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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2004 (21/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G30/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de marzo de 2004 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G48/G6F/G2D/G67/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G64/G72/G65/G20/G43/G6C/GED/G6E/G69/G63/G61/G2D/G48/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G22/G52/G6F/G73/G61/G2D/G6C/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G76/G61/G6C/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G4D/G6F/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G4D/G61/G63/G65/G64/G6F/G22/G2C/G20/G70/G6F/G72 /G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G62/G75/G73/G6F /G64/G65/G20/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 166-2004-MIMDES Lima, 19 de marzo de 2004 Visto, el Oficio Nº 1070-2003/INABIF-P;CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 344-2003-MI- MDES de fecha 3 de junio de 2003, se autorizó a la Procu- radora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Minis- terio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para que en representación y defensa de los intereses del Estado proceda a iniciar e impulsar las acciones judiciales contra las personas comprendidas en el Informe Nº 010-IE-02- 2003-02-0309; Que, estando a los Oficios Nºs. 366-2003-CG/SSO y 538-2003-CG/SSO de la Gerencia del Sector Social de la Contraloría General de la República, el Jefe de la Oficina de Auditoría Interna del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF emitió el Informe Nº 10-IE-02-2003-02- 0309 Reformulado "Informe Especial sobre irregularidades en la gestión del Hogar de la Madre Clínica - Hospital "Ro- salía de Lavalle de Morales Macedo", genera perjuicio eco- nómico de S/. 91,173.25", en el cual se establece que exis- ten indicios razonables de la comisión del delito de Abuso de Autoridad por parte de los funcionarios indicados en el citado informe; Que, el inciso f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, establece que los informes elaborados en base a acciones de control tienen el carácter de prueba pre -constituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Con la opinión favorable de la Dirección General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el Informe Nº 271- 2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y De- sarrollo Social, el Reglamento de Organización y Funcio- nes del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2002-MIMDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 013- 2002-MIMDES y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de represen- tación y defensa del Estado en asuntos judiciales, modifi- cado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 344-2003-MIMDES de fecha 3 de junio de 2003. Artículo 2º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desa- rrollo Social, para que en representación y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judicia- les que correspondan contra los funcionarios indicados en el Informe Nº 10-IE-02-2003-02-0309 Reformulado "Infor- me Especial sobre irregularidades en la gestión del Hogar de la Madre Clínica - Hospital "Rosalía de Lavalle de Mora- les Macedo", genera perjuicio económico de S/. 91,173.25", y contra aquellos que resulten responsables, por los fun- damentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 05648/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G46._/G4F/G4E/G43/G4F/G44/G45/G53/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2004-MIMDES Lima, 19 de marzo de 2004 Visto, el Oficio Nº 053-2003-FONCODES/GAI;CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de de- recho del Informe Especial Nº 007-2003-2-4382 "Examen Especial al Proyecto Red Rural" - Información falsa en do- cumentos presentados al Fondo Nacional de Compensa- ción y Desarrollo Social - FONCODES, emitido por el Ge- rente de Auditoría Interna del Fondo Nacional de Compen- sación y Desarrollo Social - FONCODES, por el cual se determina presunta responsabilidad penal por parte del ex funcionario comprendido en dicho informe; Que, el inciso f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, establece que los informes elaborados en base a acciones de control tienen el carácter de prueba preconstituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Con la opinión favorable de la Dirección General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el Informe Nº 272-2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y De- sarrollo Social, el Reglamento de Organización y Funcio- nes del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2002-MIMDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 013- 2002-MIMDES, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de representa- ción y defensa del Estado en asuntos judiciales, modifica- do por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público Ad Hoc encargado de los asuntos judiciales del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES, para que inicie las acciones judiciales que correspondan contra el ex funcionario comprendido en el Informe Especial Nº 007- 2003-2-4382 "Examen Especial al Proyecto Red Rural" - Información falsa en documentos presentados al Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FON- CODES; y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público Ad Hoc encargado de los asuntos judiciales del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FON- CODES para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 05649 PRODUCE /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G45/G50/G20/G50/G41/G49/G54/G41 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2004-PRODUCE Lima, 19 de marzo de 2004 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 135-2001-PE, del 20 de setiembre de 2001, se designó al señor David