Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2004 (22/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, lunes 22 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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- Evaluacion de impacto ambiental de las actividades operativas. Articulo 43º.- La UNIDAD DE CENTROS COMERCIALES (3) esta constituida por los centros comerciales consolidados (Centros Comerciales Higuereta, Caminos del MORDAZA, Jockey Plaza, entre otros) y en MORDAZA de edificacion, como es el caso del Centro Comercial Jockey Plaza. Su situacion requiere las siguientes Medidas de Manejo Ambiental: Plan de ordenamiento del transito. Control de ruidos. Conservacion del entorno ecologico y urbano. Monitoreo de los ruidos y gases. Plan de contingencias ante posibles desastres.

vos, que permitiran proteger las areas verdes y la conservacion hidrica. El diseno de la infraestructura debera contar con equipamiento de MORDAZA deportivos, clubs deportivos, recreos campestres, restaurantes, hoteles, casinos, etc. Ademas se incluiran sistemas de forestacion, jardineria y riego. Su situacion requiere de las siguientes Medidas de Manejo Ambiental: - Evaluacion de impacto ambiental de los proyectos - Plan de manejo y conservacion ambiental y - Promocion de la inversion privada compatible Articulo 48º.- La UNIDAD AGRO-ECOLOGICA (8) comprende las pocas areas agricolas en actual produccion, las cuales son suelos de mejor calidad para el cultivo de la vid y hortalizas, aguas subterraneas de buena calidad y un clima optimo para la agricultura intensiva. Se debera hacer un manejo ecologico con fines hidrologicos y de produccion de vid, conservando la tradicional Fiesta de la Vendimia del antiguo pueblo de MORDAZA de Surco. Su situacion requiere las siguientes Medidas de Manejo Ambiental: - Recuperacion de las areas agricolas con fines productivos y turisticos, mediante el cultivo de la vid para mantener la tradicion de MORDAZA de ser un "distrito vitivinicola". - Estructuracion de circuitos turisticos vitivinicolas. - Conservacion del riego por gravedad. - Control de la contaminacion del agua subterranea. - Instalacion de areas forestales de amortiguacion. - Tratamiento de aguas servidas. - Plan rector de ordenamiento del MORDAZA MORDAZA, en sus aspectos agro-ecologicos. Articulo 49º.- La UNIDAD ECO-VIAS PRINCIPALES (9) constituyen los espacios viales forestados de integracion interna, que a su vez cumplen las funciones de MORDAZA del ambiente, de recreacion y embellecimiento urbano. Estas eco-vias se construiran con secciones amplias con capacidad para el transporte pesado y publico y la infraestructura de riego para forestacion y jardineria. El recurso hidrico a utilizarse provendra de modulos de tratamiento de aguas servidas con tratamiento biologico sin la utilizacion de reactivos quimicos. Su situacion requiere de las siguientes Medidas de Manejo Ambiental: - Acondicionamiento y forestacion de las vias. - Plan de manejo y conservacion ambiental de las vias. - Evaluacion de impacto ambiental de la prolongacion de la Av. Paseo de la Republica y de intercambios viales. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las actividades urbanas que no cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el presente Reglamento, y tengan la condicion de Uso No Conforme deberan proceder en el plazo MORDAZA de cinco (5) anos, a su adecuacion mediante el correspondiente Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental - PAMA, aprobado por Autoridad Municipal. En caso que los infractores no cumplan con su adecuacion, la Autoridad Municipal exigira e impondra medidas de mitigacion necesarias, asi como las sanciones administrativas correspondientes, que incluyen la suspension de actividades, la cancelacion de licencias, o su reubicacion. Segunda.- Aquellas personas naturales o juridicas que al momento de la expedicion del presente Reglamento tenian iniciado un procedimiento de habilitacion MORDAZA, licencia de construccion, licencia de funcionamiento u otros, deberan adecuarse a lo establecido en el presente Reglamento. Tercera.- Considerese como documento de base directriz para el primer periodo de implementacion de los planes operativos de la gestion ambiental, la propuesta de Ordenamiento Ambiental de la presente actualizacion del Plan MORDAZA Distrital de MORDAZA de Surco. Cuarta.- En un plazo no mayor de seis (6) meses contados a partir de la vigencia del presente Reglamento, la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA elaborara las

Articulo 44º.- La UNIDAD AEROPORTUARIA (4) constituida por el Centro de Instruccion Aeronautico de Las Palmas de la Fuerza Aerea del Peru (FAP). Su situacion requiere de las siguientes Medidas de Manejo Ambiental: - Recuperacion ambiental del entorno ecologico y urbano. - Control de ruidos aereos. - Monitoreo de ruidos y efectos en la poblacion. - Evaluacion de impacto ambiental de la actividad aerea. - Plan de contingencia ante siniestro aereo. Articulo 45º.- La UNIDAD DE RECUPERACION DE MORDAZA (5) comprende las cimas de las colinas semiaridas, donde se recomienda emprender programas de recuperacion de la foresta natural e inducida y la fauna tipica de MORDAZA del sistema costero, en base a la instalacion de sistemas de captacion de aguas de las neblinas para riego, asi como la utilizacion de bio-abonos organicos para la fertilizacion de los suelos de lomas. Recuperado el ambiente de MORDAZA, se estableceran observatorios, senderos y circuitos recreativos y de competencia deportiva. Su situacion requiere las siguientes Medidas de Manejo Ambiental: - Instalacion de captadores de agua de neblinas. - Plan de recuperacion y conservacion de las lomas. - Plan de Manejo Ambiental. - Monitoreo biologico. - Tratamiento paisajista y recreativo. - Mantenimiento paisajistico y, de jardin botanico "Loma Amarilla". Articulo 46º.- La UNIDAD ECO-PAISAJISTA (6) comprende las laderas aridas, de facil acceso y escasez de recursos bioticos e hidricos. Constituye una MORDAZA ecologica de amortiguamiento y control de los procesos y de deterioro de zonas urbanas. Es un escenario forestal para la instalacion de un conjunto de escenarios paisajisticos, los que deberan tener forestacion, jardineria, sistemas de riego y el equipamiento recreacional correspondiente. Para la forestacion se deberan utilizar especies de MORDAZA de poca exigencia de agua y efectuar la fertilizacion con bio-abonos organicos. Su situacion requiere de las siguiente Medidas de Manejo Ambiental: - Acondicionamiento y embellecimiento ecologico. - Microzonificacion eco-morfologica para definir usos especializados de forestacion, recreacion, actividades socio-culturales, saneamiento psico-social terapeutico y accesos locales. - Manejo ecologico y reforestacion con especies rastreras y arbustivas. - Instalacion de nucleos de refugio de aves y mamiferos. - Instalacion de centros demostrativos de fauna tipica. - Evaluacion de impacto ambiental de los proyectos. - Plan de foresteria MORDAZA en el distrito. Articulo 47º.- La UNIDAD ECO-RECREATIVA (7) comprende los escenarios deportivos-forestales y la instalacion de un conjunto de servicios recreativos y deporti-

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