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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G38/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de marzo de 2004 de arrendamiento financiero de cada vehículo ofertado, así como de los folios correspondientes del libro contable en que éstos se encuentran registrados como activos fijos del transportista, debiendo incluirse copia del folio de certifica-ción notarial del citado libro. e) Certificado de Revisión Técnica Ordinaria o Periódi- ca vigente, de ser exigible, que acredite que el vehículoofertado cumple con las características y requisitos seña- lados en el Reglamento Nacional de Vehículos. f) Certificado de Revisión Técnica Complementaria que acredite que el vehículo cumple con las características específicas que establece el presente reglamento; g) Información documentada respecto a los terminales terrestres a utilizar en el origen y en el destino y, de ser el caso, terminales terrestres o estaciones de ruta en esca- las comerciales que acredite que el peticionario puede ac-ceder a su uso. h) Compromiso bajo declaración jurada de cumplir con el mantenimiento preventivo de su flota vehicular conformeal presente Reglamento. i) Copia simple o fotostática del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente, emitido deconformidad con lo previsto en el Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Acciden- tes de Tránsito. j) Recibo de pago por derecho de trámite. Artículo 70º.- Requisitos para el otorgamiento del permiso de operación para el servicio de transporte de mercancías en general Para el otorgamiento del permiso de operación del ser- vicio de transporte de mercancías en general, el transpor- tista deberá presentar a la autoridad competente, debida- mente firmada y sellada por su representante legal, en sucaso, la siguiente documentación: a) Solicitud bajo la forma de declaración jurada indican- do nombre o razón social, número del documento de iden- tidad y/o del Registro Único de Contribuyente y domicilio del transportista; de corresponder, nombre, documento deidentidad y domicilio del representante legal, así como el número de partida de inscripción de su nombramiento y/o poder en los Registros Públicos; b) En el caso de persona jurídica, copia simple o fotos- tática de la escritura pública de constitución de la persona jurídica de derecho mercantil, inscrita en los RegistrosPúblicos, en la que estará indicado, como objeto social, la actividad del servicio de transporte de mercancías, así como el monto del capital suscrito y pagado; c) En el caso de persona natural, copia simple o fotos- tática del documento nacional de identidad o libreta electo- ral y del Registro Único de Contribuyente (RUC), en el quedebe indicarse que su actividad principal es el transporte de mercancías, y la documentación que sustente el res- paldo patrimonial mínimo exigido; d) Copia simple o fotostática de la tarjeta de identifica- ción vehicular o de propiedad vehicular a nombre del peti- cionario y, en los casos que corresponda, del contrato dearrendamiento financiero de cada vehículo ofertado, así como de los folios correspondientes del libro contable en que éstos se encuentran registrados como activos fijos deltransportista, debiendo incluirse copia del folio de certifica- ción notarial del citado libro; e) Certificado de Revisión Técnica Ordinaria o Periódi- ca vigente, de ser exigible, que acredite que el vehículo ofertado cumple con las características y requisitos seña- lados en el Reglamento Nacional de Vehículos; f) Copia del certificado del Seguro Obligatorio de Acci- dentes de Tránsito vigente, emitido de conformidad con lo previsto en el Reglamento Nacional de ResponsabilidadCivil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito; y, g) Recibo de pago por derecho de trámite. Artículo 71º.- Vigencia de la concesión interprovin- cial y del permiso de operación La vigencia de la concesión interprovincial para la pres- tación del servicio de transporte interprovincial regular de personas y del permiso de operación para el transporte de mercancías en general, será de diez (10) años. La vigencia del permiso de operación para la presta- ción del servicio de transporte interprovincial especial de personas y de transporte de mercancías especiales, seráestablecida en la reglamentación específica. La vigencia del permiso de operación para la presta- ción del servicio de transporte provincial de personas, seráestablecida por la municipalidad provincial correspondien- te. CAPÍTULO III PERMISO EVENTUALArtículo 72º.- Otorgamiento de permiso eventual para el servicio de transporte regular de personas El transportista autorizado podrá prestar servicio de transporte de personas mediante un permiso eventual, den- tro de la jurisdicción de la autoridad competente que otor-gó la concesión interprovincial, el permiso de operación o el permiso excepcional para prestar servicio de transporte regular de personas, siempre que no afecte el servicio au-torizado, cumpliendo con los requisitos señalados en el presente reglamento. La prestación del servicio de transporte mediante un permiso eventual, se rige por el presente reglamento y las normas complementarias respectivas, en lo que sea perti- nente, y se autorizará por un plazo de hasta diez (10) díascalendario, previa justificación documentada. No se otorgará más de dos (2) permisos eventuales al mismo transportista para un mismo destino, dentro del pe-ríodo de un (1) mes; ni más de doce (12) a diferentes des- tinos, dentro del período de un (1) año. Artículo 73º.- Requisitos para el otorgamiento del permiso eventual del servicio de transporte regular de personas Para el otorgamiento del permiso eventual del servicio de transporte regular de personas, el transportista autori- zado deberá presentar lo siguiente: a) Solicitud ante la autoridad competente, en forma de declaración jurada, en la que se indicará que la prestacióndel servicio mediante un permiso eventual no afectará el servicio de transporte autorizado, así como el número de su inscripción en el registro administrativo correspondien-te. b) Copia simple o fotostática del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito. c) Copia simple o fotostática del contrato para la pres- tación del servicio de transporte mediante un permiso even- tual. d) Anexo describiendo las características del servicio, tales como placa del vehículo habilitado, número del certi- ficado de habilitación vehicular, plazo de operación solici-tado e itinerario de la ruta a recorrer. e) Pago por derechos de trámite. Artículo 74º.- Plazo para el otorgamiento del servi- cio de transporte mediante un permiso eventual del servicio de transporte regular de personas De estar conforme la documentación presentada, la au- toridad competente otorgará el permiso eventual del servi- cio de transporte regular de personas, dentro del plazo de(03) tres días hábiles de solicitado, caso contrario, operará el silencio administrativo positivo. CAPÍTULO IV PERMISOS EXCEPCIONALES Artículo 75º.- Alcance de los permisos excepciona- les Los permisos excepcionales para prestar servicio de transporte regular de personas en cualquier ámbito se otor-garán siempre que en la ruta solicitada no exista oferta del servicio de transporte regular de personas con vehículos habilitados por la autoridad competente que reúnan lascaracterísticas para una concesión interprovincial. El transportista interesado en obtener permiso excep- cional deberá cumplir con las condiciones de acceso yoperación establecidas en el presente reglamento que le sean aplicables y con los requisitos documentales estable- cidos para obtener la concesión interprovincial, así comocon las condiciones establecidas en el presente capítulo. El servicio que se preste al amparo de un permiso ex- cepcional se efectuará cumpliendo con las condiciones deoperación previstas en el presente reglamento. Artículo 76º.- Características técnicas de los vehículos para el otorgamiento de permiso excepcio- nal en el ámbito provincial Las municipalidades provinciales podrán otorgar permi- sos excepcionales, en su respectiva jurisdicción, con vehí- culos que adicionalmente reúnan las características técni- cas establecidas a continuación, correspondiendo a dichas