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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G31/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de julio de 2004 risdicción, de acuerdo a las disposiciones de la presente Directiva y las normas emitidas por el Círculo de Mejora dela Calidad del Gasto del Ministerio de Educación. b) Difundir los alcances de la presente Directiva en las Instituciones Educativas Públicas de su jurisdicción. c) Efectuar visitas a las Instituciones Educativas Públi- cas a fin de verificar la veracidad de la información remiti- da por los Directores. d) Informar periódicamente al Círculo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio de Educación, el avance y resultados del proceso de racionalización, resumido en elCuadro Nº 01. 5.8 La Comisión Técnica de Racionalización del Gasto para determinar excedencias y/o déficits de plazas docen- tes y administrativas llevará acabo los siguientes pasos: a) Verificar la demanda educativa y metas de atención de la Instituciones Educativas, por los especialistas en pla- nificación, estadística, finanzas y gestión pedagógica; in-dicando el número de alumnos y secciones aprobadas. Para tal efecto deberá utilizarse los cuadros correspondiente para cada nivel (Anexos 1,2 y 3). b) Determinar la meta de atención real y la meta de ocupación de acuerdo a los criterios establecidos en el numeral 6.4 de la presente Directiva, estableciendo la ex-cedencia y/o déficit de plazas. c) Determinadas las plazas excedentes de acuerdo con los criterios señalados en el numeral 6.3, 6.4 y 6.5 de lapresente Directiva, los Directores de las Instituciones Edu- cativas Públicas, a solicitud de la Comisión Técnica de Ra- cionalización del Gasto, remitirán mediante oficio el cuadrode evaluación del personal docente y/o administrativo a ser declarado excedente, detallando nombres y apellidos, códi- go de plaza, cargo, nivel, especialidad y jornada laboral. Di-cha relación deberá alcanzarse bajo responsabilidad, en un plazo no mayor a 72 horas de recibida la solicitud. d) La Comisión Técnica de Racionalización del Gasto de la Unidad Ejecutora, elaborará el cronograma de rea- signación y/o reubicación por racionalización, indicando el lugar y la hora donde se desarrollará el acto público. e) Para el indicado acto público, la Comisión Técnica de Racionalización del Gasto deberá contar con el listado de las plazas vacantes a la fecha, proporcionado por laoficina de personal de la Unidad Ejecutora, así como el listado del déficit de plazas aprobadas por la Comisión Téc- nica de Racionalización del Gasto. f) El docente elegirá una de las plazas que ofrece la Comi- sión Técnica de Racionalización del Gasto, produciéndose una reasignación cuando se selecciona una plaza vacanteno excedente (Anexo Nº 4); o una reubicación y reasignación cuando el docente selecciona una plaza por déficit de la insti- tución educativa pública de destino(Anexo Nº 5). g) Cuando se realiza una reasignación por racionaliza- ción, la plaza que ocupaba el docente antes de la reasig- nación quedará automáticamente vacante, por lo que laComisión Técnica de Racionalización deberá proceder a reubicarla o declararla excedente. h) Si el trabajador excedente no elige las plazas ofreci- das o no asiste al acto publico, la Comisión Técnica de Racionalización del Gasto lo realizará de oficio. i) En base al acta suscrita a consecuencia del acto públi- co señalado en el inciso d) del numeral 5.8 de la presente Directiva, el Jefe de la Unidad Ejecutora emitirá la Resolución Directoral, donde se materializará la reubicación de plaza y/ola reasignación del personal docente o administrativo. j) Las plazas vacantes excedentes luego de satisfacer la demanda real, serán anuladas en lo que resta del Ejerci-cio Presupuestal con la Resolución emitida por el Jefe de la Unidad Ejecutora, y no formarán parte del Presupuesto Analítico del Personal (PAP). 5.9 Una vez concluido el proceso, la Comisión Técnica de Racionalización del Gasto, entregará las ResolucionesDirectorales de reubicación de plazas y/o reasignación de personal, al Área de Gestión Institucional o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora, a fin de elaborar las pro-puestas de modificaciones presupuestarias, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes 5.10 Las Direcciones Regionales de Educación y/o Unidades de Gestión Educativa Local, con categoría de Unidad Ejecutora, luego del proceso de racionalización efectuado de acuerdo con las disposiciones de la presen-te Directiva y teniendo en consideración su presupuesto autorizado, reestructurarán su Presupuesto Analítico dePersonal – PAP, de cada Institución Educativa, consig- nando el numero de plazas de personal directivo, jerár- quico, docente, administrativo y de servicio, incluyendolas plazas de incremento por déficit. El PAP deberá con- signar sólo las plazas con respaldo presupuestal utiliza- das en brindar servicio educativo y no reflejará vacantesen lo que resta del ejercicio presupuestal. Una vez culminado el proceso de racionalización, po- drán dejarse en suspenso los Cuadros para Asignación dePersonal – CAP y aprobarse los Presupuestos Analíticos de Personal – PAP, de acuerdo con lo dispuesto por la Dé- cima Primera Disposición Final de la Ley Nº 28254 VI.- DISPOSICIONES ESPECÍFICAS. 6.1 La Comisión Técnica de Racionalización del Gasto de las Unidades Ejecutoras, utilizará para el proceso de racionalización las siguientes herramientas de trabajo: a) Información estadística de alumnos, docentes y sec- ciones del año anterior y del año en que se realizará laracionalización. b) Actas de evaluación promocional de los estudiantes del año anterior al que se realiza la racionalización. c) Planilla de remuneraciones del personal docente y administrativo del mes de diciembre del año inmediato an- terior al que se realiza la racionalización. d) Cuadro de Distribución de Horas de clase del año anterior al proceso y del año en que se lleva a cabo el pro- ceso (nivel de Secundaria, modalidad Ocupacional e Insti-tutos Superiores) e) Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de cada Institución Educativa Pública del año en que se desarrollael proceso, o alternativamente el “Inventario de Plazas” le- vantado por la Unidad de Personal del Ministerio de Edu- cación, así como el aplicativo informático “Nexus”, a cargode la referida Unidad. f) Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de cada ins- titución, incluyendo las metas de atención y las metas deocupación . g) Cuadro de necesidades de personal docente y admi- nistrativo de acuerdo al análisis técnico. h) Presupuesto autorizado en el Grupo Genérico de Gasto 01 Personal y Obligaciones Sociales (Remunera- ciones) y las disposiciones presupuéstales de la Ley dePresupuesto referidas a las limitaciones en el manejo del referido Grupo Genérico de Gasto. 6.2 Los criterios para determinar la excedencia para docentes titulados en orden de prelación son: - Titulación. - Tiempo de servicios oficiales. - Tiempo de permanencia en la Institución Educativa Pública. Se declara excedente al profesor que no cuente con título pedagógico. Entre los profesores que cuenten con título pedagógico, se declarará excedente al profesor con menor tiempo de servicios oficiales en la docencia (años,meses y días). A igualdad de tiempo de servicio, se decla- rara excedente al de menor permanencia en la institución educativa. Para el caso del nivel de educación secundaria, los pro- fesores serán previamente agrupados por especialidades. 6.3 Los criterios de excedencia para docentes no titula- do en orden de prelación son: - Bachillerato en Educación. - Egresados de Institutos Superiores Pedagógicos y/o Facultades de Educación. - Profesionales no docentes. - Egresados de otras facultades. - Estudiante de Institutos Superiores Pedagógicos y/o Facultades de Educación. 6.4 El proceso de racionalización, para personal docente y para personal administrativo, se efectúa considerando sus normas especificas para cada carrera pública y los siguien- tes criterios básicos: