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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2004 (22/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G31/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 22 de marzo de 2004 l) Los procesos de Habilitación Urbana que consideren lotes con frente a calles peatonales deberán proveer de áreas comunes de estacionamiento, en las que se dispon- drá de los espacios necesarios de conformidad con el cua-dro que figura en el ítem 2.1 b) del presente reglamento por cada unidad de vivienda. m) Para el caso de edificaciones que por alguna de las siguientes causales no se pudiera proveer de esta- cionamiento dentro del lote, o éste quedara con déficit. - En una edificación existente, al efectuarse un cam- bio de uso o ampliación modificación o remodelación, que requiera de un mayor número de estacionamientos queel previsto originalmente. - Cuando el inmueble tiene frente a vías de circula- ción peatonal. La Comisión Técnica Calificadora de Proyectos podrá autorizar se provea de los estacionamientos faltantes fue-ra del lote, en las siguientes condiciones: - La adquisición a través de escritura pública, por par- te del propietario de la edificación, de espacios en edifi- cios o playas de estacionamiento colectivo. - La construcción de espacios de estacionamiento en terrenos de propiedad del propietario de la edificación. En cualquiera de los casos señalados el estaciona- miento a proveer fuera del lote no deberá ubicarse a una distancia mayor de 300 m., de recorrido peatonal, del in- mueble que lo motiva. n) En lotes con doble frente; uno frente a una vía de interconexión a través de otras vías y el otro frente a una vía de acceso único, se podrá optar por el uso multifami-liar o conjunto residencial, de cumplir con las demás exi- gencias normativas para ello. En todos los casos deberá resolver el estacionamiento normativo a considerar den-tro del lote con ingresos y salidas a través de la vía con interconexión a través de otras vías, no se aceptará el ingreso o salida de los estacionamientos a través de lavía de acceso único. o) Para el caso de edificaciones ubicadas en zona destinada a uso residencial, que por la compatibilidad deusos se lleven a cabo actividades comerciales, se adicio- nará al estacionamiento requerido por las unidades de vivienda, el número de estacionamientos que correspon-da a la actividad comercial, siendo de aplicación las de- más condiciones establecidas en el presente numeral. p) No se autorizará la construcción de viviendas, ofi- cinas o edificaciones de cualquier tipo, que no cumplan lo previsto en el presente reglamento en lo referente a la provisión de estacionamiento. 2.2 INMUEBLES UBICADOS EN ZONIFICACIÓN CO- MERCIAL.- a) En el Área de Estructuración Urbana III, se exigirá un (1) estacionamiento dentro del lote por cada 20 m2 deárea construida total, pudiéndose computar los estacio- namientos existentes frente al lote en las zonas comer- ciales originalmente habilitadas como tales. b) En las Áreas de Estructuración Urbana I y II, se exigirá un estacionamiento cada 40 m2 de área construi- da total. c) En edificios ubicados en zona comercial con co- mercio de 1er piso y uso residencial en los pisos superio- res, se requerirá el número de estacionamientos que co-rrespondan al uso comercial y adicionalmente los corres- pondientes al uso residencial. d) Para el caso de establecimientos comerciales que por cambio de uso, ampliación, modificación o remodelación, han devenido en deficitarios de estacionamiento y no se pudiera proveer la totalidad del plazas de estacionamiento estable-cidas dentro del lote, la Comisión Técnica Calificadora de Proyectos podrá autorizar, se provea de los estacionamien- tos faltantes fuera del lote mediante la adquisición a travésde escritura pública de hasta el 50% del total de la dotación de plazas de estacionamiento requeridas en edificios o pla- yas de estacionamiento colectivo. e) Excepcionalmente, cuando se trate de establecimien- tos comerciales alquilados que por acción promovida por el inquilino han devenido en deficitarios de estacionamien-to y no se pudiera proveer la totalidad de las plazas de estacionamiento establecidas dentro del lote, la Comisión Técnica Calificadora de Proyectos podrá autorizar el alqui-ler de hasta el 50% del total de la dotación de plazas de estacionamiento requeridas en edificios o playas de esta- cionamiento colectivo. Esta alternativa solo se aplicará con el objeto de ob- tener licencia de funcionamiento. El contrato de alquiler de las plazas de estacionamiento estará condicionado a un plazo igual y en las mismas condiciones de prorrogaque el contrato de alquiler del local comercial y a la revo- catoria automática de la licencia de funcionamiento del local comercial en caso de la resolución anticipada delcontrato de alquiler del estacionamiento. En cualquiera de las dos alternativas: - El estacionamiento a proveer fuera del lote no debe- rá ubicarse a una distancia mayor de 300 m., de recorri- do peatonal, del inmueble que lo motiva. - En el caso de locales destinados a restaurantes, bin- gos o casinos, el solicitante deberá presentar, adicional- mente, una carta compromiso de brindar el servicio de"valet parking" a sus clientes en forma gratuita, a fin de evitar el congestionamiento de vehículos en las inmedia- ciones del ingreso del local. f) El requerimiento de estacionamiento vehicular para cada establecimiento según su uso, se muestra en elCuadro Nº VI.2.3.1 Cuadro Nº VI.2.3.1 SANTIAGO DE SURCO: REQUERIMIENTOS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR PARA LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES UBICADOS EN EL ÁREA DE ESTRUCTURACIÓN URBANA III USOS Un (01) estacionamiento cada Supermercados 20 m2. del área techada total Tiendas de Autoservicio 20 m2. del área techada total Mercados 10 Puestos Ferias, Parques de Diversiones 10 M2. de área destinada al público Oficinas 40 m2. del área techada total Cines teatros y locales de espectáculos 10 Butacas Locales Culturales, Clubes, Instituciones y Similares 40 m2. del área techada total Locales de Culto, Iglesias, Instituciones Religiosas 40 m2. del área techada total Locales deportivos o coliseos 10 espectadores Academias 20 m2. del área techada total Colegios y Nidos 20 m2. del área techada total Restaurantes 20 m2. del área techada total Cafeterías 40 m2. del área techada total Salas de Baile y Discotecas 20 m2. del área techada total Casinos y Bingos 15 m2. del área techada total Universidades 20 m2. del área techada total Hospitales, Clínicas, Sanatorios, Policli- 20 m2. del área techada total nicos, Postas Sanitarias y Emergencias Centros Médicos y Laboratorios 40 m2. del área techada total Consultorios Individuales 40 m2. del área techada total Hoteles y Hostales de 4 ó 5 estrellas 3 Dormitorios Hoteles y Hostales de 3 estrellas 4 Dormitorios Apart H otel 2 Dormitorios Los locales ubicados en el Área de Estructuración Ur- bana I y II tendrán un requerimiento equivalente al 75%del requerimiento del Área de Estructuración Urbana III La Relación de establecimientos que figura en el pre- sente cuadro es referencial más no limitativa debiendoaplicarse a locales de uso similar. 2.3 INMUEBLES UBICADOS EN ZONIFICACIÓN IN- DUSTRIAL.- a) En el Área de Estructuración Urbana II, se exigirá dentro del lote un (1) estacionamiento por cada cuatro (04) personas ocupadas en el turno principal.