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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2004 (03/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 50

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G38/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de marzo de 2004 aquellos que son prestados sin contar con dicha conce- sión. Artículo 95º.- Prestación del servicio en áreas o vías saturadas La municipalidad provincial respectiva otorgará las con- cesiones para la prestación del servicio de transporte ur-bano de personas en áreas o vías declaradas saturadas, mediante procesos de licitación pública periódicos que se llevarán a cabo conforme a lo previsto en el presente regla-mento y en las bases que se aprueben para el efecto. Las concesiones serán a plazo fijo y no renovables en forma automática y se perfeccionan con la suscripción delrespectivo contrato de concesión. CAPÍTULO II PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA CONCESIÓN DE RUTAS Artículo 96º.- Etapas del proceso de licitación pú- blica El proceso de licitación pública tendrá las siguientes etapas: a) Designación de la Comisión que conducirá cada pro- ceso; b) Elaboración de las bases; c) Convocatoria y publicidad; d) Venta de bases;e) Presentación de consultas, absolución y aclaración de las bases; f) Presentación de propuestas;g) Evaluación y calificación de propuestas; y, h) Otorgamiento de la buena pro. Cada municipalidad provincial aprobará el reglamento interno que regulará el funcionamiento de las comisiones que conduzcan los procesos de licitación pública que con-voque, en el cual, deberá precisarse los mecanismos para reemplazar a los integrantes de la Comisión por fallecimien- to, impedimento, ausencia o abstención de éstos. Artículo 97º.- Designación y funcionamiento de la Comisión La municipalidad provincial designará, para cada pro- ceso de licitación pública que convoque dentro de su juris- dicción, una comisión que se encargará de conducirlo. Lacomisión estará integrada, como mínimo, por tres (3) miem- bros, los que deberán ser funcionarios de la municipalidad que se encuentren gozando de su capacidad de ejercicioo, en su defecto, vecinos de la jurisdicción con igual capa- cidad. No podrán ser integrantes de la comisión: a) El Alcalde provincial ni los regidores de la municipa- lidad convocante. b) Los socios, administradores, gerentes, servidores o apoderados de empresas de transporte urbano que ope- ran en la localidad o de los gremios o asociaciones que lasagrupan, ni parientes de éstos hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. c) Los asesores de transportistas del servicio de trans- porte urbano que se hayan desempeñado como tales du- rante los dos (2) últimos años anteriores a la convocatoria de la licitación pública. d) Los acreedores o deudores de los transportistas que prestan el servicio de transporte urbano en la jurisdicción. e) Los condenados por delito doloso en los últimos cin- co (5) años. La comisión será presidida por la persona que designe la municipalidad provincial y adoptará sus decisiones de acuerdo con el reglamento interno a que se refiere el artí- culo anterior. Todo lo actuado por la Comisión, así como sus decisio- nes, constarán en actas a las que pueden acceder los inte- resados. Artículo 98º.- De la abstención Sin perjuicio de los impedimentos señalados en el artí- culo precedente, los integrantes de la Comisión se absten- drán de intervenir en un proceso de licitación pública, cuan- do tengan un interés directo o indirecto en el mismo, encuyo caso serán reemplazados de acuerdo a lo previsto en el reglamento interno de funcionamiento de las Comisio- nes.Artículo 99º.- Elaboración y contenido de las bases En las bases de licitación pública, cuya elaboración es- tará a cargo de la Comisión, deberá definirse con toda pre- cisión el procedimiento; los plazos y cronograma del pro-ceso de licitación pública, lo relacionado a la suscripción del contrato de concesión, la descripción de la ruta a lici- tar; las condiciones y requisitos para acceder a la misma;los criterios, condiciones y factores a evaluarse, tales como condiciones de seguridad, comodidad y calidad del servi- cio; características y cantidad de la flota a ofertar, así comoel plazo de vigencia de la habilitación vehicular; caracterís- ticas de los servicios básicos y complementarios e instala- ciones necesarias; asignación de los puntajes para la cali-ficación de las propuestas con indicación del mínimo para calificar e impedimentos para ser postor. Asimismo, estarán precisadas las características, con- diciones y detalles técnicos, económicos, administrativos y de operación requeridos para el servicio de transporte, los que también serán materia de evaluación, así como lasdisposiciones y plazo para formular consultas y/u obser- vaciones sobre las bases y la forma de atenderlas. Ade- más, contendrán el plazo de vigencia de la concesión, con-diciones de su renovación y demás condiciones contrac- tuales, a cuyo efecto se anexará proforma del contrato de concesión. Artículo 100º.- Convocatoria, publicidad y venta de bases Los procesos de licitación serán convocados pública- mente por la Comisión designada al efecto a fin que los transportistas interesados presenten su oferta compitien-do sobre factores de calidad, comodidad, precio, condicio- nes de seguridad y control de emisiones, especificados en las bases respectivas. La Comisión determinará el contenido de la convocato- ria a licitación pública, asegurando que se brinde la infor- mación necesaria a los interesados, así como las condi-ciones de venta de bases. Dicha convocatoria será publicada mediante avisos en el Diario Oficial El Peruano, cuando se trate de las provin-cias de Lima y Callao, y en los diarios encargados de avisos judiciales de la correspondiente jurisdicción, cuando se tra- te de las demás provincias. La convocatoria se publicarápor tres (3) veces con intervalo de dos (2) días calendario, siendo válidas, inclusive, las publicaciones realizadas en días sábados, domingos y feriados. En lugares donde no circulen diarios, la publicación se hará mediante carteles colocados en forma simultánea en lugares visibles de la plaza principal de la capital de la pro-vincia y en el local de la municipalidad. A partir del día siguiente de la última publicación, la Co- misión convocante venderá a cada postor el pliego de ba-ses de licitación con el contenido y anexos antes especifi- cados. Artículo 101º.- Presentación de consultas y/u obser- vaciones, absolución y aclaración de las bases Los adquirientes de las bases podrán formular consul- tas y/u observaciones o solicitar aclaración del contenido de las bases, las que serán absueltas por la Comisión por escrito y en forma fundamentada. Artículo 102º.- Presentación de propuestas La propuesta y documentos que deban anexarse a ésta de acuerdo a las bases de licitación deberán estar redac- tados por medios mecánicos o electrónicos y estar firma- dos y sellados en cada hoja por el postor o su representan-te legal, así como estar foliados correlativamente. Las pro- puestas deben incluir cada uno de los aspectos exigidos por las bases. Cada postor presentará, dentro de la propuesta, una declaración jurada simple en la que se expresará lo siguien- te: a) Que no tiene impedimento para participar en el pro- ceso ni está incurso en ninguna causa de abstención, deconformidad con las bases de licitación pública; b) Que conoce, acepta y se somete a las bases, condi- ciones y procedimientos del proceso de licitación pública; c) Que es responsable de la veracidad de los docu- mentos e información que presenta para efectos del proce- so; d) Que se compromete a mantener su oferta durante el proceso y a suscribir el contrato de concesión en caso de obtener la buena pro; y,