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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (13/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G34/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 13 de junio de 2004 biéndose advertido una clara circunstancia de descontrol, monopolio de paraderos y fricciones; Que, la Ordenanza Nº 028-2003-A/MDC, en su Artícu- lo 5º inciso 17) establece la definición de zona saturada, elcual debe entenderse como los lugares de gran conges-tión vehicular; Que, s e hace necesario el establecimiento de meca- nismos que permitan regular, organizar y ejercer un efecti-vo control de las empresas de vehículos menores que la-boran en la jurisdicción de Carabayllo; Estando a lo dispuesto y con las atribuciones conferi- das por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972,con el voto UNÁNIME del Pleno del Concejo y con dispen-sa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se apruebala siguiente: ORDENANZA DECLARAN ZONAS SATURADAS EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO Artículo 1º.- DECLARAR ZONAS SATURADAS que a continuación se detalla: Margen Derecha e Izquierda de la Av. Túpac Amaru, desde el límite de ingreso al distrito (Km. 16) hasta la alturade la Av. Manuel Prado, El Progreso (Km. 20.5), en el si-guiente radio: Margen Derecha (parte alta) en toda su extensión. Margen Izquierda (parte baja) hasta 5 cuadras.Las Urbanizaciones Santa Isabel, Tungasuca y Lucyana. Artículo 2º.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones com-plementarias y reglamentarias de la presente Ordenanza,así mismo, declarar las nuevas zonas saturadas del distri- to, previo informe técnico del área correspondiente y deacuerdo a la necesidad distrital. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Di- rección de Desarrollo e Infraestructura Urbano Rural, Divi-sión de Seguridad Ciudadana, Policía Municipal y DefensaCivil, el cumplimiento de la presente Ordenanza, así comoa la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional parasu respectiva difusión. Artículo 4º.- TÓMESE CONOCIMIENTO del Decreto de Alcaldía Nº 006-2004-A/MDC de fecha 4 de mayo delpresente año; precisando que el plazo de la suspensióntemporal será de 30 días hábiles, de conformidad a lo dis-puesto en el Art. Primero del citado Decreto. Artículo 5º.- LA PRESENTE ORDENANZA entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 11175 /G53/G75/G73/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G6F/G74/G6F/G72/G2D /G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G65/G6E/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G6A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 06-2004-A/MDC Carabayllo, 4 de mayo de 2004 CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con Personería Jurídica de Derecho Público y tie-nen autonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia, de conformidad con lo esta-blecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Es- tado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional -Ley Nº 27680; Que, por Ordenanza Nº 028-2003-A/MDC, publicada el 25 de agosto del 2003, se aprobó el Reglamento que regu-la la prestación del servicio de Transporte Público Especialde Pasajeros y Carga en Vehículos Menores del distrito deCarabayllo; Que, la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 028-2003-A/MDC, publicada el 25 de agosto del 2003,señala que las disposiciones reglamentarias y comple-mentarias que se requieran para la aplicación de la pre-sente Ordenanza serán dictadas por el Alcalde medianteDecreto de Alcaldía; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades señala los Decretos de Alcaldía estable-cen normas reglamentarias y de aplicación de las Orde-nanzas, sancionan los procedimientos necesarios para lacorrecta y eficiente administración municipal y regulan asun-tos de orden general y de interés para el vecindario, que nosean de competencia del concejo municipal; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado con Ordenanza Municipal Nº 047-2004-A/MDCen su Ítem 38 considera el Procedimiento: Permiso deOperación para realizar el Servicio de Transporte en Vehí-culos Menores otorgado a Personas Jurídicas; Que, mediante Acta de fecha 17 de marzo del 2004 la Comisión Técnica Mixta de Transportes de Vehículos Me-nores, adopta entre otros Acuerdos, recomendar se sus-penda temporalmente el procedimiento a que se refiere elÍtem 38 del TUPA precitado, a partir de la dación del pre-sente Decreto con cargo de dar cuenta al Pleno del Con-cejo; Que, es necesario restablecer el ordenamiento vial del distrito mediante una correcta aplicación de nuestro orde-namiento municipal; De conformidad con la facultad otorgada por el Artículo Tercero de la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº028-2003-A/MDC; y en uso de las facultades y atribucionesconferidas por el Art. 42º de la Ley Orgánica de Municipa-lidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- SUSPENDER TEMPORALMENTE a partir de la fecha de expedición del presente Decreto deAlcaldía; el Procedimiento aprobado en el Ítem 38 del Tex-to Único de Procedimientos Administrativos de la Munici-palidad, aprobado mediante Ordenanza Nº 047-2004-A/MDC Procedimiento: Permiso de Operación para realizarel Servicio de Transporte en Vehículos Menores otorgadoa Personas Jurídicas; con cargo de dar cuenta al Pleno delConcejo, por los fundamentos expuestos en el presenteDecreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Dirección de Desarrollo e Infraestructura Urbano Rural, División de Li-cencias de Construcción y Servicios Urbanos el cumpli-miento del presente Decreto y a la Unidad de Comunica-ciones e Imagen Institucional su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL A. RIOS ZARZOSA Alcalde 11174 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G2D /G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G39/G32/G2D/G4D/G44/G45/G41 ORDENANZA Nº 213-MDEA El Agustino, 31 de mayo de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO