Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2004 (22/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
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En MORDAZA, a los nueve dias del mes de MORDAZA de dos mil cuatro. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 13688 d) c)

LEY Nº 28298
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente: e)

sostenidamente en los mercados locales y de exportacion. Apoyar las actividades primarias del sector rural para que se integren en la cadena productiva, incorporando tecnologia y gestion empresarial, asi como la participacion patrimonial de empresas primarias con industrias o comercios o servicios empresariales, para dar mayor valor agregado a la produccion eficiente que haga competitiva la operacion empresarial y lograr el equilibrio de beneficios entre los participantes en funcion de sus respectivas exposiciones al riesgo. Propiciar y promover para las empresas del Sector Rural una Gestion Gerencial y Asistencia Tecnica Integral que sea consistente, coherente y segura; desde la MORDAZA y formulacion de los Proyectos y/o Programas Productivos, la Gestion Administrativa, Logistica, Tecnico-Operativa y Comercial; asi como, la Administracion de los Riesgos involucrados en las iniciativas productivas generadoras de empleo, desde la identificacion, analisis, evaluacion, financiamiento, transferencia y acompanamiento, hasta el control de todos los riesgos involucrados. Facilitar el acceso al financiamiento de los Proyectos y Programas Productivos propuestos por las EPC, con nuevos instrumentos de credito que permitan reducir las tasas de interes y el riesgo crediticio. Mejorar la calidad de MORDAZA rural y el respeto por la diversidad cultural y los espacios comunales y nativos, para promover una mejor distribucion espacial de la poblacion y los beneficios economicos.

Articulo 3º.- Definicion de Sector Rural y ambito de aplicacion de la Ley 3.1 El Sector Rural, para efectos de la presente Ley, se define y esta conformado, de manera sistemica e interrelacionada, por los siguientes MORDAZA de actividad realizados fuera del ambito de las ciudades con mas de 2000 habitantes a nivel nacional: a) Sector Agropecuario, tipificado de acuerdo a la Division 01 de la Clasificacion Internacional Industrial Uniforme, revision tercera, de la Organizacion de Naciones Unidas. En el caso del cultivo de arroz el ambito de aplicacion se limita a la Selva. Sector Forestal, tipificado de acuerdo a la Division 02 de la Clasificacion Internacional Industrial Uniforme, revision tercera, de la Organizacion de Naciones Unidas. Sector Pesca Artesanal y Acuicultura, tipificado de acuerdo a la Division 05 de la Clasificacion Internacional Industrial Uniforme, revision tercera, de la Organizacion de Naciones Unidas. Sector Turismo Rural y Ecologico, tipificado de acuerdo a la Division 55 de la Clasificacion Internacional Industrial Uniforme, revision tercera, de la Organizacion de Naciones Unidas. Se incluye el desarrollo de los distintos tipos de turismo de operacion: arqueologico, cultural, investigacion, aventura, ecologico y de salud. Sector Industrial, tipificado de acuerdo a las actividades comprendidas desde la Division 15 hasta la Division 37 de la Clasificacion Internacional Industrial Uniforme, revision tercera, de la Organizacion de Naciones Unidas. Este sector comprende a la artesania. Sector Comercial, tipificado de acuerdo a las Divisiones 50, 51 y 52 de la Clasificacion Internacional Industrial Uniforme, revi-

LEY MORDAZA PARA EL DESARROLLO ECONOMICO DEL SECTOR RURAL
TITULO I TITULO PRELIMINAR Articulo 1º.- Objeto de la Ley La presente Ley que tiene caracter sistemico, establece el MORDAZA normativo de apoyo y promocion al Sector Rural para generar empleo productivo y sostenible, elevar los niveles de competitividad y rentabilidad, mejorar la calidad de MORDAZA en las familias del MORDAZA, aumentar el acceso de las empresas rurales a los mercados e insertarlos en la economia global, se inscribe en un MORDAZA estrategico concertado que armoniza las dimensiones sectoriales y regionales, influye en la distribucion espacial de la poblacion y busca superar los problemas de pobreza en el sector rural. Articulo 2º.- Objetivos Especificos Son objetivos especificos de la presente Ley: a) Promover la agrupacion de unidades productivas del sector rural para que constituyan Empresas Productivas Capitalizadas (EPC) y en base a su respaldo patrimonial accedan a esquemas modernos de financiamiento, y a traves de alianzas estrategicas y desarrollo de MORDAZA productivas estructuren Proyectos y/o Programas Productivos; con el soporte adecuado de Gerencia y Asistencia Tecnica o la integracion a la industria y el comercio; puedan por economia de escala reducir sus costos y elevar su productividad, logrando niveles de competitividad que garanticen la colocacion de sus productos

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