Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2004 (24/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
CUADRO N° 02

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PAUTAS TECNICAS PARA LA RACIONALIZACION EDUCATIVA Para el desarrollo de los trabajos de racionalizacion del gasto en el presente ano lectivo, se recomienda utilizar la informacion estadisticas correspondiente al ano anterior del MORDAZA de racionalizacion, segun el siguiente detalle: EDUCACION INICIAL - PRIMARIA: . Matricula . Cantidad de Secciones . Cantidad de Aulas en Uso . Numero de docentes (con y sin carga academica) . Numero de Auxiliares de Educacion . Numero de Personal Administrativo . Cuantificacion de excedentes . Cuantificacion de deficit EDUCACION SECUNDARIA: 1. Informacion estadistica: . Matricula . Cantidad de secciones . Numero de docentes . Docentes excedentes . Docentes necesarios . Informacion del CAP actualizado de la institucion educativa publica, o el "Inventario de Plazas" . Registro del personal docente y administrativo nombrado y contratado. 2. La Planilla de Remuneraciones del personal docente y administrativo de la institucion educativa publica o el aplicativo "Nexus" de la Unidad de Personal del Ministerio de Educacion para obtener la informacion de: . Plazas Directivas . Plazas Jerarquicas . Profesores de Aula . Auxiliares de Educacion . Plazas administrativas profesionales . Plazas del Grupo Ocupacional Tecnico . Plazas de Salud . Plazas del Grupo Ocupacional Auxiliar 3. El Cuadro de Distribucion de Horas El cuadro de distribucion de horas determina el grado, el numero de secciones, el numero de horas del plan de estudios y el total de horas por grado. 13663 12.FEB.2004, sustentando que la empresa no debe ser sancionada por una supuesta infraccion al Reglamento de Servicios de Seguridad Privada y que el vigilante inspeccionado no cumple funciones que puedan calificarse como servicio de proteccion interna, ya que brinda a sus clientes facilidades para hacer agradable su estancia en el local; Que, con relacion a los argumentos que dan lugar a la impugnacion formulada por la empresa, se desprende que la recurrente desarrolla actividades de servicios de seguridad privada en la modalidad de proteccion interna sin la respectiva autorizacion de funcionamiento, asi como permitir que su personal desarrolle actividades de seguridad privada, sin contar con el carne de identidad expedido por la DICSCAMEC que lo habilite para el ejercicio de dicha funcion, lo que constituye infraccion grave conforme lo dispone el Art. 90º Inc. a) del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada; en consecuencia, la multa impuesta se encuentra arreglada a ley; y, Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; en su Informe Nº 22132004-IN/0203 del 14.ABR.2004; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar DESESTIMADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa SMART COM S.A.C., contra la Resolucion Directoral Nº 0366-2004-IN1704/1 del 12.FEB.2004, dandose por agotada la via administrativa por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior 13646

INTERIOR
Declaran desestimadas apelaciones contra resoluciones referentes a sanciones de multa impuestas a personas juridicas por infringir el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1355-2004-IN-1701 MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2004 Visto, el Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa SMART COM S.A.C., presentado por su Gerente Administrativo, Sr. MORDAZA Reymondy PONTE MORDAZA, contra la R.D. Nº 0366-2004-IN-1704/1 del 12.FEB.2004; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 0366-2004-IN-1704/1 del 12.FEB.2004, se impone multa de una y media (1.5) UIT a la Empresa SMART COM S.A.C., de conformidad al Art. 95º del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, por haber infringido el Art. 90º Inc. a), del mencionado dispositivo legal al permitir que la persona de MORDAZA MORDAZA MOZOMBITE MORDAZA, realice funciones de seguridad privada a traves de un servicio de proteccion interna, destinadas al control de accesos y la vigilancia de sus instalaciones entre otros, sin la respectiva licencia de Autorizacion de Funcionamiento expedida por la DICSCAMEC; Que, con escrito de fecha 9.MAR.2004, la Empresa SMART COM S.A.C., interpone Recurso Administrativo de Apelacion contra la R.D. Nº 0366-2004-IN-1704/1 del

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