Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2004 (22/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 22 de marzo de 2004

- Se debe conservar y mantener en buen estado el piso. - La limpieza debe ser diaria. - En caso de deterioro se debe reemplazar el elemento con las mismas caracteristicas de diseno, dimension, material y resistencia, con el fin de mantener la MORDAZA de conjunto. 2.- Vias Publicas: Se encuentran involucradas todas las vias publicas comprendidas dentro de la MORDAZA Monumental (Plano P-01-99-MML-IMP) estableciendose las siguientes prescripciones: - Se admite la rehabilitacion de los pisos y pavimentos con elementos arquitectonicos adecuados a la epoca y resistentes al MORDAZA peatonal y vehicular segun corresponda. - Los materiales que se permiten son: o Adoquin de MORDAZA granitica. o Laja de piedra. o Sardinel de MORDAZA granitica de corte regular. 3.- Mobiliario Urbano: 3.1 Todo mobiliario MORDAZA debe de tener el caracter tradicional, a fin de integrarlo al estilo y caracteristicas del ambiente urbano. 3.2 El mobiliario que se admite es el siguiente: o Los kioscos multiples de MORDAZA existentes para venta de periodicos y golosinas segun diseno aprobado. o Postes ornamentales de MORDAZA fundido. o Faroles de brazo. o Faroles de pie (en vias con seccion aparente). o Reflectores. o Basureros. o Cabinas telefonicas de diseno especial. o Bancas de MORDAZA y madera. 3.3 No se admiten nuevos kioscos, ni puestos de lustrar calzado, actividades de fotografo ambulante, venta de bebidas calientes en epoca de invierno tales como; cafe, emoliente, etc. ni la utilizacion de las veredas para instalar las mesas de los restaurantes. 3.4 La Plaza de MORDAZA cuenta con diferentes tipos de mobiliario MORDAZA, tales como: bancas de MORDAZA con MORDAZA, pergolas, jardineras, basureros y cercos perimetricos a las areas verdes. Todos los elementos instalados son los adecuados, estableciendose las siguientes normas: - Se debe conservar y mantener en buen estado todo el mobiliario MORDAZA existente. - La limpieza debe ser diaria. - En caso de deterioro de cualquiera de los elementos instalados, debe de ser reemplazado o reconstruido con las mismas caracteristicas de diseno, dimension, material y resistencia, con el fin de mantener la MORDAZA de conjunto. - No se admite la colocacion de mobiliario MORDAZA complementario, que distorsione el ambiente de la Plaza de Armas. Su instalacion es exclusiva competencia y responsabilidad de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, y debe ser aprobada previamente por ella. En aquellos casos que se concedan derechos a terceros la autorizacion debe otorgarse necesariamente por el pleno del Concejo Municipal. Articulo 13º.- ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA EL DISENO Y UBICACION DE ANUNCIOS.- La instalacion de anuncios en la MORDAZA Monumental de MORDAZA de MORDAZA debe realizarse en conformidad con las especificaciones tecnicas siguientes: a) En la MORDAZA Monumental solo se admite la colocacion de anuncios referidos a: nomenclatura vial; senalizacion de transito; informacion turistico-cultural; nombres de locales comerciales e instituciones; oferta de bienes y servicios de actividades locales compatibles. No se admiten anuncios de publicidad general. b) Todos los anuncios se colocaran adosados a las fachadas (no perpendiculares a ellas) con una sola cara y con dimensiones apropiadas, sin perturbar el espacio publico. Los materiales a utilizarse son: MORDAZA, oro viejo,

oro mate y negro, guardando MORDAZA con el color de fondo. Se promovera el uso de letras recortadas individualmente. c) Queda prohibida la colocacion de anuncios publicitarios generales, indicados en: - Terrenos sin construir. - Muros de terreno sin construir y/o playas de estacionamiento. - Azoteas. - Fachadas laterales. - Vias y areas publicas en general. - Pisos superiores de los inmuebles. - Marquesinas. - Postes de alumbrado publico y mobiliario MORDAZA en general. - Puertas y ventanas de establecimientos comerciales y/o institucionales, asi como en las viviendas sin ninguna excepcion. - Atriles. - Postes publicos y/o particulares. - Asimismo, se prohiben anuncios de dos caras y de caracter provisional, cualquiera que sea su indole. d) La prohibicion de anuncios publicitarios, luminosos y antirreglamentarios en la MORDAZA Monumental alcanza tambien a los ubicados en ambientes internos de los inmuebles, si estos son percibidos desde el exterior. e) Para la colocacion de anuncios se requiere la previa aprobacion del diseno respectivo por parte de la Municipalidad de MORDAZA de Surco. Articulo 14º.- ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA EL TRANSPORTE, MORDAZA, SEGURIDAD VIAL Y ESTACIONAMIENTO.- En la MORDAZA Monumental de MORDAZA de MORDAZA, el transporte, el MORDAZA, la seguridad vial y el estacionamiento debe realizarse de acuerdo con las especificaciones tecnicas siguientes: 1. Transporte: a) Se deben de resolver los puntos criticos tales como paraderos de transporte publico y las soluciones de continuidad vial, solo en aquellos casos en que estas acciones MORDAZA indispensables para asegurar la existencia y fluidez del sistema vial, pero en ningun caso se admitira el ensanche de las vias existentes. b) Se limitaran al uso peatonal las calles que no MORDAZA imprescindibles para el transporte vehicular publico o privado. c) Se debe disminuir significativamente la cantidad de transporte publico que cruza la Microzona de MORDAZA Proteccion, hasta lograr su eliminacion total, derivandolo por rutas alternativas. 2. Transito: a) Para regular el MORDAZA y garantizar la seguridad vial, se deben tener en cuenta las siguientes medidas: - La ejecucion de obras en la via publica por parte de organismos publicos especializados, se debe de realizar previa aprobacion de la Municipalidad Distrital, dejando la via en optimo estado a la conclusion de los trabajos. - Los responsables de toda obra que impide el normal desarrollo del MORDAZA en las vias publicas, deberan dar las soluciones alternativas para la circulacion vehicular y/o peatonal, mientras duren los trabajos. - La Municipalidad, las empresas de servicios publicos y los constructores de obras en la via publica, son solidariamente responsables por los danos a terceros causados por falta de senalizacion adecuada. - No se permiten, las concentraciones masivas de personas o equipos que cierren las vias publicas en la MORDAZA Monumental, salvo cuando se trate de eventos tradicionales debidamente autorizados. En tal caso se propondran vias alternas. - Queda prohibido cerrar las vias publicas sin la respectiva autorizacion Municipal, debiendose considerar en todos los casos las vias alternativas para el funcionamiento adecuado del transito. - La autorizacion del cierre vial en la MORDAZA Monumental, aunque tenga caracter temporal debera ser puesta oportunamente en conocimiento de la poblacion, con indi-

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