Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2004 (22/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2004

Articulo IV.- Declaracion de interes social y necesidad publica Declarase de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes. Articulo V.- Proteccion Los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion, independientemente de su condicion privada o publica, estan protegidos por el Estado y sujetos al regimen especifico regulado en la presente Ley. El Estado, los titulares de derechos sobre bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion y la ciudadania en general tienen la responsabilidad comun de cumplir y vigilar el debido cumplimiento del regimen legal establecido en la presente Ley. El Estado promovera la participacion activa del sector privado en la conservacion, restauracion, exhibicion y difusion de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos de exportacion ilegal o cuando se MORDAZA vencido el plazo de permanencia fuera del MORDAZA otorgado por el Estado. Articulo VI.- Imprescriptibilidad de derechos Los derechos de la Nacion sobre los bienes declarados Patrimonio Cultural de la Nacion, son imprescriptibles. Articulo VII.- Organismos competentes del Estado El Instituto Nacional de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nacion, estan encargados de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion dentro de los ambitos de su competencia. TITULO I BIENES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Clasificacion Los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion se clasifican en: 1. BIENES MATERIALES 2.

- El producto de las excavaciones y descubrimientos arqueologicos, sea cual fuere su origen y procedencia. - Los elementos procedentes de la desmembracion de monumentos artisticos o historicos y de lugares de interes arqueologico. - Las inscripciones, medallas conmemorativas, monedas, billetes, sellos, grabados, artefactos, herramientas, MORDAZA e instrumentos musicales antiguos de valor historico o artistico. - El material etnologico. - Los bienes de interes artistico como MORDAZA, lienzos, pinturas, esculturas y dibujos, composiciones musicales y poeticas hechos sobre cualquier soporte y en cualquier material. - Manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interes especial por su valor historico, artistico, cientifico o literario. - Sellos de correo de interes filatelico, sellos fiscales y analogos, sueltos o en colecciones. - Documentos manuscritos, fonograficos, cinematograficos, videograficos, digitales, planotecas, hemerotecas y otros que sirvan de fuente de informacion para la investigacion en los aspectos cientifico, historico, social, politico, artistico, etnologico y economico. - Objetos y ornamentos de uso liturgico, tales como calices, patenas, custodias, copones, candelabros, estandartes, incensarios, vestuarios y otros, de interes historico y/o artistico. - Los objetos anteriormente descritos que se encuentren sumergidos en espacios acuaticos del territorio nacional. - Otros objetos que MORDAZA declarados como tales o sobre los que exista la presuncion legal de serlos. BIENES INMATERIALES Integran el Patrimonio Inmaterial de la Nacion las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social, ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autoctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural.

1.1 INMUEBLES Comprende de manera no limitativa, los edificios, obras de infraestructura, ambientes y conjuntos monumentales, centros historicos y demas construcciones, o evidencias materiales resultantes de la MORDAZA y actividad humana urbanos y/o rurales, aunque esten constituidos por bienes de diversa antiguedad o destino y tengan valor arqueologico, arquitectonico, historico, religioso, etnologico, artistico, antropologico, paleontologico, tradicional, cientifico o tecnologico, su entorno paisajistico y los sumergidos en espacios acuaticos del territorio nacional. La proteccion de los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion, comprende el suelo y subsuelo en el que se encuentran o asientan, los aires y el MORDAZA circundante, en la extension tecnicamente necesaria para cada caso. 1.2 MUEBLES Comprende de manera enunciativa no limitativa, a: - Colecciones y ejemplares singulares de zoologia, botanica, mineralogia y los especimenes de interes paleontologico. - Los bienes relacionados con la historia, en el ambito cientifico, tecnico, militar, social y biografico, asi como con la MORDAZA de los dirigentes, pensadores, sabios y artistas y con los acontecimientos de importancia nacional.

Articulo 2º.- Propiedad de los bienes inmateriales Los bienes culturales inmateriales integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion, por su naturaleza, pertenecen a la Nacion; ninguna persona natural o juridica puede arrogarse la propiedad de algun bien cultural inmaterial, siendo nula toda declaracion en tal sentido, MORDAZA sido o no declarado como tal por la autoridad competente. Las comunidades que mantienen y conservan bienes culturales inmateriales pertenecientes al Patrimonio Cultural Inmaterial, son los poseedores directos de dicho Patrimonio. El Estado y la sociedad tienen el deber de proteger dicho Patrimonio. CAPITULO II REGIMEN DE LOS BIENES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION Articulo 3º.- Sujecion de bienes Los bienes del Patrimonio Cultural de la Nacion, MORDAZA de propiedad publica o privada, estan sujetos a las medidas y limitaciones que establezcan las leyes especiales para su efectiva y adecuada conservacion y proteccion. El ejercicio del derecho de propiedad de estos bienes esta sujeto a las limitaciones establecidas en las medidas administrativas que dispongan los organismos competentes,

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