Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2004 (13/06/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, MORDAZA 13 de junio de 2004
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Pag. 270423

Articulo 1º.- Disponer que, en calidad de medida correctiva, la EPS ____________________________________________, _____________________________________________. Articulo 2º.- La medida correctiva impuesta debera ser ejecutada por la EPS _____________, en un plazo MORDAZA de ______ (__) contados a partir de la notificacion de la presente resolucion.

11155

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 030-2004/ GRP-CR, que aprobo conformar el Consejo Regional y Consejos Provinciales de Salud
ORDENANZA REGIONAL Nº 039-2004/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su Ley de Reforma Constitucional en el Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion Nº 27680, establece en su articulo 191º que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa; asimismo en el inciso 1. del articulo 192º establece que es competencia de los Gobiernos Regionales aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 030-2004/GRPCR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1 de MORDAZA de 2004, el Gobierno Regional MORDAZA aprueba conformar el Consejo Regional de Salud (CRS) y Consejos Provinciales de Salud de la Region MORDAZA, en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 1º de la Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud (SNCDS), Ley Nº 27813, con la obligacion de coordinar, concertar y articular acciones, asi como de compartir competencias y responsabilidades de acuerdo a lo que establece la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Decreto Supremo Nº 004-2003SA; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Extraordinaria Nº 09, de fecha 27 de MORDAZA del 2004, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTICULO MORDAZA DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 030-2004/GRP-CR Articulo Primero.- Modificar el articulo 4º de la Ordenanza Regional Nº 030-2004/GRP-CR, de fecha 1 de MORDAZA de 2004, debiendo decir:

"Articulo Cuarto.- Para la eleccion de los representantes ante el Consejo Provincial de Salud (CPS), de los Colegios Profesionales de la Salud no Medicos, de los trabajadores del Sector Salud, de los Servicios de Salud del sector privado, de los Organismos no Gubernamentales y de las Organizaciones de Base de la Provincia se procedera conforme al Decreto Supremo Nº 004-2003-SA que reglamenta la Ley Nº 27813, para cuyo efecto el Presidente del Consejo Provincial de Salud solicitara el apoyo del Consejo Regional de Salud , contando con la supervision de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Piura". Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los treintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 10599

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Disponen suspender procedimientos para otorgamiento de Certificados de Compatibilidad de Uso y de Licencias de Apertura y Funcionamiento de establecimientos con giro de penas y otros, en diversas vias del distrito
ORDENANZA Nº 196-MDB Barranco, 10 de junio del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTOS, el Informe Nº 049-2004-SGCC-GDC-MDB de la Subgerencia de Comercializacion y Catastro y al Informe Nº 055-2004-GDC/MDB emitidos por la Gerencia de Desarrollo de la Ciudad; en la sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 191º de la Constitucion Politica de Peru, articulo 2º del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; la Municipalidad, como organo de gobierno local tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 3.6.4 del inciso 3 del articulo 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, las de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.