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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2004 (22/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 38

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G31/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 22 de marzo de 2004 - Puesto Sanitario o Consultorio Periférico, no señala- do en el plano de zonificación por su pequeña dimensión física (H1). - Centro de salud y policlínico (H2)- Hospital y Clínica General (H3) - Hospital y Clínica Especializada (H4) c) En el plano de zonificación general se ha zonifica- do el equipamiento de mayor jerarquía (hospitales). Así también se han ubicado los equipamientos menores cu-yas superficies son significativas en el contexto urbano, tales como Centros de Salud (H2), Clínicas Generales (H3) y Clínicas Especializadas (H4).7.3.2 Disposiciones Generales.- a) Las áreas zonificadas para uso de salud no podrán ser subdivididas, ni disminuir su área normativa. b) Las áreas calificadas para equipamiento de salud en el Plano de Zonificación Urbana, podrán variar su lo- calización dentro del predio por habilitar y en un radio nomayor de 200 m y solo por causa debidamente justifica- da. c) Estas normas deberán complementarse con el Cua- dro Resumen del Equipamiento de Salud del Reglamen- to de Zonificación General de Lima Metropolitana. (Ver Cuadro Nº II.2.11). Cuadro Nº II.2.11 CUADRO RESUMEN: EQUIPAMIENTO DE SALUD Nivel de Población EQUIPAMIENTO (3) Radio de Población Capacidad T erreno Observaciones Sectorización Habitantes Influencia (m) Servida (Hab.) (camas) Necesario Urbana Metropoli H 4 Hospital Metropolitano Tr atamiento Especial (1) En las nuevas Especializado habilitaciones se Distrito de De 100,000 H3 Hospital General 1,500 50,000 200 36,000 m2 exigirá un área de 2000 m2 Planeamiento a a a a Se recomienda reservar 300,000 Clínica 2,000 75,000 50,000 m2 reserv ar terrenos de 125,000 500 80,000 m2 40m. X 50m. Aprox. (máximo) En las zonas habilita- Sector De 10,000 H2 Centro 800 30,000 1,500 m2 das se prodrá reducir el a de Salud a a (mínimo) área de 1,500 m2 30,000 P oliclínico 1,000 50,000 -1 (2) Se recomienda 2,000 m2 reservar terrenos de (óptimo) 25m. X 40m. Aprox. Barrio y De H1 Consultorio Hasta 2,500 1,000 m2 (3) Las normas han Grupo 2,500 Per iférico 600 a (mínimo) sido coordinadas con Residencial a 7,600 -2 el Ministerio de Salud 7,600 CAPÍTULO 8 NORMAS TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS 8.1 CONSTRUCCIÓN POR ETAPAS.- Las edificaciones podrán construirse por etapas, pre- via aprobación del proyecto integral en todas sus espe-cialidades. En caso de proyectos de uso residencial cada etapa deberá cumplir con los parámetros urbanísticos y edificatorios establecidos. 8.2 EDIFICACIONES EN VÍAS DE ACCESO ÚNICO.- Los parámetros edificatorios de los lotes ubicados en zona residencial, con frente a vía de acceso único, con o sin Plazoleta de volteo en uno de sus extremos, cual- quiera sea su área o la zonificación que le corresponda,serán los siguientes: - Uso Permitido :Residencial, Unifamiliar y/o Bifamiliar. - Altura de Edificación:Máximo 9.00 m. 8.3 JARDIN DE AISLAMIENTO.- 2.1.2 Características.- El Jardín de Aislamiento constituye parte de la vía públi- ca y como tal, con subsuelo y aires son bienes de dominio y uso público, en consecuencia intangibles, inalienables e imprescriptibles. la Municipalidad establecerá las medidasque correspondan para la recuperación de los jardines de aislamiento incorporados ilegalmente al dominio privado. 8.4 RETIRO FRONTAL.- 8.4.1 Características.- En términos generales el retiro frontal esta determi- nado en el distrito de Santiago de Surco como sigue: a) En Vía Local: 3 ml. b) En Vía Colectora o de mayor jerarquía, así como en Vías Locales de 22 ml. ó más de sección: 5 ml. 8.4.2 Disposiciones Complementarias.- a) En Urbanizaciones consolidadas, el retiro frontal es referencial, respetándose él perfil urbano que co-rresponda a la urbanización original (alineamiento de fachada existente). La Municipalidad a través de su ór- gano técnico competente establecerá el retiro frontalen estos casos. b) En las Zonas Residenciales, que por la compati- bilidad de uso se permita el uso comercial en el primerpiso, este podrá ocupar el área del retiro frontal, con las restricciones para su edificación que establezca la Municipalidad. c) En las Zonas Comerciales o las habilitadas ex- presamente para Comercio Local (C1), no se exige re- tiro frontal. 8.5 REDES AEREAS, ANTENAS Y ANUNCIOS PU- BLICITARIOS.- Con la finalidad de dar un tratamiento adecuado que mitigue el impacto visual negativo la Municipalidad nor- mará la instalación de redes aéreas, mástiles o torresde soporte de antenas de estaciones bases radioeléc- tricas o estructuras para anuncios o avisos publicita- rios. 8.6 ORNATO Y MOBILIARIO URBANO.- El Ornato y Mobiliario Urbano será materia de un es- tudio especial de cuyas conclusiones se emitirá la regla- mentación correspondiente. 8.7 ZONA DE REGLAMENTACIÓN ESPECIAL "La Alameda de San Pedrito" Parámetros Urbanísticos y Edificatorios.- a) Área de Lotes.- El área, linderos y medidas peri- métricas de los lotes existentes. No se permite la modifi-cación ni subdivisión de los lotes existentes. b) Altura de edificación.- Dos (2) pisos con una altu- ra máxima de 6.00 metros. c) Área Libre.- No aplicable. d) Uso.- Residencial Unifamiliar o Bifamiliar. e) Usos Permitidos.- Los señalados en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del pre- sente Reglamento, compatibles con el Uso Residencial R4 f) Retiros y Estacionamiento.- No aplicable.