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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2004 (22/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G39/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de julio de 2004 sión tercera, de la Organización de Nacio- nes Unidas. 3.2 Se encuentran comprendidas en los alcances y beneficios promocionales de la presente Ley, lassiguientes actividades, siempre y cuando se en- cuentren articuladas al sector rural a través de las EPC y se encuentren ubicadas fuera de laprovincia de Lima y la Provincia Constitucionaldel Callao: a) Sector Industrial (Proveedor y Comprador) que se integra con las EPC que reciben in- sumos y/o entregan sus materias primas ala Industria, en la cual la EPC posee comomínimo el 20% de participación en el capi-tal social; y/o la empresa industrial poseecomo máximo el 20% de participación del capital social de la EPC. b) Sector Comercial (Proveedor y Comprador) que se integra con las EPC que reciben in-sumos y/o entregan sus productos al co-mercio mayorista, en la cual la EPC poseecomo mínimo el 20% de participación en el capital social, pudiendo a la vez la Empre- sa Comercial (mayorista o minorista, trans-portistas, centros de procesamiento y em-paque y almacenes) poseer como máximoel 20% de participación del capital social dela EPC. Por excepción, los mercados de abastos pueden constituirse en EPC, con los beneficios de la presente Ley a nivelnacional, incluso en ciudades con más de2000 habitantes. c) Sector Servicios Empresariales en los si- guientes campos: Elaboración de Proyec- tos, Gerencia y Asistencia Técnica, y Ad- ministración de Riesgos; que estén articu-lados al sector rural directa o indirectamen-te, pueden estar establecidos a nivel nacio-nal, incluso en ciudades con más de 2000habitantes. Artículo 4º.- Definiciones Para efectos de la presente Ley, las expresiones que siguen y sus formas derivadas tienen el significado siguien-te: a) Empresa Productiva Capitalizada (EPC): per- sona jurídica constituida como sociedad anóni-ma abierta o cerrada, mediante la asociación deadjudicatarios, concesionarios forestales, asocia-ciones, comunidades nativas y comunales, mi-cro, pequeñas o medianas unidades productivas rurales (agrícolas, ganaderas, acuícolas, fores- tales, pesqueras artesanales, turísticas, agroin-dustriales, industriales y comerciales), cuyo ca-pital social está conformado por el valor de susbienes (terrenos de cultivo, maquinarias, equi-pos, etc.) de propiedad de los socios. Pueden también formar parte del accionariado de estas empresas, aquellas empresas y profesionalesque estén dispuestos a brindar servicios de ge-rencia o asistencia técnica o administración deriesgos conducentes a la buena marcha de lamisma. b) Administración de Riesgos: empresas que se encargan de identificar, evaluar y analizar las ex-posiciones al riesgo que enfrenta una personanatural o jurídica o actividad y de formular el sis-tema de tratamiento más adecuado conducentea su eliminación, reducción, prevención, control y/o financiamiento. c) Fideicomiso: definido de acuerdo al artículo 241º de la Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superin-tendencia de Banca y Seguros. d) Patrimonio Autónomo o Patrimonio Fideico- metido: es el patrimonio conformado por los bie- nes del fideicomitente transferidos en fideicomi-so. El patrimonio fideicometido es distinto al pa- trimonio del fiduciario, del fideicomitente, o delfideicomisario. El patrimonio autónomo se rigede acuerdo a la legislación vigente sobre la ma-teria. e) Fiduciaria: entidad que recibe el patrimonio fi- deicometido y encargada de velar por el cumpli- miento de los acuerdos tomados en el acto cons-titutivo del fideicomiso. f) Fideicomiso en Garantía: modalidad de fidei- comiso en la que el fideicomitente, como garan-tía de un crédito, constituye un Fideicomiso a favor del fideicomisario, de manera que, en el caso de que el fideicomitente no cumpla con lasobligaciones garantizadas, el fiduciario, procedaa ejecutar el Patrimonio Fideicometido y a desti-nar el producto de su ejecución al pago de lasobligaciones garantizadas al fideicomisario, en los términos pactados en el Contrato de Fideico- miso. g) Respaldo Colateral: operación financiera o ga- rantía real o personal que consiste en respaldarcréditos mediante activos de valor equivalentesal monto del mismo. h) Unidades Productivas: personas naturales o ju- rídicas que se dedican a una actividad económi-ca, sea productiva o comercial. i) Agroindustria: se entiende como agroindus- tria para los beneficios de la presente Ley, lasactividades que se realizan en el Sector Rural y que cuenten con una unidad productiva agro- pecuaria integrada societariamente a la indus-tria. j) Pesca Artesanal: se entiende como pesca ar- tesanal la extracción de especies acuáticas úni-camente para consumo humano directo que se realiza en el litoral con embarcaciones de capa- cidad máxima de bodega hasta de 25 TM. k) Cadena Productiva: se entiende como cadena productiva para los beneficios de la presente Ley,las actividades industriales proveedoras y com-pradoras o comerciales o de servicios empresa- riales que cumplan con la descripción señalada en el artículo 3º de la presente Ley. l) Proyectos Integrales de Desarrollo Rural: aquel Proyecto presentado de conformidad en lapresente Ley que está orientado a la generaciónde cadenas productivas en el sector rural, me- diante la integración de diversas actividades del sector rural: extractivas, productivas, de trans-formación y comercialización; garantizando elaprovechamiento óptimo de los recursos natu-rales. Artículo 5º.- Instrumentos y mecanismos para el cre- cimiento y desarrollo del Sector Rural El Sector Rural utilizará como instrumentos y meca- nismos para el crecimiento y desarrollo de su competiti-vidad, adicionalmente a los establecidos en la Ley deÁreas Protegidas – Ley Nº 26834, Ley de Promoción Agraria – Ley Nº 27460, Ley de Promoción y Formaliza- ción de la Micro y Pequeña Empresa – Ley Nº 28015,Ley General del Sistema Financiero y del Sistema deSeguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca ySeguros – Ley Nº 26702 y demás normas relacionadas,los siguientes: a) El Sistema de Apoyo al Sector Rural; b) El Programa de Desarrollo de Competitividad Rural; c) El Programa de Apoyo Financiero y de Respal- do Colateral al Sector Rural. TÍTULO II SISTEMA DE APOYO AL SECTOR RURAL Artículo 6º.- Declaración de interés y necesidad pú- blica Declárase de interés y necesidad pública: