Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2004 (05/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de marzo de 2004

dependencias de VIVIENDA, siendo el Organo de Control Institucional de cada dependencia de VIVIENDA, el encargado de fiscalizar su correcto cumplimiento. Los responsables del cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolucion Ministerial, podran delegar facultades para la implementacion de las mismas, sin eximirse de responsabilidad por el cumplimiento de los objetivos e independientemente del accionar del personal en el cual se delegue tales facultades. Articulo 10º.- Publicacion La presente Resolucion Ministerial sera publicada, adicionalmente, en la pagina WEB del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 04661

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Establecen que Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas de los Magistrados del Poder Judicial se presentaran conforme a la Ley Nº 27482 y su Reglamento
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 025-2004-CE-PJ
MORDAZA, 25 de febrero del 2004 VISTOS:

su Reglamento, el mismo que fue aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 385-96-SE-TP-CME-PJ; Que, no obstante el procedimiento establecido, con fecha 15 de junio del 2001 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 27482, Ley que regula la publicacion de la Declaracion Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores publicos del Estado, estableciendo que los sujetos de la obligacion son, entre otros, los Vocales Supremos, Superiores y Jueces Especializados o Mixtos, la misma que debera ser presentada conforme al formato unico aprobado por su Reglamento al inicio, durante el ejercicio con una periodicidad anual y al termino de la gestion; derogandose todas las disposiciones que se le opongan; Que, por consiguiente, encontrandose regulada actualmente la MORDAZA de Declaracion Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas por la Ley Nº 27482 y su Reglamento, es del caso dejar sin efecto las Resoluciones Administrativas Nºs. 150-96-SE-TP-CME-PJ, 211-CME-PJ, y 385-96-SE-TP-CME-PJ, de fechas 25 de MORDAZA, 26 de setiembre y 19 de noviembre de 1996, respectivamente; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer que las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas de los Magistrados del Poder Judicial se presentaran conforme a lo previsto por la Ley Nº 27482 y en el formato unico aprobado por su Reglamento. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto las Resoluciones Administrativas Nºs. 150-96-SE-TP-CME-PJ, 211CME-PJ, y 385-96-SE-TP-CME-PJ, de fechas 25 de MORDAZA, 26 de setiembre y 19 de noviembre de 1996, respectivamente, expedidas por la Secretaria Ejecutiva y Comision Ejecutiva del Poder Judicial Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion a la Corte Suprema de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y Oficina de Inspectoria General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase.

Los Oficios Nºs. 453 y 473-2003-J-OCMA/PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Supremo-Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, formula consulta sobre la vigencia y aplicacion de las Resoluciones Administrativas Nºs. 150-96-SE-TP-CME-PJ, 211-CME-PJ, y 38596-SE-TP-CME-PJ, de fechas 25 de MORDAZA, 26 de setiembre y 19 de noviembre de 1996, respectivamente, expedidas por la Secretaria Ejecutiva y Comision Ejecutiva del Poder Judicial; relacionadas a la MORDAZA de declaraciones juradas de Magistrados del Poder Judicial; por cuanto a partir de la vigencia de la Ley Nº 27482 y los Decretos Supremos Nºs. 080-2001-PCM y 003-2002-PCM, la MORDAZA de la declaracion jurada es anual y conforme a los formatos publicados; Que, la Resolucion Administrativa Nº 150-96-SE-TPCME-PJ, establecio que los Vocales Superiores y Jueces debian presentar a la Secretaria Ejecutiva de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial Declaracion Jurada de sus bienes y rentas, dentro del termino de 10 dias habiles de expedida dicha MORDAZA, con MORDAZA a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y/o Presidente de la Corte Superior correspondiente; sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso 15 del articulo 184º del Texto Unico de la Ley Organica del Poder Judicial; Que, posteriormente, a traves de la Resolucion Administrativa Nº 211-CME-PJ, se creo el Registro de Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas de los Magistrados del Poder Judicial, disponiendose que la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial sea la responsable de llevar dicho registro debidamente actualizado, asi como de gestionar la elaboracion de

SS. MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 04665

Aprueban Sistema para el calculo de intereses denominado "INTERLEG"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 026-2004-CE-PJ
MORDAZA, 25 de febrero del 2004 VISTO: El Oficio Nº 124-2003-PPSLL-CSJL/PJ, cursado por la Magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidenta de la Primera Sala Laboral de MORDAZA, en representacion del equipo que ha desarrollado el Sistema Informatico INTERLEG; y, CONSIDERANDO: Que, la Magistrada recurrente eleva a consideracion de este Organo de Gobierno la herramienta informatica denominada INTERLEG, para su evaluacion e instalacion en los diversos organos jurisdiccionales y adminis-

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