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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G30/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencial Nº 024-2003- FONCODES/GG de fecha 30 de enero de 2003, modifica- da por el artículo primero de la Resolución Gerencial Nº004-2004-FONCODES/GG del 16 de enero de 2004, se desconcentró en las Oficinas Zonales de FONCODES las funciones de adquisición de combustible que requieranen su ámbito de competencia y de acuerdo a sus necesi- dades, bajo la modalidad de Adjudicación de Menor Cuan- tía y hasta por el monto límite previsto en la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Actas de fechas 19 de marzo y 16 de abril del año en curso, el "Comité Especial Permanente -CESPE 01 para la ejecución de Procesos de Adjudica- ción Directa y Adjudicación de Menor Cuantía", designa- do por Resolución Gerencial Nº 001-2004-FONCODES/GG, declaró desierto en primera y en segunda convoca- toria el proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva Nº 0009-2004-FONCODES "Adquisición deCombustible para la Oficina Zonal de Iquitos; Que, en virtud de la segunda declaración de desierto del proceso de selección indicado en el considerando anterior,el Comité Especial Permanente de la Oficina Zonal Iquitos, designado, entre otros, por Resolución Gerencial Nº 004- 2004-FONCODES/GG de fecha 16 de enero de 2004, parallevar a cabo los procesos de Adjudicación de Menor Cuan- tía durante el ejercicio 2004, para la adquisición de combus- tible que requiera dicha Oficina Zonal, convocó al proceso deselección de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 003-2004- FONCODES "Adquisición de Combustible para la Oficina Zonal Iquitos", habiendo con fecha 7 de mayo de 2004 y me-diante Acta Nº 003-2004-FONCODES/CESPE-IQUITOS otor- gado la Buena Pro al postor "Inversiones Perú Combustibles S.A." por un monto de S/. 39,248.00; Que, la adjudicación efectuada por el Comité Especial Permanente de la Oficina Zonal Iquitos deviene en nula por cuanto la Resolución Gerencial Nº 024-2003-FONCODES/GG modificada por el artículo primero de la Resolución Ge- rencial Nº 004-2004-FONCODES/GG, faculta los Comités Especiales Permanentes de las Oficinas Zonales de FON-CODES, para que puedan conducir los procesos de selec- ción de Adjudicación de Menor Cuantía hasta por el monto límite previsto en la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, es decir, por montos menores a S/. 35,000.00, ello de acuerdo a lo establecido en el tercer párrafo del artí- culo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, concordado con el artículo 22º, numeral 22.1, literal b) de la Ley Nº 28128, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004;excediendo de dicho límite la adjudicación otorgada al refe- rido postor "Inversiones Perú Combustibles S.A."; Que, de conformidad con lo señalado en el considerando precedente, así como de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 34º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el proceso deAdjudicación de Menor Cuantía, derivado de la segunda de- claración de desierto del proceso de selección de Adjudica- ción Directa Selectiva Nº 0009-2004-FONCODES "Adqui-sición de Combustible para la Oficina Zonal de Iquitos", de- bió ser llevado a cabo por el "Comité Especial Permanente - CESPE 01 para la ejecución de Procesos de AdjudicaciónDirecta y Adjudicación de Menor Cuantía", designado por Resolución Gerencial Nº 001-2004-FONCODES/GG; Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, concordado con el artí- culo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad,según corresponda, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección, entre otros, cuando se contravenga las normas legales, o se prescinda de las normas esencia-les del procedimiento o de la forma prescrita por la norma- tividad aplicable, sólo hasta antes de la celebración del contrato, debiéndose expresar en la resolución que se emi-ta la etapa a la que se retrotraerá el proceso; Que, en consecuencia, de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente Resolución, se ha incurri-do en causal de nulidad prevista en la norma citada en el considerando precedente, y estando que a la fecha no se ha suscrito el contrato respectivo, procede que se declarede oficio la nulidad del proceso de selección de Adjudica- ción de Menor Cuantía Nº 003-2004-FONCODES "Adqui- sición de Combustible para la Oficina Zonal Iquitos", y queéste se retrotraiga hasta la etapa de convocatoria previa reformulación de las Bases Administrativas, y cuyo proceso debe ser conducido por el "Comité Especial Permanente - CESPE 01 para la ejecución de Procesos de AdjudicaciónDirecta y Adjudicación de Menor Cuantía", designado por Resolución Gerencial Nº 001-2003-FONCODES/GG; Que, el artículo 4º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la máxima autoridad adminis- trativa de la Entidad es el funcionario de mayor nivel je-rárquico, el cual tiene a su cargo la gestión técnica, ad- ministrativa y financiera de los asuntos de la Entidad, en virtud de sus normas de organización interna, y en parti-cular, la dirección y ejecución de los asuntos relativos a los procesos de adquisición y contratación; Que, la Séptima Disposición Complementaria y Transi- toria de la Ley Nº 28128, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, dispone que las unidades ejecutoras que se constituyan a partir del año 2004 de losOrganismos Públicos Descentralizados pertenecientes al Pliego Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES), en el marco de los Decretos Supremos Nºs. 060-2003-PCMy 079-2003-PCM, mantienen la ejecución de los procesos y procedimientos de carácter administrativo, así como las ad- quisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras,de acuerdo a la normatividad que resulte aplicable; Con la opinión y visación vertida por la Gerencia de Asesoría Legal; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM, normas modificatorias y concordantes; el Decreto Supremo Nº 060-2003-PCM, en el que establecen disposiciones para la fusión por absorción deFONCODES por el MIMDES; el Decreto Supremo Nº 096- 2003-PCM, que precisan que el proceso de fusión por absor- ción se encuentra incluido en el proceso de reorganizacióndel sector Mujer y Desarrollo Social conforme a la Ley Nº 27779; el Decreto Supremo Nº 001-2004-MIMDES; la Sép- tima Disposición Complementaria y Transitoria de la LeyNº 28128, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, y normas concordantes, y en uso de las facultades conferidas por el Estatuto de FONCODES apro-bado por Decreto Supremo Nº 057-2003-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR NULA la Adjudi- cación de Menor Cuantía Nº 003-2004-FONCODES "Adquisición de Combustible para la Oficina Zonal Iqui-tos", por los fundamentos expuestos en la parte consi- derativa de la presente Resolución, debiendo retrotraerse hasta la etapa de convocatoria previa reformulación delas Bases Administrativas, y cuyo proceso debe ser conducido por el "Comité Especial Permanente - CES- PE 01 para la ejecución de Procesos de AdjudicaciónDirecta y Adjudicación de Menor Cuantía", designado por Resolución Gerencial Nº 001-2004-FONCODES/GG. Artículo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de Lo- gística de la entidad a que disponga las acciones corres- pondientes para el cumplimiento de la presente Resolu- ción, debiendo remitir el expediente y antecedentes delcaso al "Comité Especial Permanente - CESPE 01 para la ejecución de Procesos de Adjudicación Directa y Adju- dicación de Menor Cuantía", designado por ResoluciónGerencial Nº 001-2004-FONCODES/GG, el mismo que deberá proceder conforme a los fundamentos expuestos en el considerando de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Disponer que el Área de Trámite Documentario, en cooordinación con la Subgerencia de Logística de la entidad, notifique la presente Resoluciónal postor "Inversiones Perú Combustibles S.A.". Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Admi- nistración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Lo-gística, efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición, de conformidad con lo previs-to en el último párrafo del artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO DUMLER CUYA Gerente General 11679