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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G38/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de marzo de 2004 mentos nacionales necesarios para su implementación serán aprobados por Decreto Supremo refrendado por elMinisterio de Transportes y Comunicaciones, debiendo re-gir en todo el territorio de la República, mencionando en particular al Reglamento Nacional de Administración de Transportes; Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Administración de Trans-portes, el mismo que, desde su entrada en vigencia, gene-ró una serie de dificultades para su total implementación, debido a la existencia de disposiciones que no se ajusta- ban al marco constitucional y legal vigentes, así como tam-bién de normas que constituían barreras de acceso al mer-cado del transporte y vacíos y deficiencias que impedíanla adecuada implementación de las políticas establecidasen la Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre; Que, por otro lado, mediante Ley Nº 28172, Ley que modifica los artículos 15º y 23º de la Ley General delTransporte y Tránsito Terrestre y formaliza el transpor-te terrestre de pasajeros interprovincial o interregionalen automóviles colectivos, se ha dispuesto que el Po-der Ejecutivo reglamente la citada ley en el plazo de treinta (30) días hábiles, obligación que, en función a la naturaleza de la materia a reglamentar, debe cumplirsedentro del marco del mismo Reglamento Nacional deAdministración de Transportes; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del ar- tículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; DECRETA:Artículo 1º.- Apruébese el Reglamento Nacional de Ad- ministración de Transportes, el mismo que consta de dos- cientos veintiocho artículos, una disposición complemen- taria, quince disposiciones transitorias, siete disposicionesfinales y tres anexos. Artículo 2º.- Deróguese a partir de la vigencia del Re- glamento Nacional de Administración de Transportes, elDecreto Supremo Nº 040-2001-MTC, así como sus nor- mas complementarias y modificatorias y toda otra disposi- ción que se oponga a lo dispuesto en el presente DecretoSupremo. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JOSÉ ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones REGLAMENTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TRANSPORTES SECCIÓN PRIMERA DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO I: OBJETO, ALCANCE Y DEFINICIONES Artículo 1º.- Objeto del reglamento El presente reglamento tiene por objeto regular el servicio de transporte terrestre de personas y de mercancías, de con-formidad con los lineamientos previstos en el inciso d) del Artí-culo 23º de la Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre. Artículo 2º.- Alcance del reglamento El presente reglamento alcanza a las actividades del servicio de transporte terrestre de personas y de mer-cancías realizado por vías terrestres, no estando com-prendidos dentro de su ámbito el transporte ferroviario,el transporte internacional y el transporte especial depasajeros en vehículos menores motorizados o no mo- torizados, los que se rigen por sus leyes y reglamentos respectivos. Artículo 3º.- Definiciones Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por: 3.1 Acción de control : Intervención que realiza la au- toridad competente, en forma directa o a través de sus ins-pectores, para verificar el cumplimiento de las disposicio-nes del presente reglamento, normas complementarias, resoluciones de autorización y condiciones del contrato de concesión. 3.2 Acta de Verificación : Documento levantado por el inspector de transporte en acción de control en campo para hacer constar la comisión de infracciones del transportis- ta, del conductor y del operador del terminal terrestre oestación de ruta, dando inicio al procedimiento sanciona- dor. 3.3 Área saturada : Parte del territorio de una ciu- dad, población o área urbana en general en la que exis- ten dos (2) o más arterias o tramos viales con aprecia- ble demanda de usuarios del transporte, la que presen-ta, en toda su extensión o en parte de ella, niveles de contaminación ambiental o congestión vehicular que comprometen la calidad de vida o la seguridad de sushabitantes, declarada como tal por la municipalidad pro- vincial respectiva. 3.4 Área urbana continua: Espacio territorial cons- tituido por dos (2) ciudades o áreas urbanas pertene- cientes a provincias contiguas que, por su crecimiento, han llegado a conformar una situación de conurbación. 3.5 Autorización : Acto administrativo mediante el cual la autoridad competente otorga a una persona na- tural o jurídica, según corresponda, concesión interpro-vincial, permiso de operación, permiso excepcional o permiso eventual para prestar servicio de transporte terrestre. 3.6 Boleto de viaje : Comprobante que entrega el transportista por el pago de la tarifa por la prestación del servicio de transporte terrestre regular de perso-nas de un lugar a otro y que reúne los requisitos esta- blecidos en el Reglamento de Comprobantes de Pago. 3.7 Calidad del servicio : Conjunto de cualidades mínimas en la prestación del servicio de transporte te- rrestre consistente en la existencia de condiciones de seguridad, puntualidad, higiene y comodidad. 3.8 Carta de porte terrestre : Documento que prue- ba la existencia del contrato de transporte terrestre de mercancías entre el remitente y el transportista o por-teador, cuya naturaleza cambiaria es regulada por la Ley de Títulos Valores y su naturaleza contractual por el presente reglamento. 3.9 Certificado de Habilitación Técnica de Termi- nales Terrestres o Estaciones de Ruta : Documento que emite la autoridad competente de transporte paraacreditar que el terminal terrestre o estación de ruta cumple con los requisitos y condiciones técnicas esta- blecidas en el presente reglamento. 3.10 Certificado de Habilitación Vehicular : Docu- mento mediante el cual se acredita que el vehículo se encuentra apto para la prestación del servicio de trans-porte terrestre. 3.11 Concesión : Contrato administrativo mediante el cual la municipalidad provincial competente, luego de unproceso de licitación pública, concede a una persona natu- ral o jurídica el derecho de prestar el servicio de transporte terrestre regular urbano de personas. 3.12 Concesión Interprovincial : Acto administrativo mediante el cual la autoridad competente autoriza a una persona natural o jurídica, según corresponda, la presta-ción del servicio de transporte terrestre. 3.13 Condiciones de seguridad : Conjunto de exi- gencias que deben cumplir los transportistas con el ob-jeto de minimizar el riesgo de la ocurrencia de acciden- tes de tránsito u otros siniestros durante la prestación del servicio. 3.14 Conductor : Persona titular de la licencia res- pectiva para conducir vehículos destinados al servicio de transporte terrestre de personas y/o de mercancías. 3.15 Estación de ruta: Infraestructura complemen- taria del servicio de transporte terrestre, cuya función es equivalente a la de un terminal terrestre, aplicable aciudades de hasta cincuenta mil (50 000) habitantes. 3.16 Flete : Pago al transportista como retribución por la prestación del servicio de transporte terrestre de mer-cancías. 3.17 Flota vehicular habilitada : Conjunto de vehículos del transportista con los que presta el servicio de transpor-te terrestre. 3.18 Frecuencia : Número de inicios de viaje en un pe- ríodo determinado, con horario preestablecido. 3.19 Guía de Remisión : Documento que sustenta el traslado de bienes por el transportista autorizado para pres- tar el servicio de transporte terrestre de mercancías y que