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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G34/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 13 de junio de 2004 16.3.1. Los procedimientos de selección podrán ser convocados para la contratación de una o varias empre-sas supervisoras, ya sea para la realización de acciones específicas, o para la realización de un número indetermi- nado de acciones de supervisión que se produzcan en unperíodo no inferior de seis meses ni superior a un (1) año, cuya extensión será definida por la SUNASS. La decisión de convocar al procedimiento de selección será adoptada mediante resolución emitida por la Geren- cia General de la SUNASS, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33º del Reglamento General de la SUNASS.En dicha resolución se aprobarán las Bases del respectivo procedimiento. En los casos en que el valor referencial del procedi- miento de selección resulte igual o superior al monto pre- visto para el procedimiento de concurso público regido por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado -aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM- y su Reglamento -aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM- la decisiónserá adoptada por el Consejo Directivo. 16.3.2. Las propuestas se presentarán en tres (3) so- bres, de los cuales el primero contendrá las credencia-les, el segundo la propuesta técnica y el tercero la pro- puesta económica. Estarán escritas por medios mecáni- cos y electrónicos en hojas simples y con el sello del pos-tor, rubricadas y foliadas correlativamente. Los requisitos de contenido de cada uno de los sobres que integran las propuestas deberán ser establecidos en las Bases res-pectivas. 16.3.3. Las empresas supervisoras estarán impedidas de presentarse como postores en los siguientes casos: a) Si la persona natural o los socios y el personal técni- co profesional propuesto como integrante del equipo de laempresa supervisora, han mantenido durante los seis (6) meses anteriores a la convocatoria del concurso público, algún tipo de vínculo laboral o contractual con la EPS bajosupervisión; con los titulares y representantes legales, o vínculos familiares hasta el cuarto grado de consanguini- dad y segundo de afinidad con éstos. b) Si la persona natural o los socios y el personal técni- co propuesto de la empresa supervisora tienen vínculo fa- miliar hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundode afinidad con los funcionarios y representantes legales de SUNASS que tengan intervención directa en la defini- ción de las necesidades, especificaciones, evaluación deofertas, selección de alternativas y autorización de adqui- siciones o pagos, de conformidad con lo establecido en el artículo 9º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado. c) Si la persona natural, los socios de la persona jurídi- ca o el personal técnico profesional de la empresa supervi-sora están incursos en alguna de las causales de incom- patibilidad previstas en el artículo 8º de la Ley Marco de Organismos Reguladores de la Inversión Privada en losServicios Públicos. d) Si los socios o el personal profesional propuesto por la empresa supervisora han sido inhabilitados por el cole-gio profesional competente. e) Cuando hayan sido sancionados administrativamen- te con inhabilitación para contratar con el Estado. Las propuestas que contravengan lo dispuesto en el presente numeral, se tendrán por no presentadas, bajo res- ponsabilidad de los miembros del Comité Especial encar-gado del procedimiento de selección. Los contratos que se celebren en contravención del presente numeral son nu- los, sin perjuicio de lo cual la SUNASS se reserva el dere-cho de ejercitar las acciones civiles, penales o administra- tivas a que hubiere lugar. 16.3.4. Los términos de referencia y las bases de los procedimientos de selección deberán respetar los princi- pios de moralidad, libre competencia, imparcialidad, eficien-cia, transparencia, economía, vigencia tecnológica y trato justo e igualitario, que rigen los procedimientos de selec- ción de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado.16.3.5. La empresa supervisora será designada de acuerdo con sus antecedentes, prestigio y solvencia acre-ditados mediante documento, así como a su experiencia y nivel de especialización en brindar servicios de supervi- sión. Entre otros, se considerarán requisitos de importan-cia tener un conocimiento técnico apropiado de las activi- dades específicas para la supervisión de los procedimien- tos relacionados y los posibles aspectos críticos de éstos,así como el contar con procedimientos para procesar to- dos los documentos e información relacionados con las funciones de supervisión. Los términos de referencia y lasbases establecerán, de manera clara y precisa, los requi- sitos específicos exigidos a las empresas supervisoras, de acuerdo al tipo de acción de supervisión que deba rea-lizarse, así como el puntaje que corresponderá a las eva- luaciones técnica y económica. 16.3.6. Contra los actos administrativos producidos en el período comprendido entre la convocatoria y hasta la suscripción del contrato, procederá la interposición del re- curso de apelación ante la Gerencia General de laSUNASS, dentro de los cinco (5) días anteriores a la pre- sentación de las propuestas y los cinco (5) días posterio- res al otorgamiento de la buena pro, según sea el caso. 16.3.7. La SUNASS suscribirá un contrato de locación de servicios con la empresa supervisora que obtenga la buena pro. El plazo de contratación será establecido en lasBases de cada procedimiento de selección. Será de aplicación supletoria al procedimiento a que se ha hecho referencia, lo previsto en el Texto Único Ordena-do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento, o las normas que lo sustituyan, siempre que la contratación se efectúe con recursos públicos. Finalizado el procedimiento de selección, y siempre que la decisión hubiese recaído en acto administrativo firme, la empresa o empresas supervisoras contratadas procede-rán a su inscripción en el Registro que al efecto deberá ser implementado por la SUNASS. 16.4. La empresa supervisora no podrá utilizar la infor- mación económica relacionada con las EPS objeto de su- pervisión, sin previa autorización por parte de la SUNASS.De no cumplir con tal disposición, la SUNASS dará por resuelto el contrato de locación de servicios y procederá a la ejecución de la carta fianza de fiel cumplimiento, sin per-juicio de la responsabilidad de la empresa supervisora por los daños efectivamente causados por dicho incumplimien- to. 16.5. La supervisión a cargo de las empresas supervi- soras deberá realizarse respetando los criterios, principios y reglas establecidos en el presente reglamento. Sin perjuicio de lo señalado, las acciones de supervi- sión llevadas a cabo por las empresas supervisoras debe- rán ceñirse a lo previsto en las respectivas Guías de Su-pervisión y Fiscalización, las cuales contienen un listado de pautas y criterios de evaluación que sirven como base referencial y metodológica, y que contienen los criteriosmínimos de supervisión seguidos y requeridos por la SUNASS, no obstante lo cual no tendrán un carácter limi- tativo. El contenido de las Guías de Supervisión y Fiscali-zación será aprobado por la Gerencia General de la SUNASS. Las Guías de Supervisión y Fiscalización contendrán los criterios, contenidos en formularios y formatos especi- ficados en las Bases de los respectivos procedimientos de selección que sean convocados en cada caso para la se-lección de las empresas supervisoras; y serán elaboradas de acuerdo a las tareas concretas objeto de las acciones de supervisión. Los criterios establecidos en las Guías deSupervisión y Fiscalización servirán asimismo para la eva- luación de los informes elaborados por las empresas su- pervisoras y la emisión de las conclusiones correspondien-tes por parte de la SUNASS. La SUNASS supervisará el cumplimiento de los crite- rios y pautas establecidos en la Guía de Supervisión y Fis-calización por parte de las empresas supervisoras. 16.6. Las empresas supervisoras remitirán a la SUNASS el informe correspondiente a la EPS y la ac-ción de supervisión encomendada, con una periodicidad y contenido acordes con las actividades que se reali-