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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G36/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de julio de 2004 TÍTULO VI INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 50º.- De las infracciones y sanciones labo- rales. Precísese que en los casos de incumplimiento de las disposiciones laborales del presente Reglamento las infrac- ciones y sus respectivas sanciones son dispuestas de con-formidad con la Ley General de Inspección de Trabajo y Defensa del Trabajador, su reglamento y sus normas modi- ficatorias. Artículo 51º.- De las otras infracciones y sanciones. Las infracciones y sanciones en materia educativa, mi- gratoria y de propiedad intelectual son reguladas por los organismos públicos competentes, conforme la Tercera Disposición Final del presente reglamento. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Derógase el Decreto Supremo Nº 010-73-TR, que establecía las disposiciones para la administración del Fondo de Derechos Sociales del Artista. Segunda.- Inclúyase en el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Decreto Supremo Nº 016-2003-TR los proce-dimientos laborales generados por la aplicación del pre- sente reglamento. Tercera.- Los Ministerios de Educación, Trabajo y Pro- moción del Empleo, y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelec- tual (INDECOPI) y el ente administrador del Fondo de De-rechos Sociales del Artista, quedan autorizados para esta- blecer las disposiciones complementarias necesarias, den- tro del ámbito de su competencia, para la aplicación de laLey y el presente reglamento. Cuarta.- El Ministerio de Trabajo y Promoción del Em- pleo constituirá una comisión que evaluará la viabilidad deproponer disposiciones legales especiales para la aplica- ción de la Ley Nº 26790; Ley de Modernización de la Segu- ridad Social en Salud, a los sujetos abarcados dentro de laLey. Dicha comisión concluirá sus funciones dentro de los 60 días hábiles siguientes de entrada en vigencia de la pre- sente norma. 14106 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G20/G61/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61/G20/G65/G6E/G20/G56/G69/G73/G69/G74/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 249-2004-PCM Lima, 23 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Estado en el Despacho de Relacio- nes Exteriores, Embajador Manuel Rodríguez Cuadros,realizará una Visita Oficial a la República de Bolivia, del 30 de julio al 1 de agosto de 2004; Que, el Gobierno del Perú asigna la mayor importancia a los avances en las negociaciones con la República de Bolivia con miras a construir un espacio integrado política, económica y culturalmente; Que, en el contexto de la mencionada Visita Oficial, se prevé la estrecha y permanente coordinación de la temáti- ca bilateral a nivel de altas autoridades de ambos Gobier-nos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a efectos deque participe en la mencionada visita; De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; la Cuarta Disposición Complementariade la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exte-riores; de 28 de diciembre de 1992; la Ley Nº 27619, de 21 de diciembre de 2001, el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, de 6 de junio de 2002, que regula la autorización deviajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; yel artículo 15º literal k) de la Ley Nº 28128, Ley del Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, vigente desde el 1 de enero de 2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Emba- jador Manuel Rodríguez Cuadros, para realizar una Visita Oficial a la República de Bolivia, del 30 de julio al 1 deagosto de 2004. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cum- plimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por elPliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exterio- res, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comi-sión, de acuerdo al detalle siguiente: PASAJES US$ VIÁTICOS US$ TARIFA USO AEROPUERTO 743.18 800.00 28.00 Artículo Tercero.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14100 /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 252-2004-PCM Lima, 27 de julio de 2004 CONSIDERANDO:Que, el Ministro de Estado en el Despacho de Rela- ciones Exteriores, Embajador Manuel Rodríguez Cuadros,se ausentará del país del 30 de julio al 1 de agosto para realizar una Visita Oficial a la República de Bolivia; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Des- pacho del Ministro de Estado en el Despacho de Relacio- nes Exteriores en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar el Despacho del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores al Presi- dente del Consejo de Ministros, doctor Carlos Ferrero Cos- ta, del 30 de julio al 1 de agosto de 2004. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14101