo163º del Reglamento de LCE, no implica que se puedatratar por igual un suministro para un predio que por pri-mera vez contará con el servicio de energía eléctricaque un suministro para un predio que ya ha tenido dichoservicio, cuando este último cuenta con algunos elemen-tos de instalación que se encuentran en buen estado parasu uso y están dentro de su vida útil. Descartar estoselementos útiles implicaría una pérdida social injustifi-cada. Tal es así que, para estos casos de reinstalacio-nes de suministro, algunas empresas deducen dichoscostos (elementos útiles) al valor fijado por la regulaciónvigente. Además, la resolución mencionada en el consi-derando anterior, en las tablas que aparecen bajo el nu-meral 3, sobre Costos de Corte y Reconexión, se indi-can los diferentes tipos de corte y reconexión, dentro delos cuales se encuentra el tipo 4, relacionado con la reins-talación de conexiones. Por tanto, resulta indubitable quelas reinstalaciones si son materia regulable; Que, respecto a que las conexiones instaladas antes del 5 de diciembre de 1992, son de propiedad de la empre-sa distribuidora, no pudiendo por tanto exigirse su conser-vación para su reinstalación, debe mencionarse que la re-currente no ha presentado elementos probatorios que de-muestren la propiedad de las cajas portamedidores, ele-mentos de protección, cable de acometida y equipo demedición. El artículo 163º del Reglamento de la LCE, ex-pedida con fecha anterior a la privatización de EDECAÑE-TE, establece que la inversión efectuada por el usuario parala obtención de un suministro de energía eléctrica debeser registrada a su favor, de donde se desprende que es elusuario el propietario de las mencionadas conexiones; Que, en lo que corresponde al costo en que se incurre para la verificación de cortes para detectar aquellos usua-rios que proceden a reconectarse, el OSINERG precisaque, la detección de dichos usuarios se inicia con el análi-sis de la base de datos de los suministros impagos y, lue-go, se verifica en el campo, por lo que dicho costo estácontemplado en el cobro del siguiente nivel de corte, dadoque los montos a cobrarse son acumulables;