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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G30/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de marzo de 2004 ción y Funciones del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, aprobado por Resolución Presiden- cial Nº 086 de fecha 2 de marzo del 2001, los que regula- ban, entre otros, las funciones del Consejo Directivo de la citada institución; Que, en consecuencia es necesario dar por conclui- da la designación efectuada mediante Resolución Su- prema Nº 010-2003-MIMDES; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, en la Ley Nº 27793; en el Decreto Legislativo Nº 830; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES y modifica- do por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; y, en el Decreto Supremo Nº 001-2004-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del se- ñor DANIEL BRAULIO VARGAS SOLIS, en el cargo de miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, con efectividad al 16 de marzo de 2004, dándosele las gracias por los servicios presta- dos. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo So- cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 05742 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2004-MIMDES Lima, 19 de marzo de 2004 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2003-MI- MDES, de fecha 28 de febrero de 2003, se designó al doc- tor IVAN HUMBERTO PETROVICH TAFUR en el cargo de miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, cargo considerado de confian- za; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2004-MIM- DES, artículo 5º numeral 5.1, han sido dejados sin efecto los artículos del 9º al 16º del Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, aprobado por Resolución Presiden- cial Nº 086 de fecha 2 de marzo del 2001, los que regula- ban, entre otros, las funciones del Consejo Directivo de la citada institución; Que, en consecuencia es necesario dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución Suprema Nº 002-2003-MIMDES; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, en la Ley Nº 27793; en el Decreto Legislativo Nº 830; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES y modificado por el De- creto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; y, en el Decreto Supremo Nº 001-2004-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del doc- tor IVAN HUMBERTO PETROVICH TAFUR, en el cargo de miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, con efectividad al 16 de marzo de 2004, dándosele las gracias por los servicios presta- dos. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo So- cial.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 05743 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G79/G6F/G20/G64/G65/G6C/G50/G52/G4F/G4E/G41/G41/G2C/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20 /G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64 /G63/G69/G76/G69/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 165-2004-MIMDES Lima, 19 de marzo de 2004 Visto, el Informe Nº 192-PRONAA/J;CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de de- recho del Informe Especial Nº 006-2003-2-4411 (Reformu- lado) "Negligencia por parte de Funcionarios de la Geren- cia Local Huancayo ha ocasionado un perjuicio económico por S/. 16,919.92 nuevos soles", emitido por la Jefa de la Oficina de Auditoría Interna del Programa Nacional de Asis- tencia Alimentaria, se determina presunta responsabilidad civil por parte de los ex funcionarios de la Gerencia Local de Huancayo del Programa Nacional de Asistencia Alimen- taria - PRONAA comprendidos en el citado informe, que incurrieron en negligencia en el ejercicio de sus funciones, ocasionando que el siniestro del vehículo de placa PGV- 688 de propiedad del PRONAA, no sea cubierto por la com- pañía de seguros Sul América; Que, el literal f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, establece que los informes elaborados en base a acciones de control, tienen el carácter de prueba preconstituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Con la opinión favorable de la Dirección General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el Informe Nº 268-2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y De- sarrollo Social, el Reglamento de Organización y Funcio- nes del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2002-MIMDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 013- 2002-MIMDES, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representa- ción y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modifi- cado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para que en representación y defensa de los intere- ses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra los ex funcionarios comprendidos en el Informe Especial Nº 006-2003-2-4411 (Reformulado) "Ne- gligencia por parte de Funcionarios de la Gerencia Local Huancayo ha ocasionado un perjuicio económico por S/. 16,919.92 nuevos soles"; y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 05647