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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G39/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de julio de 2004 con un Programa o Proyecto Productivo For- mal que justifique la iniciativa de sociedad, lamisma que debe ser registrada en el SAS RU-RAL para que quede expedita para aplicar alfinanciamiento requerido. En el caso de la EPCForestal, deberá presentar un Programa o Pro- yecto de Forestación, Extracción y/o Refores- tación. Los mencionados programas o proyec-tos necesariamente deben resaltar su viabili-dad de acceso a los mercados y la sostenibili-dad de las empresas. 10.7Además de lo señalado en el Reglamento, las EPC, presentarán a la SAS RURAL, copia sim- ple del Testimonio de Constitución de sus em-presas y, según sea el caso: a) El expediente de la titulación al Proyecto Es- pecial de Titulación de Tierras (PETT) del Ministerio de Agricultura (MINAG), cuando se trate de una empresa rural agropecuariao forestal. El MINAG actuará en un plazofijado en el reglamento de la presente Ley.El Título que recibirán las EPC deberá inte-grar las propiedades que aportan los socios y les servirá de base para las gestiones de colateralización de créditos, según el Títu-lo IV de la presente Ley. b) El expediente de la tasación y registro de otras formas patrimoniales ante las depen-dencias públicas rectoras del sector y Re- gistros Públicos, los mismos que actuarán en el plazo fijado por el reglamento de lapresente Ley. 10.8Las EPC podrán aceptar como socios minorita- rios a Empresas Prestadoras de Servicios Em- presariales. Igualmente, pueden integrarse de la misma manera a una Industria o Comercio pro-veedor o comprador, que le suministre y/o ad-quiera la producción y que puede asumir la pres-tación de los servicios de gerencia y asistenciatécnica de modo de optimizar la competitividad de la unidad productiva conformada. Ello puede perfeccionarse intercambiando acciones, demanera que la EPC participe también en el ac-cionariado de la cadena productiva. El porcenta-je de acciones a ser entregado o intercambiado,será pactado libremente por acuerdo de partes y con los límites señalados en el artículo 3º de la presente Ley y de conformidad con la Ley Gene-ral de Sociedades. 10.9Las acciones representativas del capital social de las EPC, no pueden ser vendidas ni transferi-das a terceras personas naturales o jurídicas, durante los primeros 5 años de constituidas. Esta limitación no es aplicable en caso de muerte deltitular de las acciones, para la transferencia delas mismas a sus herederos; o por anticipo deherencia. 10.10 Las EPC y/o las Cadenas Productivas para los casos del Agro, Forestales y Crianzas, debe- rán inscribir su Programa de Producción conindicación de la productividad esperada cadaaño en la SAS RURAL que lo registrará a suvez en el Ministerio de Agricultura. Las EPCque no inscriban sus Programas de Produc- ción a través del SAS RURAL, no podrán aco- gerse a los beneficios promocionales de la pre-sente Ley y pagarán la tasa máxima de impues-to a la renta o la tasa vigente, la que resultemayor. 10.11Las EPC pueden optar libremente por una ges- tión empresarial realizada por: a) Los propios accionistas de la EPC. b) Las empresas de la cadena productiva que estén integradas a la EPC. c) Las empresas especializadas en gerencia y asistencia técnica. d) Fiducia de gestión.Artículo 11º.- Restricciones para constituir EPC No pueden constituir EPC para beneficiarse de los me- canismos promotores de la presente Ley: - Los propietarios de predios adquiridos a través de remates de las Entidades Financieras, como consecuencia de la ejecución de garantías hipo- tecarias que individualmente o en conjunto ha-gan mayoría en la nueva empresa a conformar-se. - Las personas jurídicas que se fraccionen para acceder a los beneficios de la presente Ley. Artículo 12º.- EPC Comunales 12.1Las Comunidades Campesinas o Comunidades Nativas propietarias de terrenos, pueden confor-mar EPC Comunales en cualquiera de las activi- dades descritas en artículo 3º o al cuidado del medio ambiente. Estas empresas pueden acep-tar como socios a Empresas de Servicios Em-presariales de Gerencia y Asistencia Técnica conuna participación minoritaria máxima de 5% delcapital social. 12.2Las EPC Comunales tendrán preferencia para celebrar contratos de colaboración mutua con ti-tulares de explotación minera que operen en laszonas de influencia de las Comunidades, conrecursos aportados por dichos titulares paramanejar problemas ambientales y sociales en forma coordinada. 12.3 Las EPC Comunales tendrán preferencia para la participación asociativa en procesos de pri-vatización para la operación de complejos ar-queológicos. En caso de que una EPC Comu-nal se asocie con una empresa especializada para la operación de un centro arqueológico otorgado en concesión podrá recibir a cambiouna retribución derivada de la explotación dela concesión, Artículo 13º.- De la simplificación administrativa 13.1 Para ef ectos del cumplimiento de la presente Ley el SAS RURAL, podrá requerir informacióny asistencia técnica de las siguientes depen-dencias del Ministerio de Agricultura: Proyec-to Especial de Titulación de Tierras y CatastroRural (PETT), Instituto Nacional de Investiga- ción Agraria (INIA), Proyecto de Investigación y Extensión Agrícola (PIEA), Servicio Nacio-nal de Sanidad Agraria (SENASA), ProyectoNacional de Manejo de Cuencas Hidrográficasy Conservación de Suelos (PRONAMACHCS),Proyecto de Manejo de los Recursos Natura- les en la Sierra Sur (MARENASS), Instituto Na- cional de Recursos Naturales (INRENA), Pro-yecto Especial de Promoción del Aprovecha-miento de Abonos Provenientes de Aves Mari-nas (PROABONOS) y otros en los diversossectores del Poder Ejecutivo que señale el re- glamento. 13.2 Los trámites y/o apoyo que requieran las EPC de cualquiera de las dependencias mencio-nadas en el numeral anterior, se canalizaránde acuerdo a las normas de procedimientoque establezca el SAS RURAL, que transferi- rá las solicitudes a las dependencias respec- tivas, con plazos de respuesta preestableci-dos en el Reglamento de la presente Ley, sien-do de aplicación el silencio administrativo po-sitivo o negativo según corresponda, en cuyocaso el Reglamento establecerá las acciones consecuentes. Artículo 14º.- Gestión Ambiental y Orgánica de las EPC 14.1Las EPC, darán especial atención al manejo ambiental del entorno en que desarrollan sus actividades con el máximo cuidado y colabo-