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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2004 (22/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 60

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G31/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 22 de marzo de 2004 CAPÍTULO VIII DE LOS PROCEDIMIENTOS Artículo 33.- DEL TRAMITE DE LICENCIA DE CONS- TRUCCIÓN.- Los requisitos para el tramite de Licencia de Construcción y Conformidad de Obra están normados por el TUPA - Texto Único de Procedimientos Administrativos,ratificado por Acuerdo de Consejo Nº 126-2000-MLM de fecha 30 de junio del 2000 y por Decreto Supremo Nº 008- 2000-MTC. Complementariamente se deberá adjuntar la siguiente documentación: a) Comprobación documental sobre la Habilitación Ur- bana del predio o Declaración de Terreno Habilitado como Urbano en vía de Regularización (solo en caso pertinen-te) incluyendo recibos de la redención de aportes regla- mentarios. b) Planos topográficos con levantamiento de curvas de nivel y cortes transversales del perfil natural del terre- no, previo a la intervención. c) Planos de Arquitectura (planta y cortes) en los que se grafique la información de los planos topográficos. d) Factibilidad de Servicios de Agua, Alcantarillado y Energía Eléctrica, expedidos, conforme a ley, por lasempresas concesionarias de dichos servicios. e) Autorizaciones de ley para uso de explosivos (Dis- camec, Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, De-fensa Civil, etc.) y seguro contra todo riesgo (solo en caso pertinente). f) Estudios Geotécnicos que acrediten la estabilidad de las edificaciones y taludes (en caso de proyectos en las ZRE A y ZRE B). g) Estudios de cimentación y calzaduras de no dejar- se retiro lateral. (en caso pertinente de proyectos multifa- miliares en las ZRE A y ZRE B). h) Estudio de Impacto Ambiental, referido al procedi- miento constructivo, al uso de explosivos y maquinarias pesadas (en caso de requerirlo la Comisión Técnica Mu- nicipal, para Proyectos de magnitud, en las ZRE A y ZREB) realizado por persona autorizada por el MTCVC. i) Opinión favorable del Cuerpo General de Bomberos y de INDECI para los proyectos en las ZRE A y ZRE B. j) Los Conjuntos Residenciales Unifamiliares y Multi- familiares están afectos a los aportes para SERPAR, de- biendo obligatoriamente redimirlos en dinero. REGLAMENTO ESPECIAL DE LA ZONA MONUMENTAL Y DEL ÁREA Y ZONAS DE TRATAMIENTO DE RENOVACIÓN URBANA DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO TÍTULO I DE LA ZONA MONUMENTAL DE SANTIAGO DE SURCO CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- OBJETO.- Mediante Resolución Direc- toral Nacional Nº 397/INC del 21 de mayo del 2001 se aprobó el Reglamento Especial de la Zona Monumental,la propuesta de delimitación del Área y de las Zonas de Tratamiento de Renovación Urbana del distrito de San- tiago de Surco, así como los instrumentos técnico-nor-mativos en materia de tutela monumental y de renova- ción urbana. Artículo 2º.- FINALIDAD.- El presente reglamento establece las disposiciones especiales que rigen en la Zona Monumental de Santiago de Surco a fin de pro-mover, ordenar y controlar el uso del suelo urbano, fija los parámetros de intervención en el tratamiento físico de las microzonas en las que ha sido estructurada, desus edificaciones y la infraestructura urbana y estable- ce las actividades urbanas compatibles. Asimismo, de- limita el Área y las Zonas de Tratamiento de Renova-ción Urbana, para la correspondiente programación y elaboración de proyectos de destugurización y la pre- visión y promoción de las inversiones públicas y priva-das y adecua la estructura orgánica y los procedimien- tos administrativos a fin de compatibilizarlos a los ob- jetivos trazados.Artículo 3º.- TUTELA MONUMENTAL.- En la Zona Monumental de Santiago de Surco no son de aplica- ción las normas y los procedimientos de regularización de edificaciones y declaratoria de fábrica establecidosen la Ley Nº 27157 ni las normas relativas al silencio administrativo, por cuanto en ella rigen las normas de Tutela del Patrimonio Cultural de la Nación estableci-das por el Artículo 21º de la Constitución Política, la Convención para protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural de 1972 y la Ley Nº 24047, Ley Ge-neral de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación, la Resolución Jefatural Nº 191-89-INC, los Artículos 27º y 51º de la Ordenanza Metropolitana Nº 224 del 19 dejulio de 1999 y las disposiciones especiales que con- tiene la presente Ordenanza. CAPÍTULO II DEL REGLAMENTO ESPECIAL DE LA ZONA MONUMENTAL DE SANTIAGO DE SURCO Artículo 4º.- ALCANCES.- El presente Reglamento Especial de la Zona Monumental de Santiago de Surcose organiza en sus componentes físico, participativo-pro- mocional y normativo, con los contenidos básicos siguien- tes: a) Componente Físico : Que orienta el desarrollo fí- sico de la Zona Monumental, para cuyo efecto contienenormas específicas, en cuanto a: - Usos del Suelo. - Equipamiento. - Infraestructura Urbana - Especificaciones Técnicas de Diseño.- Transporte Público y Privado, Estacionamientos. - Proyectos Prioritarios. b) Componente Participativo - Promocional: Que establece las prescripciones, directivas y normas para incentivar y promover la participación ciudadana, consi-derando: - Aspectos Económicos. - Aspectos Sociales. - Aspectos de Gestión Administrativa. c) Componente Normativo : Que establece las nor- mas urbanísticas en las siguientes materias: - Gestión y Concertación Urbana. - Edificación. - Control Urbano. Artículo 5º.- DEL AMBITO DE LA ZONA MONUMEN- TAL.- El ámbito físico de la Zona Monumental de Santia- go de Surco se encuentra delimitado en el Plano P-01- 99-MML-IMP que como Anexo Nº 01-99-MML-IMP forma parte integrante de la presente norma e incluye las áreaspúblicas y las edificaciones privadas, comprendidas den- tro de la poligonal conformada por los Jirones Tacna, Mi- guel Grau, Mariscal Cáceres y Ayacucho, incluyendo losprimeros 20 metros de profundidad de las unidades in- mobiliarias ubicadas al lado externo de las vías públicas mencionadas, así como un área de protección del entor-no de la Iglesia Santiago Apóstol que se extiende 50 metros a partir de su límite posterior. El presente Reglamento no incluye en sus alcances al conjunto monumental de San Juan Grande: Zona Ar- queológica, Iglesia, Casa Hacienda y Ranchería, ni su entorno urbano - rural, cuya regulación estará sujeta areglamentación especial. Tampoco incluye los otros re- cursos culturales y naturales del distrito que serán mate- ria de estudios y reglamentaciones específicas. Artículo 6º.- IMAGEN OBJETIVO.- La Zona Monu- mental de Santiago de Surco consolidará su rol de Cen-tro de Servicios de nivel interdistrital, en convivencia con el uso residencial y reforzará su carácter social - admi- nistrativo, cultural, turístico y de esparcimiento, generan-do una mayor actividad urbana que mejore los ingresos de su población. Se caracterizará por constituir una antigua área resi- dencial renovada, que brinda una calidad de vida ade- cuada a su población y ofrece sus atractivos turísticos, culturales, religiosos, gastronómicos y recreativos a la po-