Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2004 (21/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G35/G30/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de marzo de 2004 cidas en las respectivas especificaciones de operación, emitidas según esta Parte. (b) Para acceder al AOC, el operador en cuestión de- berá demostrar previamente ante la DGAC, que cuentacon la financiación y una organización adecuada, con un método de control y supervisión de las operaciones de vuelo, con el personal aeronáutico y el programa de ins-trucción requerido, con arreglos de servicio de escala y una infraestructura y un programa de mantenimiento, acordes con la naturaleza y la amplitud de las operacio-nes especificadas. Previa a la obtención del AOC, el solicitante podrá acceder a un permiso de operación para los fines quesean pertinentes, con arreglo a ley, pero sólo podrá ini- ciar sus operaciones una vez otorgado el AOC y de acuer- do a las autorizaciones y limitaciones establecidas enlas respectivas especificaciones de operación y en el permiso de operación. (c) El AOC tiene una vigencia indefinida; salvo modifi- cación, suspensión, revocación o cancelación por razo- nes justificables cuando el titular no satisface alguna de las condiciones bajo las cuales fue certificado inicialmen-te. (d) Las regulaciones y procedimientos señalados en esta Sección para obtener un AOC, aplican también paraoperador bajo el RAP 135. (e) Los requisitos para obtener un AOC se indican en el Apéndice J de esta Parte. (f) El tiempo máximo de duración de un proceso de certificación de un solicitante a un AOC no podrá ser mayor a nueve (9) meses calendario posterior a la fechade aprobación de la solicitud formal, en cuyo caso el pro- ceso se dará por cancelado. 121.4 Aplicabilidad de las regulaciones a opera- dores no autorizados Las regulaciones de esta Parte que se refieren a una persona que ha obtenido un AOC según la Sección 121.3 se aplican también a cualquier persona que se involucraen una operación encuadrada por esta Parte, y que no posea dicha autorización ni las especificaciones de ope- raciones requeridas por la Sección 121.3. 121.5 Vuelos fletados y otras operaciones de ser- vicios especiales: Explotadores de transporte aéreode servicio nacional o internacional Todo explotador de transporte aéreo de servicio na- cional o internacional puede llevar a cabo las siguientes operaciones de acuerdo con las regulaciones de esta Parte: (a) Cualquier vuelo fletado ("charter") u otros vuelos no regulares conducidos sobre rutas hacia aeropuertos,enumerados en sus especificaciones de operación, a me- nos que el explotador de transporte aéreo obtenga auto- rización de la DGAC para conducir esas operaciones aotros aeropuertos no enumerados en sus especificacio- nes de operación, según las normas aplicables a sus ope- raciones. (b) Cualquier vuelo fletado ("charter") u otro vuelo no regular que se involucre, parcial o totalmente, en opera- ciones fuera de ruta. 121.6. Alquiler de aeronaves Para los efectos de esta Sección, se asumirán las si- guientes definiciones: Arrendador de aeronave: Es el propietario de una aeronave que, a través de un contrato de arrendamiento, entrega la aeronave por un precio determinado para quese destine a una actividad aeronáutica específica por un determinado tiempo de recorrido u horas de vuelo. Arrendatario de aeronave: Es la persona natural o jurídica que, a través de un contrato de arrendamiento, recibe una aeronave por un precio determinado para que se destine a una actividad aeronáutica específica por undeterminado tiempo de recorrido u horas de vuelo. Contrato de arrendamiento de aeronave: Es un con- trato de alquiler de una aeronave mediante el cual, porun precio determinado, se acuerda la transferencia del carácter de explotador del arrendador al arrendatario. Explotador: Es toda persona natural o jurídica queposee un permiso de operación y un AOC, a través de los cuales ejerce responsabilidad sobre el control y la conduc- ción técnica de su(s) aeronave(s), y sobre la dirección del personal aeronáutico. (a) El arrendamiento de una aeronave puede acordar- se sin tripulación o con tripulación completa o parcial;pero en cualquier caso, el arrendatario es quien respon- de por el control de la operación. (b) El arrendatario no podrá ceder total o parcialmen- te ni sub-arrendar la aeronave sin autorización expresa del arrendador. (c ) Las aeronaves con matrícula extranjera que ope- ren bajo un AOC de un explotador de transporte aéreo nacional deberán cumplir con todos los requisitos exigi- dos por esta Parte y serán sometidas a todas las inspec-ciones requeridas por la DGAC, salvo que la Autoridad Aeronáutica del Estado de matrícula y la DGAC hayan firmado un acuerdo, que establezca las pautas de quién,cómo y bajo qué normas debe efectuarse la vigilancia y control de las operaciones de dicha aeronave, conforme a las exigencias de ambos Estados. La DGAC puede pro-poner, según sea el caso, que el Estado de matrícula le delegue esta responsabilidad. 121.7 Fletamento de aeronaves Para los efectos de esta sección, se asumirán las si- guientes definiciones: Fletador: Persona natural o jurídica que contrata por un precio determinado la capacidad total o parcial de una aeronave, para uno o más viajes o por un plazo señalado en las rutas y servicios que su permiso de operación lepermite. Fletante: Persona natural o jurídica que por un precio determinado, pone a disposición del fletador la capaci-dad total o parcial de una determinada aeronave para uno o más viajes o por un plazo señalado, conservando la condición de explotador que ejerce control sobre latripulación y conducción técnica de la aeronave. (a) Un contrato de fletamento, para operar hacia, den- tro o desde el territorio peruano, sólo es posible entre dos operadores, nacionales o extranjeros, que posean un AOC otorgado por la DGAC o por el Estado de origen,el mismo que técnicamente autorice la(s) operación(es) a realizar. De no ser así, la DGAC deberá certificar la(s) operación(es), la(s) aeronave(s) y la competencia delpersonal y los tripulantes aéreos encargados del control operacional y de vuelo(s) solicitado, antes del inicio de dicha(s) operación(es). (b) El contrato de fletamento puede darse incluyendo total o parcialmente el personal aeronáutico del fletante. Por lo menos un miembro de la tripulación técnica delfletante debe ser parte del contrato de fletamento para que el mismo sea válido. (c ) El fletante que conduce una operación para un fletador bajo esta Parte, debe hacerlo en plena concor- dancia con las autorizaciones y Especificaciones corres- pondientes al permiso de operación y al AOC otorgado alfletador, y bajo los requerimientos establecidos por esta Parte. Si la autoridad lo considera necesario, el fletante podría instruir previamente a su personal de operacionessobre el contenido de las mismas. 121.9 Operaciones de aviones con una configura- ción y una capacidad de pasajeros de 30 asientos o menos y una capacidad de carga paga máxima de 3,400 Kg. o menos Ninguna persona puede conducir operaciones con un avión que tenga una configuración máxima de trein-ta (30) asientos de pasajeros o menos, excluyendo el asiento del piloto, y una máxima capacidad de carga de paga de tres mil cuatrocientos (3400) Kg. o menos, ano ser que esas operaciones sean conducidas de acuer- do con la Parte 135. Sin embargo, el poseedor de un AOC emitido según esta Parte, puede mantener estetipo de avión operando de acuerdo con la Parte 135, de acuerdo con un programa de mantenimiento de aero- navegabilidad continua que cumple con la Subparte Jde esta Parte, y con las especificaciones de operación emitidas para ello en esta Parte y que la DGAC encuen- tre necesarias.