Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JULIO DEL AÑO 2004 (29/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 106

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G36/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de julio de 2004 sarrollo Social, en el Reglamento de Organización y Fun- ciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, apro-bado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modifi-cado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES y en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defen- sa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el De-creto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar al Procurador Público del Minis- terio de la Mujer y Desarrollo Social, para que inicie las ac- ciones judiciales que correspondan contra las personas se- ñaladas en el Informe Especial Nº 001-2004-2-4411 "Irregu-laridades en el otorgamiento de ampliación de plazo en la Gerencia Local PRONAA Trujillo, ha ocasionado perjuicio económico por S/. 4,021.58 Nuevos Soles"; y contra aque-llos que resulten responsables, por los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 14035 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G63/G6F/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G6E/G65/G2D /G72/G6F/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G61/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G2D /G6D/G61/G20/G22/G41/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G72/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G6F/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2004-TR Lima, 26 de julio de 2004 VISTOS: El Oficio Nº 510-2004-DVMPEMPE/ATUU/DN de fecha 6 de julio de 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de vistos, se informa que el Programa "A Trabajar Urbano" Unidad Ejecutora ha venido cursando cartas notariales Nº 013-2003-DVMPEMPE/ATU/ OZLL y Nº 0290-2004-ATU/OZ/LL/JZ a la señora Linda Ve-nus Lozano Negreiros, solicitando la devolución de la canti- dad de S/. 560.00 (Quinientos Sesenta y 00/100 Nuevos Soles) que habría recibido del Programa "A Trabajar Urba-no" como participante beneficiario en la obra "Construcción del Local Comunal del Club de Madres Inmaculada Concep- ción y Colocación de Afirmado del Callejón la Campiña laMerced", Convenio Nº 13-0124-02, sin calificar el perfil es- tablecido en las bases para los participantes beneficiarios en el tiempo que se había desarrollado la obra, y por el contra-rio habría participado como representante legal del Orga- nismo Ejecutor, suscribiendo el Convenio antes referido en representación de la Gobernación del distrito de Laredo; Que, a la fecha la señora Linda Venus Lozano Negrei- ros, no ha cumplido con el requerimiento extra judicial efec- tuado por el Programa, respecto a la devolución de la sumade S/. 560.00 (Quinientos Sesenta y 00/100 Nuevos So- les) cobrado como participante en la ejecución del Conve- nio Nº 13-0124-02, según Hojas de Pagos Nºs. 1, 2, 3 y 4de los períodos comprendidos del 25.11.02 al 17.1.03, por lo que resulta necesario encargar a la Procuraduría Públi- ca del Sector la representación y defensa ante los Órga-nos competentes, a efectos de que inicie las acciones le- gales que correspondan contra la referida ciudadana; Con la opinión favorable y la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 17537,modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el literal d) del ar-tículo 12º y el artículo 78º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Em- pleo, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 173-2002- TR, modificada por Resolución Ministerial Nº 341-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promocióndel Empleo, para que interponga las acciones legales corres- pondientes contra la señora Linda Venus Lozano Negreiros, y contra los que resulten responsables, por los hechos expues-tos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase la documentación y demás an- tecedentes del caso, al Procurador Público del Estado en-cargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para los fines a los que se con- trae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 14067 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20 /G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G2D /G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G41/G65/G72/G6F/G74/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G79/G20/G50/G75/G62/G6C/G69/G2D/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E/G20/G2D/G20/G4D/G41/G47/G45/G4E/G54/G41/G20/G41/G49/G52/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G2D/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G61/GE9/G72/G65/G6F/G20/G6E/G6F/G20/G72/G65/G67/G75/G2D/G6C/G61/G72/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G2C/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G20/G79/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0110-2004-MTC/12 Lima, 13 de julio de 2004 Vista la solicitud de AEROTURISMO Y PUBLICIDAD S.A.C. - MAGENTA AIR, sobre Renovación de Permiso deOperación de Aviación Comercial - Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 095-99-MTC/ 15.16 del 9 de junio de 1999, se otorgó a AEROTURISMO Y PUBLICIDAD S.A.C., Permiso de Operación para pres-tar Servicio de Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de 05 (cinco) años a partir del 29 de julio de 1999; Que, mediante Resolución Directoral Nº 245-2002-MTC/ 12 del 24 de octubre del 2002, se otorgó a AEROTURIS- MO Y PUBLICIDAD S.A.C., la Modificación del Permiso deOperación antes citado, variando material aeronáutico y las zonas de operación; Que, mediante Resolución Directoral Nº 204-2003-MTC/ 12 del 22 de julio del 2003, se otorgó a AEROTURISMO Y PUBLICIDAD S.A.C., la Modificación del Permiso de Ope- ración para prestar Servicio de Transporte Aéreo No Re-gular Nacional de pasajeros, carga y correo, autorizándole a utilizar la marca de servicio MAGENTA AIR, de conformi- dad con lo establecido por la Resolución Nº 6855-2003/OSD-INDECOPI del 19 de junio del 2003; Que, según los términos de la Memoranda Nº 0308- 2004-MTC/12.AL, Nº 0372-2004-MTC/12.AL, Nº 0410-2004-MTC/12.AL, Nº 0445-2004-MTC/12.AL y Nº 0470- 2004-MTC/12.AL, emitidos por la Asesora Legal de la Di- rección General de Aeronáutica Civil; Memorándum Nº1170-2004-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguri- dad Aérea; se considera pertinente atender lo solicitado, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aero-náutica Civil, al haber cumplido la recurrente con los requi- sitos establecidos en el Reglamento vigente; y las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado,tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la vali- dez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;