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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G36/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de julio de 2004 tal sentido, autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con- trol y de la Contraloría General de la República, y los De-cretos Leyes Nº 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge- neral de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos ex-puestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los ante- cedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 14032 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G78/G20/G43/G54/G41/G52/G20/G43/G75/G73/G63/G6F/G20/G79/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G75/G73/G63/G6F RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 312-2004-CG Lima, 27 de julio de 2004VISTO, el Informe Especial Nº 132-2004-CG/ZN, resul- tante del Examen Especial efectuado al Consejo Transi-torio de Administración Regional Cusco - CTAR CUSCO y al Gobierno Regional del Cusco, período del 1 de enero del 2002 al 31 de diciembre del 2003; CONSIDERANDO: Que, el Examen Especial practicado al Gobierno Regio- nal del Cusco, tiene su origen en una acción de control al Consejo Transitorio de Administración Regional Cusco - CTAR CUSCO, de la ex Gerencia de Gobiernos Regionalesde la Contraloría General de la República; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 052-2003- SUNAT del 13.Mar.2003, la Superintendencia Nacional deAdministración Tributaria - SUNAT, entregó diversas mercan- cías tales como, alimentos y golosinas y prendas de vestir nuevas y usadas, a fin de beneficiar a las provincias altas yde extrema pobreza de la Región Cusco, así como a la po- blación afectada de la provincia de La Convención a conse- cuencia del friaje, crecida de ríos, precipitaciones pluviales,caída de huaycos, entre otros fenómenos climatológicos; Que, de la evaluación a la documentación sustentatoria y de la inspección física realizada a diferentes localidades de laRegión, la Comisión Auditora ha determinado que, el Presi- dente Regional ostentando la administración, percepción y custodia de las mercancías, dispuso la transferencia de lapropiedad de 689 unidades de prendas de vestir nuevas, a los servidores del Gobierno Regional del Cusco, de otras dependencias descentralizadas y de la Cuarta Dirección Re-gional de Defensa Civil; estimándose el monto transferido en S/. 9 625,77, de igual manera se donó 200 Kg. de prendas de vestir usadas, a los servidores de dependencias descentraliza-das, por un monto de S/. 1 379,00, distribuyéndose del mismo modo alimentos y golosinas, por un valor de S/. 6 510,00; ascendiendo dichas cantidades a un total de S/. 17 514,77; Que, estando las mercancías adjudicadas comprometi- das para los fines asistenciales, conforme a lo prescrito en el formulario suscrito por el Presidente Regional con carác-ter de declaración jurada; la Comisión Auditora ha determi- nado que en algunos casos se les dio una aplicación defini- tiva diferente a la destinada; autorizando el Presidente Re-gional la distribución de prendas de vestir nuevas y usadas, alimentos y golosinas por un valor de S/. 123 627,49, que fueron entregados a beneficiarios tales como Asociaciones,Centros Educativos y Comunidades Campesinas; asimis- mo, el Vicepresidente Regional autorizó la distribución de alimentos y golosinas por un valor estimado de S/. 2 797,20,entregados a un Centro Educativo Especial, entorpeciendode esa manera el servicio a prestarse, por no corresponder con el objeto de la adjudicación; Que la Comisión Auditora ha evidenciado que el Vice- presidente Regional y el Subgerente de Logística, decidie-ron unilateralmente la entrega de mercancías, sin contar para dicho efecto con la autorización correspondiente, con- llevando con ello, a incrementar la cantidad de mercancíasdestinadas a fines distintos de su adjudicación; Que, el Gerente General y el Gerente Regional de Admi- nistración, no obstante tener conocimiento de los fines de laadjudicación de las mercancías anotadas, a través de los documentos generados en dicho proceso, habiendo sido in- clusive beneficiados con prendas de vestir nuevas, y en elcaso particular del Gerente General, haber participado in- cluso en la distribución de mercancías en algunas provin- cias, distritos y asentamientos humanos; se observa que enrazón a las funciones correspondientes a sus cargos, no advirtieron el incumplimiento del objeto de la adjudicación; Que, los hechos descritos en los considerandos prece- dentes, denotan la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comisión de los delitos de Peculado en las modalidades de Peculado Doloso y de Malversación dedinero o bienes, Usurpación de Autoridad, Títulos y Hono- res en la modalidad de Usurpación de Función Pública y Abuso de Autoridad en la modalidad de Omisión de Debe-res de Funciones, previstos y penados en los artículos 387º, 389º, 361º y 377º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artícu- lo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constitu- ye atribución de este Ente Técnico Rector del Sistema Nacionalde Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinen- tes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de controlse encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, co- rrespondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República elinicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d), artículo 22º de la Ley Orgá- nica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría Gene- ral de la República, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge- neral de la República, para que en nombre y representacióndel Estado, inicie las acciones legales correspondientes por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra los presuntos responsa-bles comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 14037 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G2D /G74/G6F/G73/G20/G79/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C /G65/G78/G20/G43/G54/G41/G52/G20/G54/G75/G6D/G62/G65/G73/G20/G79/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G54/G75/G6D/G62/G65/G73 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 313-2004-CG Lima, 27 de julio de 2004VISTO; el Informe Especial Nº 133-2004-CG/ZN, resul- tante del Examen Especial, efectuado al Consejo Transito-rio de Administración Regional Tumbes - CTAR TUMBES y al Gobierno Regional Tumbes, por el período enero a di- ciembre de 2002, incluyendo operaciones posteriores co-rrespondientes al período 2003; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control del 2003 de la ex Gerencia de Gobiernos Regionales, la Contraloría General de la República efectuó un Examen Especial al Consejo Transitorio de Administración Regional Tumbes,