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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G30/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de junio de 2004 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 459-2004-MTC/02 Lima, 17 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aproba- das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estableceque para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza-ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial delrespectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Dia- rio Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con ex- cepción de las autorizaciones de viajes que no irroguengastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, esta- bleciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstosserán aprobados por resolución suprema refrendada porel Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delsector correspondiente, con excepción de los sectoresde Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyocaso se aprobarán por resolución del Titular del Pliegocorrespondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internaciona-les establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia- ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación CivilInternacional, debe mantener un programa anual de vi-gilancia sobre la seguridad operacional a través de laejecución de inspecciones técnicas a los explotadoresaéreos en el país, basado en las disposiciones estableci- das en el citado Convenio y en los estándares de la Or- ganización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Star Up S.A., con Carta STAR UP GO-094/04, del 8 de junio del 2004, en el marco del Pro-cedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Di-rección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Ministerio de Transportes y Co-municaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáuti-ca Civil, efectuar chequeos técnicos en simulador devuelo del equipo Boeing 737, a sus tripulantes técnicos Ronald Villa, Enrique Toledo y Wilson Condor, en el cen- tro de entrenamiento de United, en la ciudad de Denver,durante el día 23 de junio del 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nº 12436 y 12437, la solicitante ha cumplido con elpago del derecho de tramitación correspondiente al Pro- cedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre-sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá- ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Ordende Inspección Nº 0902-2004-MTC/12.04-SDO designan-do al Inspector Reynaldo Julio Ríos Vienrich, para reali-zar chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 737 al personal aeronáutico propuesto por laempresa Star Up S.A., en la ciudad de Denver, durante los días 21 al 24 de junio del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun-ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspección Nº 0902-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Reynaldo Julio Ríos Vienrich, Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comu-nicaciones, a la ciudad de Denver, Estados Unidos de América, durante los días 21 al 24 de junio del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porla empresa Star Up S.A. a través de los Recibos de Acota- ción Nº 12436 y 12437, abonados a la Dirección de Teso- rería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, in-cluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tari-fa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle : Viáticos US$ 880.00 Tarifa por Uso de AeropuertoUS$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec-tor mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11650 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 277-2004-JEF/RENIEC Lima, 24 de mayo de 2004 VISTO: el Oficio Nº 084-2004/GP/SGDAC/HYC/RE- NIEC, Informe Nº 130-2003-GP/SGDAC/HYC/RENIEC,y el Informe Nº 153-2004-GAJ/RENIEC, de fecha 24 de febrero del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuración Registral y Ar- chivo Central de la Gerencia de Procesos, en su perma-